Hoy se ha
resuelto lo que sigue:
VISTOS:
Lo dispuesto en el Art. 6°, letra A, N° 1 y 3 del Código Tributario,
contenido en el D.L. N° 830, de 1974; en el Art. 7° de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Art. 1° del D.F.L. N°
7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 15 de
Octubre de 1980; en el Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios, contenida en el D.L. N° 825, de 1974; en la Ley N° 19.799; en
la Ley N° 19.983; en la Res. Ex. N° 09, de 15 de Febrero de 2001; en la
Res. Ex. SII N° 45, de 01 de Septiembre de 2003; en la Res. Ex. SII N°
14, de 08 de Febrero de 2005; en la Res. Ex. SII N° 51, de 27 de Mayo de
2005; en la Res. Ex. SII N° 81, de 01 de agosto de 2005; en la Res. Ex.
SII N° 93, de 02 de Agosto de 2006; en la Res. Ex. SII N° 2, de 3 de
Enero de 2007; la Circular N° 23, de 14 de Abril de 2005; y
CONSIDERANDO:
1° Que,
en la Res. Ex. SII N° 81, de Agosto de 2005, modificada por la Res. Ex.
SII N° 2, de Enero de 2007, se ha delegado en el Subdirector de
Fiscalización, la facultad para autorizar como “Prestadores de
Servicios Tributarios Electrónicos” a los contribuyentes, que cumplan
en forma satisfactoria con lo establecido en dicha resolución.
2° Que,
DBNeT Ingeniería de Software S.A. ha postulado como Prestador de
Servicios Tributarios Electrónicos, presentando el software de facturación
electrónica del tipo Cliente-Servidor denominado “Suite Electrónica”,
el que ha cumplido con los requisitos establecidos en los resolutivos
Tercero y Quinto de la Res. Ex. SII N° 81, de 2005, modificada por la
Res. Ex. SII N° 2, de 2007, necesarios para ser autorizado.
SE RESUELVE:
Primero:
Autorízase como Prestador de Servicios Tributarios Electrónicos, a
contar del mes de Mayo de 2008, a DBNET INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A., RUT
N° 78.079.790-8, de acuerdo a lo dispuesto en la Res. Ex. SII N° 81, de
2005, modificada por la Res. Ex. SII N° 2, de 2007. Esta autorización es
otorgada al contribuyente en virtud exclusiva del proceso de certificación
del software de facturación electrónica tipo Cliente-Servidor denominado
“SUITE ELECTRÓNICA”, que ha sido cumplido satisfactoriamente ante
este Servicio.
Segundo:
DBNET INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A. deberá cumplir con el procedimiento
establecido en la Res. Ex. SII N° 81, de 2005, modificada por la Res. Ex.
SII N° 2, de 2007, para preinscribir a sus clientes como contribuyentes
emisores de documentos tributarios electrónicos, así como para conservar
la calidad de Prestador de Servicios Tributarios Electrónicos.
Tercero:
DBNET INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A. deberá mantener
publicadas y actualizadas las tarifas de su solución de Factura Electrónica,
certificada por este servicio, en su página Web, para posibilitar su
consulta por parte de cualquier contribuyente.
Cuarto:
La aplicación de facturación electrónica tipo Cliente Servidor
denominada “SUITE ELECTRÓNICA”, que ha sido certificada
satisfactoriamente por el SII, y por el cual se le ha otorgado la
denominación de Prestador de Servicios Tributarios Electrónicos a DBNET
INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A., no podrá ser modificada sin el
consentimiento previo otorgado por escrito por parte de este Servicio.
Asimismo, ante la situación de requerirse una modificación de la
aplicación, el SII podrá proceder en dicha circunstancia como si se
tratara de un nuevo proceso de certificación.
Quinto:
El incumplimiento de lo establecido en la
presente resolución, por parte de DBNET INGENIERÍA DE SOFTWARE S.A.,
podrá ser sancionado con la revocación de la presente autorización, según
lo establecido en el resolutivo Undécimo de la Res. Ex. SII N° 81, de
2005, modificada por la Res. Ex. SII N° 2, de 2007.
Anótese,
comuníquese y publíquese en extracto.
(Fdo.)
NELSON MUÑOZ TORRES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)
Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines
IBC/MPM/HSS
Distribución:
- Internet
- Diario Oficial en extracto
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