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RESOLUCION EXENTA SII N°107 DEL 08 DE SEPTIEMBRE DEL 2008
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 81, de 11 de julio de 2007; la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005; y

 

CONSIDERANDO:

Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. N° 825, de 1974.

Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal.

Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado.

Que, los contribuyentes que se detallan en el único Resolutivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, la cual les fue otorgada a partir de julio de 2007, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 81, de 11 de julio de 2007, para el contribuyente RUT 77.735.750-6; a partir de diciembre de 2006, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 21.514.599-9; a partir de octubre de 2006, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 10.980.992-6; a partir de septiembre de 2006, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 9.933.209-3; a partir de junio de 2008, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 8.695.310-3, a partir de abril de 2008, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, para el contribuyente RUT 76.594.530-5.

 

SE RESUELVE:

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 81, de 11 de julio de 2007, y Res. Ex. SII N° 81, de 01 de septiembre de 2005, a los siguientes contribuyentes:

- MARIO DAVID BARRIENTOS GARAY ASESORIAS E INVERSIONES E.I.R.L.

  RUT 76.594.530-5
- ROSSANA INES VILLARZUN PULGAR   RUT   8.695.310-2
- INVERSIONES PRIMAVISTA LIMITADA   RUT 77.735.750-6
- ROBINSON RUBEN MALDONADO PELIC   RUT   9.933.209-3
- NICOLAS FRANCISCO TORRES GOMEZ   RUT 10.980.992-6
- VICTOR HUGO LOPEZ OSORIO    RUT 21.514.599-9

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

IBC/MPM/CPG
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