Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en los Artículos 6°, letra A) N° 1, y 60° del Código
Tributario, contenido en Artículo 1° del Decreto Ley Nº 830, de 1974;
lo establecido en los Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del D.F.L. Nº
7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; lo previsto en el Artículo 19 de
la Ley 19.880 y las normas contenidas en el D.F.L. N° 341, de 1977 del
Ministerio de Hacienda, sobre Zonas y Depósitos Francos, cuyo texto
refundido y coordinado fue fijado por el D.F.L. N° 2 del Ministerio de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 10 de agosto del 2001; y
CONSIDERANDO:
1.-
Que, la Resolución exenta N° 08 del 2005 establece la obligación de
presentar una declaración jurada sobre operaciones realizadas por
contribuyentes usuarios de las Zonas Francas a que se refiere el D.F.L. N°
341 de 1977.
SE
RESUELVE:
1.-
Reemplácese el Resolutivo N° 1 de la Resolución exenta N° 08 del 2005
que dice:
“Los
contribuyentes usuarios de Zonas Francas a que se refiere el D.F.L. N°
341 de 1977, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos, antes
del 15 de Marzo de cada año, una Declaración Jurada Anual con información
sobre las operaciones de entradas y salidas de la Zona o Depósito Franco, realizadas
con terceros en el año calendario inmediatamente precedente.”
por
el Resolutivo siguiente:
“Los
contribuyentes usuarios de Zonas Francas a que se refiere el D.F.L. N°
341 de 1977, deberán presentar al Servicio de Impuestos Internos, antes
del 15 de Marzo de cada año, una Declaración Jurada Anual con información
sobre las operaciones de entradas y salidas de la Zona o Depósito Franco,
realizadas en el año calendario inmediatamente precedente.”
2.-
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación
en extracto en el Diario Oficial.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN
EXTRACTO
JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR
Lo que transcribo a usted
para su conocimiento y demás fines.
Saluda a Ud.,
ERH/PSM/ADP/kcm
DISTRIBUCION:
· Secretaría del Director.
· Subdirección Normativa.
· Subdirección Jurídica.
· Subdirección de Estudios.
· Subdirección de Fiscalización.
· Directores Regionales I a XVI Dirección Regional.
· Director Grandes Contribuyentes
· Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional.
· Oficina de Partes.
· Boletín del Servicio.
· Internet. |