RESOLUCION EXENTA SII N°44 DEL 31 DE MARZO DEL 2004
“Hoy
se ha resuelto lo que sigue VISTOS:
Las
necesidades del Servicio; las facultades que se me confieren en el Art.
3° y en las letras a), b), c), h) y n) del Art. 7° de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero
del D.F.L. N° 7, de Hacienda, de 1980; lo establecido en el Art. 6°
letra A., N° 1° del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del
D.L.N° 830 de 1974; lo dispuesto en la Resolución N° Ex. 34 y
Resolución Ex. N° 45 de fechas 24.08.01 y 19.11.01, de esta Dirección;
lo
establecido en el Art. 11 N° 1, de la Ley N° 19.738 y lo dispuesto en
la Resolución Ex. N° 7590, de 15.11.99, de esta Dirección
y, CONSIDERANDO: 1.
Las normas para combatir la evasión tributaria, contenidas en la
Ley N° 19.738; así como
la necesidad de organizar, planificar y coordinar el
funcionamiento del Servicio, estableciendo en esta Dirección Nacional
los Departamentos Subdirecciones que corresponda, con sujeción a la
planta de personal del Servicio, a fin de obtener el máximo de
eficiencia en su accionar, todas razones que se tuvo en cuenta para la
creación en la Dirección Nacional el Departamento Subdirección de
Fiscalización denominado Dirección Grandes Contribuyentes, en adelante
y para todos los efectos, “DIRECCIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES”. 2.
Que mediante Resolución Ex. N° 34 de 24.08.01 se estableció
que a la Dirección Grandes Contribuyentes, le corresponderían las
siguientes atribuciones, responsabilidades y obligaciones: a.
Asumir la fiscalización directa de los contribuyentes establecidos en
la nómina de Grandes Contribuyentes, notificar denuncios por
infracciones a las leyes tributarias, proceder a citar a dichos
contribuyentes y otras personas en cuanto diga relación con la
fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias y
liquidar y girarles impuestos, reajustes, intereses y multas, todo ello
sin perjuicio de las atribuciones que el Código Tributario y otras
disposiciones legales confieren al Subdirector de Fiscalización y a los
Directores Regionales; b.
Fiscalizar las solicitudes de devolución de Impuestos a las Ventas y
Servicios o de otros impuestos que presenten los exportadores que
figuren en la nómina de Grandes Contribuyentes,
bajo el régimen de los Arts. 1° ó 6° del D. S.N° 348, de 1975, del
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; c.
Fiscalizar el debido cumplimiento de las Resoluciones del Ministerio de
Economía, Fomento y Reconstrucción para los contribuyentes que
consten en la nómina de Grandes Contribuyentes,
acogidos al Art. 6° del D. S. N° 348, de 1975, del citado Ministerio; d.
Fiscalizar las solicitudes de devolución
de Impuesto a las Ventas y Servicios y de otros impuestos,
presentadas por los contribuyentes que
consten en la nómina a que se refiere el dispositivo N° 3°, de esta
resolución,
acogiéndose a las normas del artículo 126, N° 3, inciso 1° del Código
Tributario; e.
Fiscalizar el cumplimiento de la ley tributaria chilena por los
contribuyentes que
figuren en la nómina de Grandes Contribuyentes,
respecto de los ingresos generados en el exterior y de los convenios
internacionales sobre exención de impuestos, eliminación de la doble
tributación internacional o sobre intercambio de información; 3°.-
Que para tales efectos se crearon tres unidades dependientes de la
“Dirección Grandes Contribuyentes” a los cuales, se
asignaron labores
detalladas en la Resolución Ex. N°34 del 2001, sin perjuicio de llevar
a cabo las actividades que el Director Grandes Contribuyentes estime de
su competencia. Estas
Unidades son: I.
Departamento
de Fiscalización Grandes Empresas Nacionales. 4°
Que con el objeto de optimizar la fiscalización, la calidad en la
atención de los contribuyentes de la Nomina de Grandes Contribuyentes,
establecida de acuerdo a lo dispuesto en las Resolución Ex N°s 34, 45
y 68 de fechas 24.08.01,19.11.01 y 02.12.03 respectivamente, todas de
este Servicio, se ha estimado necesario, generar una sección
especializada dentro de dicha Unidad, que facilite la tramitación de
ciertas presentaciones de carácter administrativo ante esta última. 1°
Agréguese la siguiente letra d en el dispositivo cuarto de la
Resolución Ex. N°34 de 24.08.01: “d.
Oficina de Atención y Asistencia a los Grandes Contribuyentes.
Corresponderá a esta Unidad las siguientes funciones: 1)
Recibir y procesar
las solicitudes de Exportadores, registrando de acuerdo a la Hoja de
Vida del Exportador, el ingreso y seguimiento de dichas peticiones. 2)
Recibir y procesar las peticiones y/o presentaciones que efectúen
los contribuyentes de la nómina con casa matríz ubicadas en la Región
Metropolitana, las que podrán ser presentadas, a través de los
siguientes formularios:
Form. N° 2117
Trámites generales. Solicitudes
Form. N° 3238
Trámites generales. Aviso
Informe de pérdidas de documentos
Form. N° 2121
Ciclo de Vida. Comunica término de giro y solicita
certificado
Form. N° 2125
Ciclo de Vida. Declaración
jurada de suspensión temporal del giro
Form. N° 3239
Ciclo de Vida. Modificación y actualización de la información 3)
La atención de contribuyentes de la Nómina Grandes
Contribuyentes respecto de los cuales, en sus declaraciones de
impuestos, se registren observaciones relativas al proceso de Operación
Renta y procesos de fiscalización Operación IVA, que definirá la
Dirección de Grandes Contribuyentes. 4)
Los Contribuyentes de la Nómina Grandes Contribuyentes, cuyas
casas matrices no estén en la Región Metropolitana, podrán
indistintamente hacer sus presentaciones en la Dirección Regional
correspondiente a su jurisdicción o en la Dirección de Grandes
Contribuyentes.” 5)
Incorporar un Centro de Atención al Contribuyente. 2°
La presente resolución regirá a contar del 01 de Abril del 2004. ANÓTESE,
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO
JUAN TORO RIVERA Lo
que transcribo a Ud.; para su conocimiento y fines que procedan”. Distribución: -Internet |