Home Santiago, 1 de  Junio de 2009
Tendrá dos nuevas líneas y un nuevo código

Se modifica el Formulario 50 sobre impuestos mensuales


El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que emitió la Resolución 78, de 2009, mediante la cual dispone efectuar algunos cambios en la estructura y contenido del Formulario 50 sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, ello como consecuencia de ajustes hechos a la Ley sobre Impuesto a la Renta por la Ley 20.343, vigente desde el pasado 28 de abril.

Este cuerpo legal introdujo modificaciones mediante su artículo 2°, numero 5, agregando un nuevo numeral 7 al artículo 74 de la Ley de la Renta, estableciendo una retención con tasa de 4% sobre los intereses devengados por los instrumentos a que se refiere el artículo 104, durante el ejercicio respectivo.

Asimismo, la Ley 20.343 incorporó mediante su número 7, el Título VI a la Ley sobre Impuesto a la Renta denominado “Disposiciones especiales relativas al mercado de capitales”, que contiene un nuevo artículo 104, el cual establece un impuesto sobre la diferencia entre el valor nominal y de colocación de los instrumentos de deuda de oferta pública a que se refiere este mismo artículo.

En consideración a lo anterior, se agregan al Formulario 50 dos nuevas líneas, con los números 50 y 51, para permitir a los contribuyentes la declaración del impuesto del artículo 104, número 3, y la retención del artículo 74.

Otro cambio es la incorporación de un nuevo código, el número 622, a la actual línea 52, destinado a la declaración de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios del artículo 84, letras a, g y h de la Ley sobre Impuesto a la Renta. De esta manera, los contribuyentes que requieren declarar y pagar sus impuestos en moneda extranjera, deberán utilizar un sólo Formulario 50 para dicha obligación.

El nuevo Formulario 50 estará a disposición de los usuarios desde el 1 de junio de 2009 en www.sii.cl, donde también es posible obtener más información vinculada con estas modificaciones en la sección Preguntas Frecuentes y también en la Resolución 78, de 2009.