Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución
Ex. SII N° 121 de Octubre de 2008; en la Resolución Ex. SII N°150 de
diciembre de 2005 y,
CONSIDERANDO:
1° Que,
en la Res. Ex. SII N° 121, del 7 de Octubre del 2008, se ha delegado en
el Subdirector de Fiscalización, la facultad de autorizar a los
contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de
Contabilidad Electrónica.
2° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han
solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica
establecido en la Res. Ex. SII N°150 de diciembre de 2005, a partir del año
2008.
3° Que,
los contribuyentes citados cumplen los requisitos establecidos en la
referida Res. Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005 y, declaran contar con
CAL(Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos
a través del endoso a efectuar por Onvision S.A. RUT 76.372.100-6.
SE RESUELVE:
Primero:
Autorízase a los siguientes contribuyentes a proceder conforme al modelo
de operación de Contabilidad Electrónica, a partir de los libros del año
2008:
Universidad
Católica del Norte, RUT 81.518.400-9
Empresa
Periodística La Nación S A, RUT 90.694.000-0
Segundo:
Los contribuyentes autorizados que no sean a su vez emisores electrónicos,
deberán hacer envío mensual de los Libros de Compra y Venta a contar del
año 2009, de acuerdo al formato de la Información Electrónica de
Compras y Ventas;
Tercero:
Ambos contribuyentes deberán además cumplir lo establecido en la
Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005 y las modificaciones que
a futuro se realicen en el modelo de operación de Contabilidad Electrónica.
Cuarto:
Autorízase además a dichos contribuyentes para almacenar, para fines
tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2008 en el
formato digital establecido por el Servicio, para lo cual deberán cumplir
con lo establecido en el resolutivo segundo de Resolución Ex. SII N° 150
de Diciembre de 2005.
Anótese, Comuníquese y Publíquese en
Internet
(Fdo) JORGE TRUJILLO
PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACION
Lo que transcribo a Ud.,
para su conocimiento y demás fines
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