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RESOLUCION EXENTA SII N°41 DEL 14 DE ABRIL DEL 2005
MATERIA : LLÁMASE A CONCURSO PARA PROVEER UN CARGO DE JEFE DEPARTAMENTO TRIBUNAL TRIBUTARIO, GRADO OCHO, DE LA PLANTA DE DIRECTIVOS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: La Resolución Exenta N° 37, del 30.03.2005; lo estipulado en los Arts. 8 y 53, de la Ley N° 18.834, de 1989, sobre Estatuto Administrativo y sus modificaciones posteriores; el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido y Actualizado de las Plantas de Personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; lo establecido en la Resolución SIIPERS N° 6715, de 28 de Octubre de 2004, en la que se constituye el Comité de Selección sobre concursos del Estatuto Administrativo, lo establecido en la Resolución SIIPERS N° 812 del 28 de enero de 2005 que modifica el Comité de Selección, y

CONSIDERANDO:

La necesidad de proveer un cargo de Jefe de Departamento Tribunal Tributario, de la planta de directivos, grado ocho, que se encuentra actualmente vacante en este Servicio;

 

El imperativo de que el concurso respectivo se desarrolle en un marco de corrección y transparencia.

RESUELVO:

1.-        Déjase sin efecto la Resolución N° Ex. 37, de 30.03.2005, de este Servicio.

2.-       Llámase a concurso para proveer un cargo de Jefe Departamento Tribunal Tributario, grado ocho, de la planta de directivos del Servicio de Impuestos Internos. 

3.-       El Comité de Selección deberá adoptar las medidas conducentes para que en el concurso se cumplan todas y cada una de las disposiciones de la Ley N° 18.834, de 1989; del D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda y del D.S. N° 69, de 2004, del mismo Ministerio, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo, en adelante, “Reglamento”. No obstante, podrá encargar el desarrollo de determinadas labores a las unidades o funcionarios del Servicio que para tal efecto designe, quienes estarán obligados a cumplir la misión encomendada por él.

4.-       Este concurso se regirá por las siguientes:

BASES CONCURSALES 

I.- CARGO

Denominación del cargo: Jefe de Departamento Tribunal Tributario.

Grado y Planta: Grado 8 de la escala remuneracional de servicios fiscalizadores, de la planta de directivos del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 1, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido y actualizado de las plantas de personal del Servicio de Impuestos Internos y los respectivos requisitos de ingreso y promoción.

Nivel de Remuneración: El correspondiente al Grado 8 de la escala remuneracional de servicios fiscalizadores establecida en el DFL N° 8, del Ministerio de Hacienda, del 15 de octubre de 1980.

Función: Liderar y supervisar las labores de conocimiento y resolución de reclamaciones tributarias deducidas por contribuyentes en contra de las actuaciones del Servicio de Impuestos Internos, tramitadas en conformidad con los procedimientos establecidos en el Libro III del Código Tributario, dentro del área de su competencia.

Además deberá:

·        Analizar las disposiciones tributarias y de legislación común, en su aplicación a temas y causas tributarias.

·        Tramitar y resolver los procesos judiciales sometidos a su conocimiento en forma oportuna y de conformidad con la Ley.

·        Dirigir, controlar y evaluar la gestión del personal a su cargo.

Ubicación física: II Dirección Regional del SII, Antofagasta, con sede en la ciudad de Antofagasta

Ubicación del cargo en el Organigrama: Depende directa y administrativamente del Director Regional de la II Dirección Regional del SII, Antofagasta, sin perjuicio de la dependencia funcional de la Subdirección Jurídica del Servicio.

Tiene bajo su dependencia directa a los funcionarios que desarrollan labores de Resolutores del Tribunal Tributario (actualmente 2 fiscalizadores) y un funcionario administrativo que desarrolla labores de secretaría.

 

II.- REQUISITOS  DE  POSTULACIÓN

 

1.   Los exigidos por el Art. 12 de la Ley N° 18.834, de 1989, sobre Estatuto Administrativo. 

2.   Ser funcionario de planta o contrata de algún  Ministerio y/o  Servicio regido por el Estatuto Administrativo. 

3.   Estar calificado en lista N° 1, de distinción. 

4.       En caso de ser funcionario a contrata, haberse desempeñado en tal calidad, a lo menos, durante tres años previos al llamado a concurso en alguno de los Ministerios o Servicios regidos por el Estatuto Administrativo.

5.       Los exigidos en el Art. 2, N° 1 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de Hacienda, del 2004; esto es, haber estado desempeñando al 11.02.1991 un cargo de confianza exclusiva del Director del Servicio de Impuestos Internos o, alternativamente, estar en posesión de la licencia de educación media o estudios equivalentes.   

6.   No estar afecto a los impedimentos a que se refiere la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Art. 54 de la Ley N° 18.575, de 1986). 

 

III.- PROHIBICIONES DEL CARGO

 

Las establecidas en la Ley Orgánica del SII (Art. 40 letras a) y b) del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980) que se refiere a la dedicación exclusiva de los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos.

 

IV.- CALENDARIO DEL  CONCURSO

  1.      Proceso de postulación:

Los (as) interesados (as) que reúnan los requisitos señalados deberán llenar electrónicamente el Formulario de Postulación y Currículum Vitae que se publicará entre los días 27 de abril del 2005 y 6 de mayo del 2005, ambos inclusive, en el sitio Internet del Servicio de Impuestos Internos, https://www.sii.cl/, sección “SII contrata personal”, subsección “Contrataciones Vigentes”.

Sólo se recibirán postulaciones y Currículum Vitae a través de este medio.

 

2.      Presentación de documentación:

Adicionalmente a la postulación por Internet es indispensable hacer llegar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de postulación; estudios y experiencia laboral.

Estos documentos se podrán entregar directamente en el Departamento de Personal de la Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Impuestos Internos, ubicado en calle Teatinos N° 120, oficina N° 247, Santiago, entre los días 27 de abril del 2005 y 06 de mayo del 2005 (ambos inclusive) o bien, se podrán enviar por correo certificado durante el mismo período, es decir, entre los días 27 de abril y 06 de mayo (ambos inclusive) a la dirección que a continuación se indica:

 


Servicio de Impuestos Internos
Departamento de Personal
CONCURSO JEFE DE DEPARTAMENTO TRIBUNAL TRIBUTARIO
Teatinos 120, of. 247

Santiago


Los documentos requeridos para acreditar el cumplimiento de los requisitos de postulación, son los siguientes:

·         Certificado que acredite el punto 1 de los Requisitos. En particular, para el requisito del punto e) del Art. 12 de la Ley N° 18.834, de 1989, bastará con una declaración jurada simple (Obtener formulario aquí).

·         Los puntos 2 al 5 de esta resolución, sobre requisitos de postulación, deberán ser acreditados mediante certificado original del Jefe de Personal del Servicio donde el postulante se encuentra actualmente desempeñando funciones.

·         Certificado de título profesional.

·         Copia simple de certificados que acrediten otros estudios y capacitación relacionada con la función.

·         Acreditación de experiencia laboral. Podrá ser demostrada mediante documentos que certifiquen la permanencia y funciones desempeñadas, tales como certificados de jefes de personal de los respectivos Servicios o copias de contratos de trabajo.

·         El punto 6 se acreditará con una declaración jurada simple.

Tratándose de postulantes que sean funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, sólo se requerirá que el interesado adjunte los antecedentes que acrediten estudios y experiencia laboral fuera de la Institución y la inexistencia de las inhabilidades a que se refiere el Art. 54 de la Ley 18.575. Los demás antecedentes serán provistos, oportunamente, por el Departamento de Personal.

3.            Procedimientos:

Las bases del concurso estarán disponibles entre los días 15 de abril del 2005 y 06 de mayo del 2005, ambas fechas inclusive, en el sitio Internet del Servicio de Impuestos Internos https://www.sii.cl/.

El Departamento de Personal de la Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Impuestos Internos será el encargado de reunir todas las postulaciones y remitirlas al Comité de Selección, el que deberá verificar si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación exigidos en estas Bases, debiendo levantar un acta con la nómina de los postulantes aceptados y rechazados y cualquier situación relevante relativa al concurso. Asimismo, dispondrá la notificación de las personas cuya postulación hubiere sido rechazada, indicando la causa de ello.

Para tal efecto, el Comité de Selección podrá solicitar un informe previo al Departamento de Personal de la referida Subdirección y al Departamento de Fiscalía Administrativa de la Subdirección Contraloría Interna del Servicio de Impuestos Internos respecto de los postulantes que pertenezcan al Servicio.

En el caso de los postulantes de otros servicios públicos el Comité de Selección podrá solicitar directamente la información que requiera.


4.      Postulantes en situación especial

Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, adjuntando el certificado que acredite su situación  junto a los antecedentes que se envíen. Lo anterior a efecto de adoptar las medidas pertinentes, que garanticen la igualdad de condiciones en la participación a todos los postulantes que se presenten a este concurso.

 

V.- MODALIDAD DEL CONCURSO:

 

La evaluación de los candidatos y sus antecedentes se llevará a cabo en dos etapas sucesivas, por lo que la obtención de la puntuación mínima en los factores de la primera etapa son requisito para el paso a la segunda etapa.

El puntaje final será la suma de los puntajes obtenidos en cada factor. 

ETAPA I: Estudios y  Experiencia laboral.

El proceso de selección considera en esta etapa la asignación de puntaje sobre la base de los antecedentes aportados por los postulantes, en el Factor Estudios y en el Factor Experiencia Laboral. 

Factor Estudios

Este factor tendrá asignada  una puntuación entre 0 y 20 puntos los que se obtienen como la suma de cuatro sub-factores. 

El mínimo requerido en este factor es de 14 puntos. 

Subfactor: Título de abogado. 

Este factor otorga un puntaje de 14 puntos. 

Subfactor: Estudios adicionales en derecho tributario, comercial o en contabilidad, los que se consideran como directamente relacionados con el cargo.

Este Subfactor otorgará un puntaje entre 0 y 3 puntos de acuerdo a la tabla 1. 

Tabla 1.-

Estudios adicionales directamente relacionados

Puntaje

Diplomado

1,5

Magíster

2,0

Doctorado

3,0

Subfactor: Estudios adicionales indirectamente relacionados con materias relacionadas con el cargo, tales como gestión o administración.

Este Subfactor otorgará un puntaje entre 0 y 2 puntos de acuerdo a la tabla 2.

Tabla 2 .-

Estudios adicionales indirectamente relacionados

Puntaje

Estudios de pregrado

0,5

Diplomados

1,0

Magíster

1,5

Doctorado

2,0


Subfactor
: Cursos de capacitación, de al menos 32 horas de duración.

Se considerarán como directamente relacionados con el cargo los cursos relativos a las materias de  derecho y contabilidad.

Se considerarán como indirectamente relacionados con el cargo los cursos relativos a las materias de  gestión y administración.

Este Subfactor otorgará un puntaje entre 0 y 1 puntos de acuerdo a la tabla 3.  

Tabla 3.-

Cursos adicionales relacionados con el cargo

Puntaje

Cursos indirectamente relacionados con el cargo

0,5

Cursos directamente relacionados con el cargo

1,0

Se considerará un máximo de un elemento (el de más alto puntaje) para cada una de las tres tablas precedentes. 

Factor Experiencia  laboral

Este factor tendrá asignada  una puntuación entre 0 y 30 puntos, los que se obtienen de la suma de dos subfactores:  

Subfactor: Experiencia laboral, en trabajo semejante (0 a 25 puntos):

La tabla 4 considera como:

·         Trabajo muy similar: actividades vinculadas al conocimiento, tramitación, litigación o resolución de controversias en materias tributarias.

·         Trabajo medianamente similar: actividades vinculadas al conocimiento, tramitación, litigación o resolución de controversias en materias comerciales.

·         Trabajo poco similar: actividades vinculadas al conocimiento, tramitación, litigación o resolución de controversias en otras materias.  

Tabla 4.-

Años de experiencia

Muy similar

Medianamente similar

Poco similar

Experiencia de más de 3 y menos de 5 años 

18

10

2

Experiencia entre 5 y 7 años 

22

14

4

Experiencia  de más de 7 años 

25

18

6

Subfactor: Experiencia en dirección de equipos según tamaño (entre 0 y 5 puntos):  

Tabla 5.-

Tamaño de equipos

Puntaje

Dirección de equipos de menos de 5 personas

1

Dirección de equipos entre 5 y 10 personas

3

Dirección de equipos de más de 10 personas

5

El mínimo requerido en el factor Experiencia Laboral, como suma de ambos subfactores, es de 14 puntos.

Se considerará un máximo de un elemento (el de más alto puntaje) de cada una de las tablas precedentes.

Con la suma del puntaje obtenido en los factores Estudios y Experiencia Laboral que superen los puntajes mínimos en forma independiente, se preparará una lista ordenada en forma descendente por puntaje, y se seleccionarán los 10 postulantes que hayan obtenido los puntajes más altos, que pasan a la Etapa II.

En el caso que hubiere dos o más postulantes con igual puntaje, éste se dirimirá aplicando la Tabla 1. En el evento de persistir esta situación se utilizará la tabla 4. En el evento de persistir esta situación se utilizará la Tabla 2. En caso de persistir el empate, el Comité de Selección definirá un procedimiento para dirimirlo.

El Comité de Selección deberá publicar en el sitio Internet del SII el listado de los  postulantes seleccionados el día 11 de mayo de 2005, citándolos en esa oportunidad para un día a determinar entre el 16 y el 17 del mismo mes, a concurrir al Departamento de Personal del SII, ubicado en Teatinos 120, oficina 247, Santiago, para los fines que contempla la Etapa II.  

ETAPA II: Aptitud para el cargo

Durante la Etapa II se evaluarán tres factores: aptitud comunicacional (mediante una exposición),  aptitud para enfrentar casos (mediante una entrevista estructurada) y aptitud psicológica (mediante una entrevista con un psicólogo).

El Comité de Selección designará una Comisión Técnica, que no podrá tener menos de tres integrantes ni más de cinco, la que estará a cargo de la evaluación de los primeros dos factores.

El Comité de Selección designará a uno de los integrantes de la Comisión Técnica como coordinador, el que se hará responsable de su funcionamiento, quien además deberá enviar al Presidente del Comité de Selección los resultados de la evaluación efectuada por cada uno de sus miembros a cada postulante el tercer día hábil siguiente a la realización de la última entrevista, es decir, el día 20 de mayo de 2005.

Cada uno de los miembros de la Comisión Técnica efectuará su evaluación en forma independiente, por escrito, y el puntaje obtenido en cada factor será el promedio de los puntajes otorgados por cada miembro de la Comisión Técnica.  

Factor Aptitud comunicacional:

Este factor mide la aptitud para comunicar contenidos en temas relacionados con el cargo al que se postula y otorga un puntaje entre 0 y 15 puntos.

Los postulantes deberán efectuar una presentación sobre un tema relacionado con el cargo ante la Comisión Técnica designada por el Comité de Selección. Dicha presentación deberá tener una duración máxima de 10 minutos.

El tema de la presentación será seleccionado al azar al inicio de ésta, de entre los siguientes temas:  

a) JUSTIFICACION DE INVERSIONES

ARTS. 70 Y 71 Ley sobre Imp. a la Renta 

b) DERECHO  A  CREDITO FISCAL IVA

ART. 23 Ley sobre I. a las Ventas y Servicios

c) PROCEDIMIENTO GENERAL DE RECLAMACIONES

ART. 123 y  ss. del Código Tributario.

d) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA APLICACIÓN DE CIERTAS MULTAS

ART. 165 del Código Tributario  

e) EL DELITO TRIBUTARIO DEL INCISO PRIMERO  DEL ART. 97 DEL C. TRIBUTARIO 

ART. 97 N° 4 del Código Tributario

f) FACULTADES FISCALIZADORAS DEL S.I.I.

ART. 60 del Código Tributario.

g) LEY 18.320

ART. UNICO. Ley 18.320.

h) HECHO GRAVADO BÁSICO DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y  SERVICIOS

ART. 2 D.L. 825

i)TRIBUTACION DE LAS RENTAS DEL TRABAJO

ART. 42 Ley sobre Imp. a la Renta.

j) NOTIFICACIONES EN MATERIA TRIBUTARIA

ARTS. 11  al  15 del Código Tributario.

k) REQUISITOS DE UNA SENTENCIA EN EL JUICIO TRIBUTARIO            

Arts. 136 y ss. del Código Tributario.

El puntaje mínimo requerido en este factor es de 10 puntos.  

Factor Aptitud para enfrentar casos

Este factor mide los conocimientos del postulante que le permitirán enfrentar exitosamente casos relacionados con el cargo y otorga un puntaje que varía entre 0 y 25 puntos.

Los postulantes serán sometidos a una entrevista técnica estructurada, de hasta 30 minutos de duración, con preguntas y/o reacción a casos que le presentará la Comisión Técnica designada por el Comité de Selección, en los mismos temas de la lista del factor precedente.

El puntaje mínimo requerido en este factor es de 15 puntos. 

 

 

 

Factor Aptitud psicológica

Este factor mide la aptitud psicológica de los postulantes para desempeñarse adecuadamente en el cargo, y otorga un puntaje entre 1 y 10 puntos.

Consiste en una entrevista con un psicólogo, la que se desarrollará el mismo día de la exposición y entrevista con la Comisión Técnica señalada en el punto anterior. 

Los informes con los resultados de las entrevistas psicológicas serán entregados al Comité de Selección el día 20 de mayo de 2005.

El puntaje mínimo requerido en este factor es de 1 punto.

VI.- SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

Se considerarán postulantes idóneos aquéllos que hayan obtenido los puntajes mínimos preestablecidos en cada factor en forma independiente, los que se recapitulan a continuación:  

 

Mínimo requerido

Máximo posible  

Factor Estudios..............................................

14

20

Factor Experiencia .........................................

14

30

Factor Aptitud Comunicacional ......................

10

15

Factor Aptitud Para Resolver Casos ..............

15

25

Factor Aptitud Psicológica ............................

1

10

 

54

100

Por tanto, los postulantes idóneos contarán con al menos 54 puntos.

El Comité de Selección propondrá al Director del Servicio de Impuestos Internos, a más tardar el día 26 de mayo del 2005, los nombres de no menos de tres ni más de cinco postulantes con los mejores puntajes obtenidos, elegidos de entre los postulantes que pertenezcan a la planta del Servicio de Impuestos Internos.

 

En el evento que no haya un número suficiente de candidatos de planta idóneos para conformar una terna, ésta se completará con los funcionarios contratados y con los pertenecientes a otras entidades del sector público, en orden decreciente según el puntaje obtenido.

VII.- NOTIFICACIÓN Y CIERRE DEL PROCESO

En el caso de haber suficientes postulantes idóneos, el Director seleccionará a una de las personas propuestas y declarará el cierre del concurso el día 31 de mayo de 2005,  fecha en la cual se publicará el resultado del concurso en el sitio Internet del SII.

Una vez efectuada la selección por parte del Director del Servicio de Impuestos Internos, se notificará al postulante personalmente o por carta certificada, dentro de  los 5 días hábiles siguientes a la conclusión del Concurso para que en el plazo de 5 días hábiles acepte el cargo por escrito. Si así no lo hiciere, el Director procederá a designar a otro de los postulantes propuestos.

La notificación por carta certificada se dirigirá al domicilio que se encuentre registrado en el formulario de postulación, entendiéndose practicada al tercer día hábil de expedida la carta. 

El resultado del concurso se deberá informar a todos los postulantes a través del sitio Internet del SII dentro de los 10 días hábiles siguientes a su conclusión.

A falta de un número suficiente de postulantes idóneos, se deberá llamar a un nuevo concurso público, observando el mismo procedimiento.  

VIII.-  RECLAMACIONES

Los postulantes que fundadamente tengan reparos al proceso, tendrán derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República en los términos establecidos en el inciso 3 del Art. 154 del Estatuto Administrativo.     

                  Anótese, comuníquese y publíquese  

 

 

 

 

 

                  (Fdo.)   JUAN TORO RIVERA

                                     DIRECTOR

 

                  Lo que transcribo a usted para su conocimiento y demás fines.

 

                  Saluda a usted,

 

 

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