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RESOLUCION EXENTA SII N°28 DEL 06 DE MARZO DEL 2008
MATERIA : AUTORIZA A PROCEDER CONFORME AL MODELO DE OPERACIÓN DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA A CONTRIBUYENTE QUE SEÑALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974;  en la Resolución Ex. SII N°150 de diciembre de 2005 y,

 

CONSIDERANDO:

 Que, el contribuyente que se detalla en el Resolutivo primero ha solicitado incorporarse a partir del año 2007, al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Resolución Ex. SII N°150 de diciembre de 2005 .

Que dicho contribuyente ha solicitado adicionalmente, que se extienda la autorización para almacenar los libros contables para fines tributarios, en un medio digital, para períodos anteriores al año 2007.

 Que,  el contribuyente citado, cumple los requisitos establecidos en la referida Resolución Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005, y ha efectuado satisfactoriamente las pruebas técnicas requeridas para obtener un CAL (Código de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos.

 

SE RESUELVE:  

Primero:     Autorízase a Agencia de Aduanas Browne y Compañía, Rut 78.135.280-2. para proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Resolución Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005, a partir del año 2007

Segundo:    Autorízase además a dicho contribuyente para almacenar, para fines tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2007, en el formato digital establecido para los Libros Contables Electrónicos, una vez que haya enviado al SII los respectivos Comprobantes de Cierre, de acuerdo a lo establecido en el Resolutivo segundo, numeral 6 de la Resolución Ex. SII N° 150 de Diciembre de 2005.

 

Anótese, Comuníquese y Publíquese en Internet

 

(Fdo) RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR

 

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines

 

Distribución:
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