C.8. Instrucciones para la Confección de la Declaración Jurada Nº 1824

Esta Declaración debe ser presentada por los contribuyentes de la Primera Categoría, que sean sociedades de personas, sociedades de hecho, sociedades en comandita por acciones, respecto de los socios gestores y comunidades, que determinen su renta en dicha categoría, ya sea, mediante contabilidad completa o simplificada o renta presunta y las sociedades de profesionales, clasificadas en la Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta. En resumen, esta declaración jurada debe ser presentada por las siguientes personas: Por las personas antes indicadas cuya nómina de socios o comuneros vigente al 31.12.98 ha sufrido modificaciones durante el año 1999, ya sea, porque se retiró un socio o comunero, se incorporó una nueva persona, o varió la estructura social de su participación en el capital o utilidades de la empresa, informando al Servicio la nómina de tales personas vigente al 31.12.99; y las personas antes mencionadas que hayan iniciado actividades durante el año 1999 debiendo informar al SII la nómina actualizada de sus socios o comuneros vigente al 31.12.99. En consecuencia, lo que se debe informar en estos casos, es la nómina de socios y comuneros y la estructura social vigente al 31.12.99, sin considerar obviamente los socios o comuneros que se retiraron durante el año. Ahora bien, si la nómina de socios o comuneros de los contribuyentes antes indicados, vigente al 31.12.98, no ha sufrido modificaciones durante el año 1999, en los términos antes mencionados, tales personas no están obligadas a presentar esta Declaración Jurada.

La Declaración Jurada Nº 1824 se confeccionará de acuerdo con las siguientes instrucciones:

Se debe identificar el tipo de Declaración en el cuadro correspondiente (Original o Rectificatoria), ingresando una X si es original o ingresando el RUT y Folio de la declaración anterior, en caso de tratarse de una Declaración Rectificatoria.

Ingrese una X para indicar la forma o modalidad en que determina la renta que declara en la Primera o Segunda Categoría.

Sección A:

Ingrese los datos relativos a la individualización del contribuyente que declara, ingresando el Rut, Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe ingresar el número incluyendo su código de discado directo). Además se debe indicar con una X, si se trata de un contribuyente de la Primera o Segunda Categoría.

Sección B: Datos de los informados (Identificación de Socios y Comuneros y su participación en la sociedad o comunidad)

Columna Rut del Socio o Comunero: Ingrese el número de Rut de cada socio o comunero de la respectiva sociedad de personas, sociedad de hecho, sociedad en comandita por acciones respecto de los socios gestores, comunidad y sociedad de profesionales. En caso de utilizar formularios de papel deberá escribir con claridad la información solicitada.

Columna Tipo de Contribuyente: Ingrese la calidad jurídica del socio o comunero, de acuerdo a la siguiente clasificación:

PN: Persona Natural Nacional
PE: Persona Natural Extranjera
JE: Persona Jurídica Extranjera
SP: Sociedad de Personas
SA: Sociedad Anónima
CA: Sociedad en Comandita por Acciones
SH: Sociedad de Hecho
CM: Comunidad
AE:Agencia Extranjera Art. 58 Nº 1 L.I.R.
OT: Otros

Columna Porcentaje de Participación en Capital: Ingrese el respectivo porcentaje de participación en el capital de la sociedad o comunidad, de acuerdo a la correspondiente escritura pública o contrato social suscrito ante notario, cuando corresponda, o contrato privado celebrado entre las partes.

Columna Porcentaje de Participación en Utilidades: Ingrese el respectivo porcentaje de participación en la utilidades de la sociedad o comunidad, de acuerdo a la correspondiente escritura pública o contrato social suscrito ante notario, cuando corresponda, o contrato privado celebrado entre las partes.

Escritura o Contrato:

Columna Fecha: Ingrese la fecha de la escritura o contrato.

Columna N° de Repertorio: Ingrese el número de repertorio correspondiente a la escritura o contrato, cuando corresponda.

Columna Notaría: Ingrese la notaría en donde se suscribieron los documentos, cuando corresponda.

Respecto de los datos sobre la escritura o contrato social, lo que debe informarse es la fecha, Nº de repertorio y nombre de la notaría, en todos aquellos casos que se trate de sociedades de personas civiles o comerciales. En el caso de las sociedades de hecho y comunidades deberá ingresarse la fecha del contrato, y cuando corresponda por haberse firmado ante notario dicho contrato social, procederá informar el nombre de la notaría y Nº de repertorio de ser procedente.

Total de Casos Informados: Corresponde al número total de casos que se está informando, por lo tanto al momento de ingresar esta información será validada con el número de líneas ingresadas.

Si utiliza formularios de papel para confeccionar su Declaración recuerde seguir las instrucciones indicadas en el capítulo "Presentación de Declaraciones en formularios de papel".

Nota:

Así como es posible enviar el archivo correspondiente a la Declaración Jurada preparada previamente por software certificado por el SII, también es posible utilizar softwares básicos, los cuales puede descargar gratuitamente desde la página Web del Servicio (dirección Internet www.sii.cl ), y a través de los cuales puede preparar las declaraciones en su PC para luego enviar el archivo correspondiente a través de Internet, según se explica en el capítulo "Presentación de Declaraciones Vía Internet".

El plazo de entrega de la declaración vence antes del 15 de marzo de cada año, siendo recomendable no esperar los últimos días para presentar la declaración. Si Ud. la presenta vía INTERNET, tendrá el beneficio de poder hacerlo las 24 horas del día y los 7 días de la semana.

El retardo u omisión de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo con lo prescrito en el Art. 97, Nº1, del Código Tributario.

En el caso que desee corregir, agregar o eliminar algún dato, deberá presentar una nueva declaración, para ello se recomienda la presentación vía Internet, alternativa que podrá usar cualquiera sea la opción de presentación que utilizó en la primitiva. Si no tiene la posibilidad de rectificar vía INTERNET, podrá hacerlo utilizando los formularios en papel diseñados por el SII. Tenga presente que al rectificar, deberá indicar, en el recuadro correspondiente, el número de Rut y folio de la declaración que rectifica.



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