Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS
: Lo dispuesto en el artículo 7° letra q) de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del
D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 23
inciso 2° de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, el artículo
19 de la Ley N° 19.880, sobre Procedimientos Administrativos; y
CONSIDERANDO:
1°
Que, los roles de reemplazos y suplementarios del segundo semestre de
2008, con vencimiento al 31 de diciembre de 2008, se encuentran
emitidos y consideran las modificaciones establecidas en resoluciones
notificadas hasta el 31 de octubre del presente año.
2°
Que, el inciso segundo del artículo 23 de la Ley N° 17.235, faculta al
Director del SII para dividir en parcialidades los impuestos incluidos en
los roles suplementarios.
3°
Que, se ha diseñado por este Servicio una aplicación computacional,
disponible en la Oficina Virtual y en todas las unidades del SII, que
permite solicitar la división del pago en parcialidades de los
impuestos incluidos en los roles suplementarios del segundo semestre de
2008.
SE
RESUELVE:
Autorízase
la división del pago de los impuestos incluidos en roles suplementarios,
correspondientes al segundo semestre del año 2008, a los contribuyentes
que soliciten dicho beneficio a través del sitio web de este Servicio www.sii.cl,
en el link “Facilidades de Pago Cuotas Suplementarias”, a fin de que
sean pagados conjuntamente con las cuotas de contribuciones de bienes raíces
futuras, en un plazo máximo de 2 años. Para tales fines, se emitirá a
los contribuyentes, a través de dicha aplicación, un comprobante que
contendrá las cuotas parciales que se concedan y sus correspondientes
fechas de vencimiento.
ANÓTESE,
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO.
RICARDO
ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR
Lo
que transcribo a Ud. para su conocimiento y demás fines.
SECRETARIA
GENERAL
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