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RESOLUCION EXENTA SII N°86 DEL 27 DE MAYO DEL 2010
MATERIA : DELEGA FACULTAD DE RESOLVER SOLICITUDES PRESENTADAS DE ACUERDO A LA LEY N° 20.258 Y MODIFICA RESOLUCIÓN EX. SII N° 51, DE 24 DE ABRIL DEL 2008.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 2°, 7º, letras a), c), i), j) y q), y 42, todos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; el artículo 6º letra A, N° 3° del Código Tributario; el artículo 41 de la Ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; el artículo 3° de la Ley N° 20.258, el artículo 64 de la Ley N° 19.880; la Resolución Exenta SII N° 47, de 11 de abril de 2008; y

CONSIDERANDO:

1°.- Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 20.258, le corresponde al Servicio de Impuestos Internos, pronunciarse acerca de la solicitud de devolución del remanente de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado, originado en la adquisición de petróleo diesel por parte de las empresas generadoras eléctricas que cumplan con las condiciones fijadas en los artículos 1° y 2° de la misma ley;

2°.- Que, atendida la naturaleza del procedimiento y plazos en que debe emitirse la resolución que autorice la devolución aludida, se ha estimado conveniente centralizar su conocimiento en una sola unidad de este Servicio;

3°.- Que, el N° 3, de la letra A), del artículo 6°, del Código Tributario, faculta al Director del Servicio de Impuestos Internos para autorizar a los Subdirectores, Directores Regionales o a otros funcionarios para resolver determinadas materias o para hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando "por Orden del Director ";

4°.- Que, en mérito de lo anterior y atendida la naturaleza de las empresas solicitantes se considera pertinente que la centralización referida en el considerando 2°) precedente, se realice en la Dirección de Grandes Contribuyentes; y,

5°.- Las necesidades del Servicio.

SE RESUELVE:

PRIMERO: Delégase, en el Director de Grandes Contribuyentes, la facultad de resolver las solicitudes de devolución de remanente de crédito fiscal IVA originado en la adquisición de petróleo diesel, presentadas por los contribuyentes en conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 20.258;

SEGUNDO: Delégase en el Director de Grandes Contribuyentes, la facultad de emitir la certificación a que se refiere el artículo 3° de la Ley N° 20.258;

TERCERO: Las resoluciones que se emitan en el ejercicio de las facultades que se delegan en la presente resolución, deberán consignar la frase “Por orden del Director”;

CUARTO: A partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial se revoca la delegación realizada en  Resolución Exenta SII N° 51, de 24 de abril del 2008.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL.

(Fdo.) JULIO PEREIRA GANDARILLAS
    DIRECTOR

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines.

Distribución :
- Diario Oficial (extracto)
- Boletín
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