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Santiago, 2 de Diciembre de 2020

SII evalúa acciones a seguir frente a fallo del Tribunal Oral de Santiago en caso Cornapesca que absolvió a Jaime Orpis de delitos tributarios

  • La querella presentada contra el ex parlamentario por facilitación de boletas ideológicamente falsas a Corpesca fue resultado de una minuciosa recopilación de antecedentes, que permitió la condena de otros dos querellados en esta causa, uno por presentación de Declaración del Impuesto a la Renta maliciosamente falsa y el otro por facilitación de boletas ideológicamente falsas.
  • El Subdirector Jurídico del SII, Miguel Zamora, expresó que se están “analizando las acciones a seguir, dado que como institución estamos convencidos que en el caso de Jaime Orpis existió el delito tributario por el cual nos querellamos”.

El Servicio de Impuestos Internos evalúa las acciones a seguir tras el fallo del Tercer Tribunal Oral de Santiago que, con voto divido, absolvió de delitos tributarios al ex parlamentario Jaime Orpis, en el llamado Caso Corpesca. Cabe señalar que en este caso el SII presentó querellas nominativas por delito tributario acusándolo de facilitar 78 boletas ideológicamente falsas a Corpesca.

Respecto de Marta Isasi, el SII no presentó querella, debido a que los antecedentes recopilados no justificaban iniciar una acción penal directa por delitos tributarios en su contra.

En el marco de una segunda querella, presentada contra Jaime Orpis Bouchon, Francisco Javier Mujica Ortúzar y Carolina Gacitúa Larenas, se obtuvo condenas de estos dos últimos en procedimiento abreviado. En el caso de Mujica, por declaración del Impuesto a la Renta maliciosamente falsa, en su calidad de Gerente General de Corpesca, y en el caso de Gacitúa por facilitación de boletas ideológicamente falsas.

El Subdirector Jurídico del SII, Miguel Zamora, expresó que “se están analizando las acciones a seguir, dado que como institución estamos convencidos que en el caso de Jaime Orpis existió el delito tributario por el cual nos querellamos, es decir, facilitación de boletas ideológicamente falsas. Creemos que contamos con los argumentos jurídicos que respaldan nuestra tesis, fruto de una minuciosa recopilación de antecedentes, que además permitió la condena de otros dos querellados”.