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RESOLUCION EXENTA SII N°27 DEL 01 DE MARZO DEL 2005
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES SE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA

 

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D. L. 825, de 1974; y 

CONSIDERANDO:

                              1° Que, en Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

                              Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003.

                              Que, los contribuyentes que se detallan en Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003 para ser autorizados.

SE RESUELVE:

                              Primero: Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Marzo de 2005 a los siguientes contribuyentes:

- ABN AMRO BANK (CHILE), RUT 97.919.000-K
- CONSTRUCTORA RAÚL GARDILCIC Y CÍA. LTDA., RUT 79.538.350-6
- SERVICIOS DE SITIOWEB 21 LTDA., RUT 77.470.000-5
- PHILIPS CHILENA S.A., RUT 90.761.000-4
- IMPRESORA Y COMERCIAL PUBLIGUÍAS S.A., RUT 93.541.000-2

En el sitio Web del SII se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado a emitir en forma electrónica.

Segundo: Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre de 2003.

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

 

(Fdo.) BENJAMÍN SCHÜTZ GARCÍA
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

Distribución:

- Internet
- Diario Oficial en extracto