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RESOLUCION EXENTA SII N°145 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008
MATERIA : DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA Y DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 7°, letras c), e), f) y j) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; en los artículos 6° letra A N° 3° y 162 del Código Tributario y en el artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; y

 

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Exenta N° 1566, de 18 de marzo de 1998, se delegó en el Jefe del Departamento Subdirección Jurídica la facultad de designar o revocar abogado patrocinante y la de conferir o revocar poder, en los juicios criminales sancionados con pena corporal iniciados por querella o denuncia del Servicio Impuestos Internos, así como en todos los asuntos judiciales que indica.

Que, por Resolución Exenta N° 152, de 18 de diciembre de 2007, se delegó en el Jefe del Departamento Subdirección Jurídica la facultad de asumir la calidad de parte en las apelaciones que deban conocer los Tribunales Especiales de Alzada, en el procedimiento de reclamo de los bienes raíces, y la de conferir patrocinio y otorgar poder en dichas causas.

Que, por Resolución Exenta N° 38, de 27 de marzo de 2008, se delegó en el Jefe del Departamento Subdirección Jurídica la facultad de representar al Servicio en las apelaciones que interpongan los contribuyentes, en contra de las resoluciones dictadas de acuerdo al procedimiento especial para la aplicación de ciertas multas, establecido en el artículo 165 del Código Tributario, y en los recursos de hecho que se interpusieren en el referido procedimiento.

La necesidad de agilizar los procesos internos, además de las exigencias de celeridad en las actuaciones que se desarrollen en los juicios en que este Servicio interviene en calidad de parte, se estima necesario delegar en el nivel jerárquico que se señala, las facultades de representar al Servicio de Impuestos Internos, de asumir el patrocinio, de designar abogados patrocinantes y apoderados, y de revocar los nombramientos efectuados, en los procesos judiciales que indica.

 

SE RESUELVE:

PRIMERO: Delégase en el Jefe del Departamento de Defensa Judicial del Servicio de Impuestos Internos las facultades de representar judicialmente a este Organismo, de asumir el patrocinio, de designar o revocar abogado patrocinante y la de conferir o revocar poder, en las apelaciones que deban conocer los Tribunales Especiales de Alzada, dentro del procedimiento de reclamo de los bienes raíces; en las apelaciones que se interpongan en contra de las resoluciones dictadas por los Directores Regionales de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 165 del Código Tributario; y en los recursos de hecho que se interpusieren en contra de dichos funcionarios, dentro de los procedimientos regulados por el Libro III del Código Tributario.

SEGUNDO: Delégase en el Jefe del Departamento de Defensa Judicial del Servicio de Impuestos Internos la facultad de designar o revocar abogado patrocinante y la de conferir o revocar poder, en los juicios criminales por delitos tributarios sancionados con pena corporal iniciados por querella o denuncia del Servicio de Impuestos Internos; en todos los asuntos judiciales, incluidos los recursos en que la ley asigna a este Servicio la calidad de parte; y en los recursos extraordinarios que se interpongan en contra del Servicio de Impuestos Internos con motivo de actuaciones judiciales y extrajudiciales.

TERCERO: Derógase, a contar de la fecha de publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial, las resoluciones exentas Nº 1566, de 18 de marzo de 1998; Nº 152, de 18 de diciembre de 2007, y Nº 38, de 27 de marzo de 2008.

 

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.

 

(Fdo.) RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR

 

Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.

 

Distribución:
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