Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Las necesidades del Servicio; las facultades que se me confieren en el artículo
3° y en las letras c) y ñ), del artículo 7° ambos de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de
Ley N° 7, de Hacienda, de 1980, lo establecido en los artículos 12 de la
Ley 19.506 y 11 N° 1, de la Ley 19.738 y lo dispuesto en las Resoluciones
N° 379, Ex. N° 7.590 y Ex. N° 43, de 4 de diciembre de 1991, 15 de
noviembre de 1999 y 31 de marzo de 2004, respectivamente, de esta Dirección;
y,
CONSIDERANDO:
La necesidad de
adecuar la organización de la Subdirección de Fiscalización, a fin de
abordar con éxito y con el máximo de eficacia las labores propias de esa
Subdirección, diferenciando las distintas funcionalidades que abarca el
concepto fiscalización;
El interés
constante de mejorar todos los procesos de fiscalización que este
Servicio aplica, perfeccionando su calidad; y
En cumplimiento
de las funciones propias de este Servicio de velar por una eficiente
administración de los impuestos, tendiente a agilizar y optimizar la
atención a los contribuyentes, fomentando el cumplimiento voluntario de
las obligaciones tributarias
RESUELVO:
1°.
Para los efectos del número 4 de la letra A.- de la Resolución N° 379,
de 4 de diciembre de 1991, modificada por Resolución N° 43, del 31 de
marzo de 2004, reemplázase, como se indica, la denominación de los
siguientes Departamentos dependientes del Departamento Subdirección de
Fiscalización, en adelante Subdirección de Fiscalización:
- El
“Departamento de Control de Gestión de la Fiscalización” por
“Departamento Control de Gestión y de Procesos”;
- El
“Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional” por
“Departamento Diseño de Procedimientos de Fiscalización e
Internacional”; y,
- El
”Departamento de Operación IVA y Catastro de Contribuyentes” por
“Departamento de Operación IVA”.
2°.
Reemplázase la denominación de la “Oficina de Factura Electrónica y
Documentos de Venta”, creada por Resolución N° 43, de 31 de marzo de
2004, por “Oficina de Catastro, Documentos Electrónicos y Fiscalización
Preventiva”.
3°.
A partir de la fecha de esta Resolución, suprímanse las Oficinas de
“Prevención del Fraude Fiscal” y la de “Fiscalización de
Organizaciones sin Fines de Lucro y Entidades Fiscales”, creadas por
Resolución Ex. N° 33, del 24 de agosto de 2001 y sus modificaciones
posteriores.
4°.
Créase en la Dirección Nacional, la “Oficina de Operaciones
Selectiva”, dependiente de la Subdirección de Fiscalización.
5°.
En consecuencia, la Subdirección de Fiscalización tendrá bajo su
dependencia los Departamentos y Oficinas que se indican:
-
Departamento Control de Gestión y de Procesos;
-
Departamento Diseño de Procedimientos de Fiscalización e Internacional;
-
Departamento de Operación IVA;
-
Departamento de Operación Renta;
- Oficina
de Casos Especiales;
- Oficina
de Catastro, Documentos Electrónicos y Fiscalización Preventiva; y
- Oficina
de Operaciones Selectiva.
6°.
Al Departamento de Control de Gestión y de Procesos le corresponderán
las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:
a.
Implementar mecanismos de apoyo de la gestión fiscalizadora desarrollada
por las Direcciones Regionales y por la Dirección de Grandes
Contribuyentes;
b. Implementar
mecanismos de apoyo de la gestión fiscalizadora desarrollada por los
Departamentos y Oficinas de la Subdirección de Fiscalización;
c. Evaluar el
desempeño de las Direcciones Regionales y de la Dirección Grandes
Contribuyentes en las materias inherentes a la Fiscalización;
d. Implementar
mecanismos que permitan medir la calidad de la fiscalización en las
distintas unidades del Servicio que desarrollen estas labores; y,
e. Otras
actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de competencia de
este Departamento.
7°.
Al Departamento de Diseño de Procedimientos de Fiscalización e
Internacional le corresponderán las siguientes atribuciones,
obligaciones, responsabilidades y funciones:
a. Preparar y
diseñar nuevos planes de fiscalización selectiva del cumplimiento fiscal
en los distintos sectores económicos, tanto en el área tributaria
interna como internacional;
b. Recopilar
antecedentes, programar y realizar labores de detección de aquellos
contribuyentes que desarrollan su actividad en condiciones de marginalidad
de la tributación, incumpliendo los tributos que conforme a las Leyes
debieran pagarse al Estado de Chile. Asimismo, le corresponderá recopilar
antecedentes, programar y realizar labores de detección respecto de los
ingresos generados en el exterior y de los convenios internacionales sobre
exención de impuestos, eliminación de la doble tributación
internacional o sobre intercambio de información, entre otros;
c. Preparar y
diseñar nuevos planes de fiscalización masivos de impuestos anuales y
mensuales;
d. Proponer las
normas e instrucciones relacionadas con los procedimientos de fiscalización
que deberán utilizarse en los niveles operativos;
e. Revisar las
resoluciones de cambio de sujeto vigentes y analizar la pertinencia de
establecer dicha modalidad en otros sectores de la economía;
f. Preparar
y diseñar nuevos formularios para las declaraciones juradas que deban
presentar los agentes retenedores o informantes para ser utilizados en las
Operaciones masivas de IVA o Renta y revisar los existentes; y,
g. Otras
actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de competencia de
este Departamento.
8°.
Al Departamento de Operación IVA le corresponderán las siguientes
atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:
a. Implementar
planes de fiscalización masiva y estructurada del Impuesto a las
Ventas y Servicios;
b. Fiscalizar en
forma sistemática, masiva y computacional los formularios con las
declaraciones de impuestos mensuales presentadas por los contribuyentes a
través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos o en papel;
c.
Implementar planes para mejorar la obtención de información externa o la
administración de la información interna necesaria para una eficiente
fiscalización masiva del Impuesto a las Ventas y Servicios;
d.
Supervisar el cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales de las
instrucciones relacionadas con la denominada Operación IVA;
e.
Supervisar la fiscalización y evaluar la operación de las actividades
fiscalizadoras asociadas a las resoluciones de cambio de sujeto;
f.
El registro y control de Agentes Retenedores, empresas hoteleras,
contribuyentes con recuperación anticipada del IVA Exportador y
exportadores de servicios y la emisión de la Nómina de Difícil
Fiscalización; y,
g. Otras
actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de competencia de
este Departamento.
9°.
Al Departamento de Operación Renta le corresponderán las siguientes
atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:
a. Fiscalizar en
forma sistemática, masiva y computacional los formularios que contienen
las declaraciones de impuestos a la renta presentadas por los
contribuyentes a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos
o en papel;
b. Solicitar
programas computacionales tendientes a facilitar y simplificar el
cumplimiento tributario de los contribuyentes en la Operación Renta;
c. Mejorar la
calidad y oportunidad de la información de los procesos o subprocesos
relacionados con la Operación Renta;
d. Implementar
nuevos formularios para las declaraciones juradas que deban presentar los
agentes retenedores o informantes para ser utilizados en la Operación
Renta;
e. Supervisar el
cumplimiento por parte de las Direcciones Regionales de las instrucciones
relacionadas con la Operación Renta;
f.
Implementar planes masivos de fiscalización de los impuestos a la Renta
contenidos en el D.L. N° 824, de 1974;
g. Coordinar con
otras áreas del Servicio la publicación de suplementos tributarios
relacionados con las declaraciones juradas que deban presentar los agentes
retenedores o informantes y con las declaraciones de Impuestos a la Renta;
y,
h. Otras
actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de competencia de
este Departamento.
10°.A
la Oficina de Casos Especiales le corresponderán las siguientes
atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:
a. Ejecutar
planes pilotos de fiscalización sobre ciertas figuras evasivas, grupos de
contribuyentes específicos, que permitan obtener información y
conclusiones relevantes, para su posterior sistematización al nivel de la
fiscalización nacional y regional;
b.
Proponer normas, instrucciones, metodologías y medidas administrativas
orientadas a mejorar la eficacia y eficiencia de la acción fiscalizadora,
a partir de las conclusiones obtenidas de los casos especiales ejecutados
en la modalidad de planes piloto;
c.
Realizar fiscalizaciones especiales de casos emergentes que deban ser
tratados por la Subdirección de Fiscalización; y,
d. Otras
actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de competencia de
esta Oficina.
11°.A
la Oficina de Catastro, Documentos Electrónicos y Fiscalización
Preventiva le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones,
responsabilidades y funciones:
a. Administrar y
mantener actualizado el Catastro de Contribuyentes o Rol Único
Tributario;
b. Coordinar y
controlar la operación de las áreas destinadas en las Direcciones
Regionales y Unidades a la atención de solicitudes de RUT de las personas
jurídicas y extranjeros y a la emisión y distribución de las cédulas
de Rol Único Tributario;
c. Coordinar y
controlar la operación de las distintas unidades dedicadas a la Iniciación
de Actividades, autorización de documentos tributarios, peticiones
administrativas de los contribuyentes, Herencias y Término de Giro;
d. La supervisión
y atención central de la operación regional relacionada con el uso y
autorización de Libros contables electrónicos, y de Facturas y demás
documentos tributarios electrónicos;
e.
Proponer normas e instrucciones para el uso de máquinas registradoras o
de sistemas mecánicos, electrónicos, digitales o computacionales
relacionados con la forma de cumplir con determinadas obligaciones
tributarias por parte de los contribuyentes;
f.
Preparar, coordinar y evaluar las actividades de Presencia Fiscalizadora
que desarrollan las unidades del Servicio; y,
g.
Otras actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina.
12°.A
la Oficina de Operaciones Selectiva le corresponderán las siguientes
atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:
a. Supervisar la
fiscalización selectiva, impartir las instrucciones para dicha
fiscalización y evaluar la operación de las actividades fiscalizadoras
de las Direcciones Regionales y de la Dirección Grandes Contribuyentes;
b. Supervisar el
plan anual de fiscalización selectiva;
c. Supervisar los
sistemas de apoyo a la fiscalización selectiva; y,
d.
Otras actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de
competencia de esta Oficina.
13°.La
presente Resolución regirá a partir del primero de enero de 2007, salvo
sus resolutivos 3°, 4°, 12° y 14°, que regirán a contar de la fecha
de publicación de la presente Resolución.
14°.Corresponderá
al Subdirector de Fiscalización implementar las medidas que procedan
tendientes a organizar la Subdirección de Fiscalización, de acuerdo a
las atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones, que esta
Resolución otorga a los Departamentos y Oficinas bajo su dependencia.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE
Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO
(Fdo.) RICARDO ESCOBAR
CALDERÓN
DIRECTOR
Lo que transcribo para su
conocimiento y demás fines,
Saluda a Ud.,
Distribución:
- A Internet
- Al Boletín
- Al Diario Oficial en extracto. |