RESOLUCION EXENTA SII N°25 DEL 24 DE FEBRERO DEL 2005
VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1,
del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en
el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios, contenida en el Art. 1° del D. L. 825, de 1974; y
CONSIDERANDO:
1° Que, en Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero de
2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad
establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las
Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.
2° Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución
citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para
autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los
contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el
proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en
el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003.
3° Que, el contribuyente que se detalla en el
Resolutivo primero ha postulado como emisor de documentos tributarios electrónicos
y ha cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de
Septiembre de 2003 para ser autorizado.
SE RESUELVE:
Primero: Autorízase como emisor electrónico
a contar del mes de Febrero de 2005 al siguiente contribuyente:
- AGROFRUTÍCOLA CORSSEN HERMANOS
LTDA., RUT 88.942.300-5
En el sitio Web del SII se podrá
consultar los documentos que el contribuyente está autorizado a emitir en forma
electrónica.
Segundo: El contribuyente autorizado como
emisor electrónico deberá cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N°
45, de Septiembre de 2003.
Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.
(Fdo.) BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA
Lo que
transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines
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