Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario,
contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos
3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en
el Art. 1° del D.L. 825, de 1974; y
CONSIDERANDO:
1° Que,
en la Res. Ex. SII N° 08, del 23 de Enero del 2004, se ha delegado en el
Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso
tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
contenida en el D.L. 825, de 1974.
2° Que,
de acuerdo a lo establecido en la Resolución citada en el considerando
precedente, esta facultad delegada se aplicará para autorizar como
emisores de Documentos Tributarios Electrónicos a los contribuyentes y
entidades del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de
postulación y certificación obligatorio a que se hace mención en el
resolutivo segundo de la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003.
3° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han postulado
como emisores de documentos tributarios electrónicos y han cumplido los
requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003
para ser autorizados.
SE RESUELVE:
Primero:
Autorízanse como emisores electrónicos a contar del mes de Febrero del
2008 a los siguientes contribuyentes:
-
AGROCOMERCIAL QUILLOTA S.A. |
|
RUT 89.530.600-2 |
- AQUANIMA
CHILE S.A. |
|
RUT 96.982.090-0 |
-
ARCO ALIMENTOS LTDA. |
|
RUT 76.000.605-K |
-
CALZADOS DEL SUR S.A. |
|
RUT 76.684.350-6 |
-
CHILE STATION S.A. |
|
RUT 96.834.870-1 |
-
CHILEIMAGEN LTDA. |
|
RUT 76.368.330-3 |
-
CIA ELECTRO METALURGICA S.A. |
|
RUT 90.320.000-6 |
-
COLOR ANIMAL S.A. |
|
RUT 76.747.650-7 |
-
COMERCIAL KELSO LTDA. |
|
RUT 86.361.000-1 |
-
COMERCIALIZADORA HERNANDEZ LTDA. |
|
RUT 79.995.000-6 |
-
DISTRIBUIDORA Y COMERCIAL FRUTICOLA S.A. |
|
RUT 77.106.230-K |
-
ENVASES Y LITOGRAFIA AGUILA S.A. |
|
RUT 86.898.100-8 |
-
EXPORTADORA PROPAL S.A. |
|
RUT 99.551.270-K |
-
GARETH GREEN Y COMPANIA LTDA. |
|
RUT 77.662.100-5 |
-
IMA PROYECTOS LTDA. |
|
RUT 76.451.180-8 |
-
INMOBILIARIA MEDINACELI S.A. |
|
RUT 99.595.300-5 |
-
JRI INGENIERIA S.A. |
|
RUT 96.611.930-6 |
-
MENNER Y CANETE LTDA. |
|
RUT 78.203.100-7 |
-
OENODEV CHILE S.A. |
|
RUT 96.985.460-0 |
-
PEDRO MISAEL CRUZ LTDA. |
|
RUT 78.297.220-0 |
-
PROCESOS ESTAMPADOS METALICOS S.A. |
|
RUT 96.596.420-7 |
-
PROCTER & GAMBLE CHILE LTDA. |
|
RUT 96.656.660-4 |
-
PRODUCTORA SANDRA LORETO CAVIEDES GUGLIELMUCCI
EIRL |
|
RUT 76.921.450-K |
-
QUEBECOR WORLD CHILE S.A. |
|
RUT 96.830.710-K |
-
REMAK S.A. |
|
RUT 96.540.140-7 |
-
RODRIGUEZ Y MIRANDA DISTRIBUIDORA COMERCIAL LTDA. |
|
RUT 77.593.260-0 |
-
SERVICIOS COMPARTIDOS ATLANTICO LTDA. |
|
RUT 76.003.014-7 |
-
SERVICIOS DE INGENIERIA IMA S.A. |
|
RUT 76.523.610-K |
-
SOC CONSTRUCTORA PEREZ GONZALEZ LTDA. |
|
RUT 77.916.730-5 |
-
SOC DE MINERIA Y CONSTRUCCION ROCKMAN LTDA. |
|
RUT 78.509.960-5 |
-
SOC DE SERVICIOS GENERALES A LA MINERIA HOLESTECK
LTDA. |
|
RUT 78.503.810-K |
-
SOC PONCE Y VILLEGAS LTDA. |
|
RUT 77.934.270-0 |
-
SOCIEDAD DE INVERSIONES, CONTRUCCIONES Y SERVICIOS AVANCE LTDA. |
|
RUT 77.060.220-3 |
-
SOLUCIONES TECNOLOGICAS DE SEGUROS S.A. |
|
RUT 96.943.640-K |
-
SUMINISTROS MINEROS E INDUSTRIALES LTDA. |
|
RUT 77.637.240-4 |
-
TACORA ASEO Y MANTENCION INTEGRAL Y COMPANIA LTDA. |
|
RUT 77.339.220-K |
-
TRANSPORTES V H S.A. |
|
RUT 76.876.990-7 |
-
MYC CONSULTORES GESTION PARA EL DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO
LTDA. |
|
RUT 76.856.640-2 |
En la Oficina Virtual del SII en Internet
se podrá consultar los documentos que cada contribuyente está autorizado
a emitir en forma electrónica.
Segundo:
Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos
deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de
Septiembre del 2003, así como lo expresado en la declaración de
cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, de
acuerdo a lo relacionado con:
-
Administración
de perfiles de acceso de usuarios.
-
Gestión
de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de
acceso).
-
Foliación
Controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).
-
Respaldo
seguro de los documentos e información generada.
-
Envío
de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo
excepción contemplada en el N° 10, del resolutivo Cuarto, de la Res.
Ex. SII N° 45, del 2003.
-
Intercambio
(envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.
-
Generación
de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electrónicos
recibidos.
-
Generación,
mantención y custodia de la Información Electrónica de Compras y
Ventas, que incluye tanto los documentos electrónicos como los no
electrónicos.
-
Envío
mensual al SII, de los archivos de la Información Electrónica de
Compras y Ventas.
-
Generación,
mantención y custodia del Libro de Guías de Despacho Electrónicas,
si procede.
-
Cuadratura
de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.
-
Administración
de contingencias.
Anótese, comuníquese y publíquese en
extracto.
(Fdo.) MAURICIO SANHUEZA
BERRÍOS
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)
Lo que transcribo a Ud.,
para su conocimiento y demás fines.
JBR
Distribución:
- Internet
- Diario Oficial en extracto
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