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Santiago, 26 de Febrero de 2020

Hasta el 28 de febrero los contribuyentes beneficiados pueden acogerse a la devolución anticipada del Impuesto a la Renta

El Servicio de Impuestos Internos recuerda que, hasta este viernes 28 de febrero, las Mipyme que cumplan los requisitos pueden acogerse al beneficio de solicitar la devolución anticipada de un porcentaje del Impuesto a la Renta, medida de apoyo para micro, pequeños y medianos empresarios afectados por la situación que vive el país, que incorporó la Ley 21.207 de Apoyo a las Pymes.

Para quienes cumplan los requisitos y se acojan al beneficio, en un plazo máximo de 8 días hábiles, el monto anticipado estará disponible en su cuenta bancaria o para pago por caja, según se indique al momento de realizar la solicitud.

Recordamos que, para facilitar el proceso, el SII habilitó en su sitio web una opción que permite que, ingresando con su RUT y clave, los contribuyentes puedan consultar si cumplen los requisitos para acogerse a esta medida, y en el caso de ser así, saber qué monto del Impuesto a la Renta pueden solicitar de forma adelantada.

Para más información sobre esta medida y los requisitos asociados, ingresar aquí.