Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos
3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en
el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y
CONSIDERANDO:
1° Que,
en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el
Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso
tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
contenida en el D.L. 825, de 1974.
2° Que,
de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando
precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como
emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y
entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de
postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el
resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.
3° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado
como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los
requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003
para ser autorizados.
SE RESUELVE:
Primero:
Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Julio del
2007 a los siguientes contribuyentes:
- MAQUINSA EQUIPAMIENTO
S.A. |
|
RUT 99.585.960-2 |
- RENTAS E INVERSIONES
ANTOFAGASTA LIMITADA |
|
RUT 77.716.980-7 |
- RENTAS E INVERSIONES
MAIPÚ S.A. |
|
RUT 96.575.060-6 |
- SERMOB S.A. |
|
RUT 96.562.520-8 |
- RENTAS E INVERSIONES
GRAN AVENIDA LIMITADA |
|
RUT 77.717.030-9 |
- RENTAS E INVERSIONES
VIÑA DEL MAR LIMITADA |
|
RUT 77.716.960-2 |
- RENTAS E INVERSIONES
LINARES LIMITADA |
|
RUT 76.489.260-7 |
- RENTAS E INVERSIONES
PUENTE ALTO LIMITADA |
|
RUT 77.716.660-3 |
- RENTAS E INVERSIONES
LA DEHESA S.A. |
|
RUT 96.575.030-4 |
-
SOC. ANÓNIMA INMOBILIARIA TERRENOS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES |
|
RUT 96.519.000-7 |
- MAAS ABOGADOS Y
AUDITORES TRIBUTARIOS LIMITADA |
|
RUT 76.401.090-6 |
- XIMENA LEONOR SALAZAR
GARCES |
|
RUT 06.491.669-6 |
- MAIPÚ COMUNICACIONES
INTEGRALES LIMITADA |
|
RUT 77.612.020-0 |
-
SOLUCIONES COMPUTACIONALES SMART SYSTEMS LIMITADA |
|
RUT 77.324.370-0 |
-
SOC. DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS VIRTUALES Y PUBLICITARIOS |
|
RUT 77.627.940-4 |
En la Oficina Virtual del SII en Internet
se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado
a emitir en forma electrónica.
Segundo:
Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos
deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de
Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de
cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de
acuerdo a lo relacionado con:
-
Administración
de perfiles de acceso de usuarios.
-
Gestión
de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de
acceso).
-
Foliación
Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).
-
Respaldo
seguro de los documentos e información generada.
-
Envío
de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo
excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res.
Ex. SII N° 45, del 2003.
-
Intercambio
(envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.
-
Generación
de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos
recibidos.
-
Generación,
mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y
Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no
electrónicos.
-
Envío
mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de
Compras y Ventas.
-
Generación,
mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas,
si procede.
-
Cuadratura
de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.
-
Administración
de contingencias.
Anótese,
comuníquese y publíquese en extracto.
(Fdo.)
MAURICIO SANHUEZA BERRIOS
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)
Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.
IBC/MPM
Distribución:
- Internet
- Diario Oficial en extracto |