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RESOLUCION EXENTA SII N°193 DEL 24 DE DICIEMBRE DEL 2010
MATERIA : MODIFICA RESOLUCIÓN N° 379, DE 04 DE DICIEMBRE DE 1991, Y FIJA ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Las necesidades del Servicio; lo preceptuado en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 1980; las facultades que se me confieren en las letras c) y ñ)  del artículo 7° de este mismo cuerpo legal;  lo dispuesto en la Resolución N ° 379, de 4 de diciembre de 1991, modificada por Resoluciones Ex. N°s. 43, 89, 160 y 63, de 31 de marzo del 2004, 26 de julio del 2006, 31 de diciembre de 2007 y 08 de mayo de 2009, respectivamente, y lo establecido en la Resolución Ex. N ° 7.590, de 15 de noviembre de 1999, modificada por la Resolución Ex. SII N° 198, de 22 de diciembre de 2009, todas de esta Dirección Nacional; y,

CONSIDERANDO:  

1°.- Que, la Ley Orgánica de este Servicio, ya citada, encarga a este organismo la fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos, o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco, y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente.

2°.- Que, al Subdirector de Fiscalización, según lo dispuesto en la Resolución Ex. SII N° 7590 de 1999, modificada por la Resolución Ex. SII N° 198, de 22 de diciembre de 2009, le corresponden, entre otras atribuciones, responsabilidades y obligaciones, proponer, al Director, el reordenamiento o reorganización de Departamentos y Oficinas de la Subdirección para el mejor desempeño de esta.

3°- Que, se ha estimado necesario modificar la actual estructura de la Subdirección de Fiscalización, a fin de optimizar los procedimientos de fiscalización y maximizar las labores propias de la citada Unidad.

RESUELVO:  

1° REEMPLÁZASE, a partir del 01 de enero de 2011, en el N° 4 de la letra A de la Resolución N ° 379, de 1991, modificada por las Resoluciones Ex. N°s. 43, 89, 160 y 63, de 31 de marzo del 2004, 26 de julio del 2006, 31 de diciembre de 2007 y 08 de mayo de 2009, respectivamente, la expresión “Departamento de Procesos Masivos de Fiscalización” por “Departamento de Operaciones”.

 A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, al Departamento de Operaciones le corresponderán las siguientes atribuciones, obligaciones, responsabilidades y funciones:

a)     Administrar los Sistemas de Renta en Línea y de Internet relacionados con las Declaraciones Anuales de los Impuestos a la Renta (declaraciones juradas y formulario 22), de forma tal de lograr un control y fiscalización sistemático y computacional, de los formularios que contienen las declaraciones de dichos impuestos, presentadas por los contribuyentes, sea a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos o en papel;

b)    Administrar la recepción y el procesamiento de las Declaraciones de los Impuestos Anuales a la Renta (Formulario 22), y de los giros, rectificatorias y declaraciones juradas relacionadas con aquellas;

c)     Mejorar la calidad y oportunidad de la información que se origina en los procesos o subprocesos relacionados con la “Operación Renta Anual”;

d)    Implementar nuevos formularios para efectuar las declaraciones juradas que deben presentar los agentes retenedores e informantes, para ser utilizados en la “Operación Renta Anual”;

e)     Implementar y efectuar los cruces masivos de datos relacionados con la “Operación Renta Anual” y efectuar el proceso de control de las devoluciones de saldos de impuestos que resulten a favor de los contribuyentes;

f)     Coordinar e implementar las comunicaciones masivas a los contribuyentes de los Impuestos a la Renta, tales como: notificaciones, citaciones, resoluciones, liquidaciones  y aquellas destinadas a  los no declarantes o subdeclarantes de estos impuestos;

g)    Coordinar con otras áreas del Servicio el desarrollo de proyectos relacionados con la “Operación Renta Anual”;

h)     Coordinar con otras áreas del Servicio la publicación de Suplementos Tributarios con instrucciones para la preparación y presentación de las declaraciones de los Impuestos Anuales a la Renta y de las declaraciones juradas que deben presentar los agentes retenedores e informantes;

i)      Administrar el Sistema de RIAC y el Trámite de Término de Giro, y la implementación de mejoras y optimización al sistema actual;

j)      Administrar los Sistemas SIMNET, SIF-M Comex, u otros que se desarrollen  relacionados con las declaraciones de Impuestos a las Ventas y Servicios (declaraciones juradas y formularios 29 y 50), de modo de lograr un control y fiscalización  masivo y computacional de los formularios que contienen las declaraciones mensuales de impuestos presentadas por los contribuyentes, sea a través de medios tecnológicos, electrónicos, magnéticos o en papel;

k)     Administrar la recepción y el procesamiento de las Declaraciones Mensuales de los Impuestos a las Ventas y Servicios (formularios 29 y 50) y de los giros, rectificatorias y declaraciones juradas relacionados con aquellas;

l)      Mejorar la calidad y oportunidad de la información originada en los procesos o subprocesos relacionados con la “Operación IVA ”;

m)   Implementar y procesar los cruces masivos relacionados con la “Operación IVA ”: y efectuar el proceso de control de las devoluciones de impuestos que resulten a favor de los contribuyentes;

n)     Coordinar e implementar las comunicaciones masivas a los contribuyentes de los Impuestos a las Ventas y Servicios, tales como: citaciones, resoluciones, liquidaciones de declaración y pago simultáneo mensual y aquellas destinadas a no declarantes o subdeclarantes de estos impuestos;

o)    Administrar la recepción y el procesamiento de las Declaraciones Mensuales de Impuesto de Timbres y Estampillas (formularios 24 y 24.1) y de los giros, rectificatorias y declaraciones juradas relacionados con aquellas;

p)    Administrar, mantener y realizar las mejoras a otros sistemas actuales o futuros de fiscalización que sean utilizados en las Direcciones Regionales o en Internet para los contribuyentes.

q)    Otras actividades que el Subdirector de Fiscalización estime de la competencia de este Departamento.”

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO

(Fdo.) JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Lo que transcribo para su conocimiento y demás fines,

Distribución:
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-   Al Diario Oficial en extracto.