Hoy, se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución
Ex. Sii N°150 de diciembre de 2005 y,
CONSIDERANDO:
1° Que,
el contribuyente que se detalla en el Resolutivo primero, ha solicitado
incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica
establecido en la Res. Ex. SII Nº 150 de diciembre de 2005, a partir del
año 2007.
2° Que
dicho contribuyente tiene como giro la prestación de Servicios Integrales
de Informática y ha solicitado que se le otorgue Códigos de Autorización
de Libros (CAL) tipo 3, para ser endosados a otros contribuyentes que
utilicen el software distribuido por él.
3° Que,
el contribuyente citado, cumple los requisitos establecidos en la
referida Res. Ex. SII Nº 150 de diciembre de 2005, y ha efectuado las
pruebas requeridas por el SII para acogerse al modelo de operación de
Contabilidad Electrónica.
SE RESUELVE:
Primero:
Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad
Electrónica, a partir del año 2007, a DBNET INGENIERIA DE SOFTWARE S.A.,
RUT 78.079.790-8.
Segundo:
Se otorgará además al contribuyente citado, Códigos de
Autorización de Libros (CAL) tipo 3, para los Libros Diario y Mayor los
que podrán ser endosados a otros contribuyentes.
Tercero:
El contribuyente autorizado deberá cumplir lo establecido en la Resolución
Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005.
Anótese, Comuníquese y Publíquese en
Internet
(Fdo)
RENE GARCIA GALLARDO
DIRECTOR (S)
Lo que transcribo a Ud.,
para su conocimiento y demás fines
Distribución:
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