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RESOLUCION EXENTA SII N°143 DEL 04 DE NOVIEMBRE DEL 2008
MATERIA : DEROGA AUTORIZACIÓN OTORGADA PARA OPERAR COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1 y Art. 69, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3° y 4°, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1° del D.L. N° 825, de 1974; la Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N° 86, de 1 de Septiembre de 2005; y

 

CONSIDERANDO:

Que, por la Res. Ex. SII N° 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el D.L. 825, de 1974.

Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la emisión Documentos Tributarios Electrónicos, exigiendo el cumplimiento de requisitos necesarios para resguardar debidamente el interés fiscal.

Que, asimismo, la facultad antes señalada permite derogar las autorizaciones otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duodécimo de la Res. Ex. SII N° 45, de 2003, así como en otras situaciones no contempladas en el resolutivo indicado.

Que, los contribuyentes que se detallan en el único Resolutivo de esta resolución han solicitado a este Servicio la derogación de su autorización para emitir Documentos Tributarios Electrónicos, la cual les fue otorgada a partir de Diciembre de 2005 para el contribuyente RUT N° 78.858.470-9, a partir de Julio de 2006 para el contribuyente RUT N° 05.276.661-3, a partir de Noviembre de 2006 para el contribuyente RUT N° 09.781.516-K, a partir de Septiembre de 2007 para el contribuyente RUT N° 76.909.900-K, a partir de Octubre de 2007 para los contribuyentes RUT N° 76.510.420-3 y RUT N° 08.612.970-1, a partir de Diciembre de 2007 para el contribuyente RUT N° 78.006.840-K, a partir de Marzo de 2008 para el contribuyente RUT N° 9.716.955-1, y a partir de Mayo de 2008 para el contribuyente RUT N° 96.990.210-9, según lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005.

 

SE RESUELVE:

Derógase la autorización otorgada para operar como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex. SII N° 86, de 01 de septiembre de 2005, a los siguientes contribuyentes:

- CHILE T V CABLE S A   RUT N° 96.990.210-9
- CONSULTORA IBEROAMERICANA DE COMERCIO LIMITADA   RUT N° 78.858.470-9
- GABRIEL GUILLERMO MERINO CORIA   RUT N° 09.716.955-1
- JESICA BEBERLY ZAMBRANO PENA   RUT N° 08.612.970-1
- JUDIT SZANTHO PONGRACZ   RUT N° 05.276.661-3
- PORTOPRINT CHILE SA   RUT N° 76.909.900-K
- PUNTO TICKET SA   RUT N° 76.510.420-3
- SUSANA BENITO F Y CIA LTDA   RUT N° 78.006.840-K
- VICTOR BERNARDO LORCA NAVARRETE   RUT N° 09.781.516-K

Anótese, comuníquese y publíquese en extracto.

 

(Fdo.) JORGE TRUJILLO PUENTES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

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