RESOLUCION EXENTA SII N°65 DEL 09 DE ABRIL DEL 2010
Hoy se ha resuelto
lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el
artículo 7 letra b) de la Ley Orgánica
del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con
Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; en el artículo 6°
letra A) inciso 1° del Decreto Ley N° 830, sobre Código Tributario; en los
artículos 10, letra e), 12 letra c), 13 y 19 de la Ley N° 17.235, sobre
Impuesto Territorial; en el Decreto del
Ministerio de Interior N° 150, del 27 de febrero de 2010, publicado el 02 de
marzo de 2010; y CONSIDERANDO: a) Que debido a la
magnitud de la catástrofe derivada del sismo de gran magnitud ocurrido el día
27 de febrero del año en curso se han afectado gravemente un número importante
de bienes raíces afectos al pago del Impuesto Territorial en las regiones señaladas
como zona afectada por catástrofe por el Decreto del Ministerio de Interior N°
150, del 27 de febrero de 2010, publicado el 02 de marzo del mismo año. b) Que es necesario
adoptar medidas destinadas a agilizar el trámite de revisión de los avalúos de
los inmuebles afectados por la referida
catástrofe. SE
RESUELVE: 1. Establécese el
formulario 2961 (F2961) “Solicitud de revisión de avalúo para propiedades
destruidas o gravemente dañadas por sismo y/o tsunami del 27 de febrero de
2010, ubicadas en zona declarada de catástrofe”, mediante el cual se podrá
solicitar al Servicio de Impuestos Internos la revisión del avalúo de los
bienes raíces ubicados en las
Regiones de Valparaíso, del Libertador Bernardo O´Higgins, del Maule, del Bio Bio, de la Araucanía y Región
Metropolitana, destruidos o dañados
gravemente por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de 2010. 2. El formulario 2961 se encontrará disponible para su
llenado y envío electrónico o impresión, en la Oficina Virtual del S.I.I.www.sii.cl,
así como también en formato papel en cualquier oficina del S.I.I. 3. La solicitud en formato papel podrá ser presentada
en cualquier oficina del S.I.I. o remitida por correo dirigido a: Servicio de Impuestos Internos, Clasificador
N° 1, Sucursal Tenderini, Santiago. 4. El
plazo para que los propietarios, representantes o mandatarios envíen el
formulario o efectúen la presentación será desde el jueves 15 de abril hasta el
miércoles 30 de junio de 2010. Por su parte, las solicitudes de revisión de
avalúo que se funden en las causales a que se refiere la presente resolución y
que se presenten fuera del plazo establecido en este numeral deberán efectuarse
a través del formulario 2118 “Solicitud de modificación al catastro de bienes
raíces”. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL
DIARIO OFICIAL. (Fdo.)
JULIO PEREIRA GANDARILLAS Lo que transcribo a Ud. para su
conocimiento y demás fines. DISTRIBUCIÓN: |