RESOLUCION EXENTA SII N°31 DEL 11 DE MARZO DEL 2005
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS:
Las facultades conferidas en el Artículo 7, letra n) de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo N°1 del
DFL No. 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; y CONSIDERANDO: La
necesidad de prestar una mejor atención a los contribuyentes RESUELVO: 1.
Modifícase lo establecido
en Resolución Ex. N°92 de 1985 referente al territorio jurisdiccional
de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur. Las comunas
bajo el territorio jurisdiccional de esta Dirección Regional serán las
siguientes: Comunas de San Miguel, La Cisterna, San Joaquín, Pedro
Aguirre Cerda, Lo Espejo, La Granja, San Ramón, La Pintana, San
Bernardo, Calera de Tango, Buin, Paine y El Bosque.
En consecuencia, las
comunas de Puente Alto, Pirque y San José de Maipo, dejan de estar bajo
el territorio jurisdiccional de la XVI Dirección Regional Metropolitana
Santiago Sur. 2.- Modifícase
lo establecido en Resolución Ex. N°92 de 1985 referente al territorio
jurisdiccional de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago
Oriente. Las comunas bajo el territorio jurisdiccional de esta Dirección
Regional serán las siguientes: Comunas
de Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ñuñoa, La Reina,
Macul, Peñalolén, La Florida, Puente Alto, Pirque y San José de
Maipo. 3.-
Modifícase lo establecido
en Resolución Ex. N° 0271 de 1991, referente al territorio
jurisdiccional de la Unidad de Ñuñoa, dependiente de la XV Dirección
Regional Metropolitana Santiago Oriente. El territorio jurisdiccional de
la citada Unidad corresponderá a las Comunas de Ñuñoa, La Reina,
Macul y Peñalolén. 4.-
Derógase la resolución N°0017
de 18 de enero de 1991, de esta Dirección Nacional, a contar del 28 de
marzo de 2005. 5.
Establécese la Unidad de
La Florida, dependiente de la XV Dirección Regional Metropolitana
Santiago Oriente, cuyo territorio jurisdiccional corresponderá a las
Comunas de La Florida, Puente Alto, Pirque y San José de Maipo. 6.
Estas
modificaciones regirán a partir del 28 de Marzo de 2005. ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. REMITASE COPIA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE
LA REPUBLICA. (Fdo.)
JUAN TORO RIVERA Lo
que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines Distribución: |