INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR EL MODELO DE CERTIFICADO N°18

Este certificado debe ser emitido por las sociedades de personas, sociedades de hecho, sociedades de Profesionales clasificadas en la Primera o Segunda Categoría y las comunidades, para certificar o informar a sus respectivos socios o comuneros (sean éstos personas naturales con o sin domicilio o residencia en Chile o personas jurídicas sin domicilio ni residencia en el país), el monto de los pagos provisionales mensuales que les pusieron a su disposición para cubrir sus obligaciones tributarias hasta el monto determinado según su propia declaración de impuesto.

Datos de la sociedad o comunidad: Se debe anotar los datos de la sociedad o comunidad emisora del certificado, registrando su Razón Social, N° de RUT, Dirección y Giro o Actividad Comercial.

N° Certificado y fecha: Se debe anotar el N° de Certificado y la fecha en que éste fue emitido efectivamente, la cual debe ser antes del 30 de Abril de cada año. Estos documentos deben emitirse en forma correlativa en cada período.

Datos del socio o comunero titular del certificado: Se debe registrar los datos de individualización del socio o comunero al cual se le emite el certificado (titular del certificado), registrando su nombre o razón social y N° de RUT.

Los pagos provisionales mensuales se certificarán como sigue:

Columnas (1) y (2): En estas columnas se debe anotar, en primer lugar, el nombre y N° de RUT del socio o comunero titular del certificado al cual se le emite e identificado anteriormente, registrando a continuación de éste el nombre del resto de los socios o comuneros a los cuales también se le ponen pagos provisionales mensuales a su disposición. En resumen, en el mencionado certificado deben identificarse todos los socios o comuneros a los cuales se le pusieron pagos provisionales mensuales a su disposición, identificando en primer lugar, al socio o comunero titular al cual se le emite el certificado.

Columna (3) y (4): Se debe registrar los pagos provisionales mensuales que la sociedad o comunidad puso a disposición de los socios o comuneros, anotando su monto total y la fecha en que este monto fue efectivamente puesto a su disposición, registrando, en primer lugar, los pagos provisionales que corresponden al socio o comunero titular del certificado al cual se le emite, y luego anotar los pagos provisionales que correspondan al resto de los socios o comunero de la respectiva sociedad o comunidad.



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