RESOLUCION EXENTA SII N°67 DEL 09 DE ABRIL DEL 2010
Hoy
se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo
dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el
Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. SII
N°150, de diciembre de 2005; y, 1° Que, en la Res. Ex. SII N° 121, del 7 de Octubre
del 2008, se ha delegado en el Subdirector de Fiscalización, la
facultad de autorizar
a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de
Contabilidad Electrónica. 2° Que,
los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero y segundo, han
solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica
establecido en la Res. Ex. SII N°150, de diciembre de 2005, a partir del año 2010. 3° Que, los contribuyentes listados en el dispositivo primero, cumplen con los
requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SI N°150, de diciembre de 2005
y, han efectuado las pruebas requeridas para el SII para acogerse al modelo de
operación de Contabilidad Electrónica. 4° Que,
los contribuyentes listados en el dispositivo segundo, cumplen con los
requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SI N°150, de diciembre de 2005
y, declaran contar con CAL para los Libros Contables Electrónicos, esto último
a través del endoso a efectuar por un contribuyente autorizado. SE RESUELVE: Primero: Autorízase a proceder conforme al modelo de
operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2010, utilizando CAL
propio, al siguiente contribuyente: INGENIERIA Y
CONSTRUCCION SIGDO KOPPERS S.A. RUT 91.915.000-9 Se otorgará además al contribuyente ARTIKOS CHILE S.A., RUT 96.953.410-K, Códigos de Autorización de
Libros (CAL) tipo 3, para los libros Diario, Mayor y Balance, los que podrán
ser endosados a otros contribuyentes que
utilicen el software distribuido por él. Se otorgará además al contribuyente RECURSOS PORTUARIOS Y ESTIBAS LIMITADA, RUT 79.509.640-K, Códigos de Autorización de Libros (CAL) tipo 2, para los libros Diario,
Mayor y Balance, los que podrán ser endosados a otras empresas del mismo
holding. Segundo: Autorízase a proceder conforme
al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2010, a través del endoso
de ONVISION S.A. RUT 76.372.100-0,
a los siguientes contribuyentes: FERIA MUSIC S.A. RUT 76.333.120-2 Autorízase a
proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir
del año 2010, a
través del endoso de TECNOLOGIAS PARA LA GESTION MANQUEHUE LIMITADA, RUT 76.029.564-7 a los siguientes
contribuyentes: INVERSIONES PDR
LIMITADA RUT
77.603.960-8 Tercero: Los contribuyentes autorizados
deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII
N° 150, de Diciembre de 2005, y las modificaciones que a futuro se realicen en
el modelo de operación de Contabilidad Electrónica. Cuarto: Autorízase además a dichos
contribuyentes para almacenar, con fines tributarios, los libros contables de
años anteriores al año 2010 en el formato digital establecido por el Servicio,
para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el resolutivo segundo de la
Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005. Anótese,
comuníquese y publíquese en Internet. (Fdo.) IVAN BELTRAND CRUZ Lo
que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines. RPA/HSS/RCM Distribución: |