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RESOLUCION EXENTA SII N°195 DEL 22 DE DICIEMBRE DEL 2009
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIONES EXENTAS N° 64 Y N° 65 DE 1993, Y SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, E INCORPORA CAMBIOS EN LAS DECLARACIONES JURADAS 1884 Y 1885.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 15 de Octubre de 1980; en los artículos 6°, letra A, N° 1 y 60 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974, en los artículos 14, 14 bis, 54 N° 1, 60, 62 y 65 N° 1, 3 y 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del D.L. 824, de 1974; las Resoluciones Exentas N° 64, de 11.01.1993; N° 65, de 11.01.1993; N°4.571, de 21.10.1994; N° 5.534, de 27.11.1996; N° 6172, de 09.12.1997; N° 7.211, de 02.12.1998; N° 5.223, de 24.11.2000; N°5.316, de 04.12.2000, de este Servicio; y

CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante las Resoluciones Exentas N° 64, publicada en el D.O. del 18.01.93, y sus modificaciones posteriores, se estableció la obligación para las Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas y en Comandita por Acciones, de informar la situación tributaria de los dividendos pagados a sus accionistas durante el año inmediatamente anterior y de los créditos a que dan derecho dichas rentas; y N° 65, publicada en el D.O. del 18.01.93, y sus modificaciones posteriores, se estableció la obligación de emitir certificado con información de los retiros, gastos rechazados, dividendos e inversiones en acciones de pago para los efectos que se señalan, por parte de las empresas o sociedades que declaren en la primera categoría su renta efectiva mediante contabilidad completa, y por otras personas o instituciones que se mencionan.

  2. Que, en procura de una mayor eficiencia en el manejo de la información por parte del Servicio y con el propósito de ejercer un mejor control sobre las operaciones informadas por los contribuyentes para el cumplimiento del objetivo de combatir la evasión, se ha estimado necesario fijar nuevos requisitos que deben cumplir la declaraciones juradas 1884 y 1885 y sus respectivos certificados.

SE RESUELVE:

  1. Inclúyase en las declaraciones juradas 1884 y 1885, las columnas correspondientes que detallen la información sobre la cantidad de acciones suscritas y pagadas, monto del capital propio tributario de la sociedad anónima, porcentaje de participación accionaria del accionista informado en relación al total de acciones suscritas y pagadas al 31 de diciembre, y participación en el capital propio de la sociedad anónima en relación a la proporción de las acciones suscritas y pagadas, en la forma de “Cantidad Total de Acciones Pagadas”, “Monto Total del Capital Propio de la Sociedad”, “Porcentaje de Acciones del Inversionista” y “Monto del Capital Propio Asociado al Inversionista”.

  2. Sustitúyase el Modelo de Certificado N° 3 Sobre Situación Tributaria de Dividendos y Créditos, y el  Modelo de Certificado N° 4 Sobre Situación Tributaria de Dividendos Recibidos por Acciones en Custodia, incorporados en el Anexo N° 1 de la Resolución Exenta Nº 7211, del 02.12.1998, por los Modelos de Certificado N° 3 y N° 4, incorporados como anexo, a la presente Resolución.

  3. La presente Resolución regirá a contar del Año Tributario 2010, respecto de la información correspondiente a las operaciones efectuadas durante el año comercial 2009 y para los años tributarios siguientes, entregando la información del año comercial respectivo.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO

 


RICARDO ESCOBAR CALDERÓN
DIRECTOR

Lo que transcribo a usted para su conocimiento y demás fines.

Saluda a Ud.,


DISTRIBUCION:
· Secretaría del Director.
· Subdirección Normativa.
· Subdirección de Estudios.
· Subdirección de Fiscalización.
· Oficina de Partes.
· Boletín del Servicio.
· Internet.

ANEXOS
Anexo 1 (DDJJ1884, Formato, Instrucciones y Modelo Certificado)
Anexo 2 (DDJJ1885, Formato, Instrucciones y Modelo Certificado)