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RESOLUCION EXENTA SII N°109 DEL 16 DE SEPTIEMBRE DEL 2008
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y

 

CONSIDERANDO:

Que, en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003. 

Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003 para ser autorizados.

 

SE RESUELVE:

Primero:     Autorícese como emisores electrónicos a contar del mes de Septiembre del 2008 a los siguientes contribuyentes:  

- BRUNO DELPERO Y CÍA. LTDA.   76.282.490-6
- ADQUISICIONES Y SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.   76.587.240-5
- AUTOSERVICIO FERRETERO SAN MIGUEL LTDA.   78.069.140-9
- CAMARENA S.A.   79.690.120-9
- CARLOS ANTONIO JORDAN MENNERT   06.972.670-4
- CENTRO DE RECUPERACIÓN Y COBRANZA LTDA.   76.351.260-6
- CLEANBOX S.A.   96.751.500-0
- CMPC CELULOSA S.A.   96.532.330-9
- COMERCIAL ROM MAYER Y CÍA. LTDA.   78.510.370-K
- CONSULTORÍA Y PRESTADORA DE SERVICIOS S & A GROUP LTDA.   77.490.810-2
- CONTRERAS Y CÍA. LTDA.   76.067.890-2
- CORP NACIONAL FORESTAL   61.313.000-4
- CYGNUS EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LTDA.   76.762.610-K
- DEKOOG S.A.   76.951.470-8
- ENVASES DEL PACÍFICO S.A.   89.996.200-1
- EULEN CHILE S.A.   96.937.270-3
- IMPORTADORA SAN GIOVANNI S.A.   77.273.890-0
- MARIO ALBERTO PLAZA PÉREZ, RADIO TAXIS, EIRL.   76.000.543-6
- MULTICHANNEL MEDIA SALES CHILE LTDA.    76.157.310-1
- NEW TRADE S.A.   76.024.333-7
- RUTA DE LOS RÍOS SOCIEDAD CONCESIONARIA S.A.   96.848.050-2
- RUTA DEL BOSQUE SOCIEDAD CONCECIONARIA S.A.   96.843.170-6
- SERVICIOS GRÁFICOS INTEGRALES S.A.   76.975.110-6
- SERVICIOS Y MANTENCIÓN WORKSHOP LTDA.   77.250.780-1
- SOC GENERAL DE SS DE MANTENCIÓN SUPPLY CHILE LTDA.   77.809.010-4
- SOCIEDAD BOW, PÉREZ Y PÉREZ LTDA.   76.009.512-5
- SOCIEDAD DE INVERSIONES DYCTA LTDA.   76.482.860-7

En la Oficina Virtual del SII en Internet se podrán consultar los documentos que los contribuyentes están autorizados a emitir en forma electrónica.

Segundo:    Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de acuerdo a lo relacionado con:  

  • Administración de perfiles de acceso de usuarios.

  • Gestión de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de acceso).

  • Foliación Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).

  • Respaldo seguro de los documentos e información generada.

  • Envío de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N° 45, del 2003.

  • Intercambio (envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.

  • Generación de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos recibidos.

  • Generación, mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no electrónicos.

  • Envío mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de Compras y Ventas.

  • Generación, mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas, si procede.

  • Cuadratura de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.

  • Administración de contingencias.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

 

IBC/MPM
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