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RESOLUCION EXENTA SII N°26 DEL 05 DE FEBRERO DEL 2010
MATERIA : AUTORIZA A PROCEDER CONFORME AL MODELO DE OPERACIÓN DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALAN.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. SII N°150, de diciembre de 2005; y,

CONSIDERANDO:

    Que, en la Res. Ex. SII N° 121, del 7 de Octubre del 2008, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la facultad de autorizar a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de Contabilidad Electrónica.

2°    Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero, han solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Res. Ex. SII N°150, de diciembre de 2005, a partir del año 2010.

    Que, el contribuyente BANCO DE CREDITO E INVERSIONES, RUT 97.006.000-6, cumple los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150, de diciembre de 2005 y, declara contar con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por DBNET INGENIERIA DE SOFTWARE S.A., RUT 78.079.790-8.

4°    Que, el contribuyente PROSEGUR TECNOLOGIA CHILE LIMITADA, RUT 76.060.678-2, cumple los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150, de diciembre de 2005 y, declara contar con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por ONVISION S.A. RUT 76.372.100-0.

5°    Que, los contribuyentes INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO, RUT 70.015.580-3, DEMARIA S.A., RUT 80.276.900-8, CIA. MINERA SANTA LAURA LIMITADA, RUT 88.117.800-1, cumplen los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150, de diciembre de 2005 y, declaran contar con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por INGENIERIA DE SOFTWARE LIMITADA, RUT 85.928.600-3.

6°    Que, el contribuyente SOC. COMERCIAL Y PROMOTORA LA UVA LIMITADA, RUT 76.120.010-0, cumple los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150, de diciembre de 2005 y, declara contar con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por TECNOLOGÍAS PARA LA GESTIÓN MANQUEHUE LIMITADA, RUT 76.029.564-7.

SE RESUELVE:

Primero:  Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2010, a los siguientes contribuyentes:

BANCO DE CREDITO E INVERSIONES RUT 97.006.000-6
PROSEGUR TECNOLOGIA CHILE LIMITADA RUT 76.060.678-2
INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO  RUT 70.015.580-3
DEMARIA S.A. RUT 80.276.900-8
CIA. MINERA SANTA LAURA LIMITADA RUT 88.117.800-1
SOC. COMERCIAL Y PROMOTORA LA UVA LIMITADA RUT 76.120.010-0

Segundo:  Los contribuyentes autorizados deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005, y las modificaciones que a futuro se realicen en el modelo de operación de Contabilidad Electrónica.

Tercero:   Autorízase además a dichos contribuyentes para almacenar, con fines tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2010 en el formato digital establecido por el Servicio, para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de la Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005.

Anótese, comuníquese y publíquese en Internet.

 

CAROLINA SARAVIA MORALES
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN (S)

 

  Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

MSB/CPG/RCM
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