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El Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que emitió la Resolución 78, de 2009, mediante la cual dispone efectuar algunos cambios en la estructura y contenido del Formulario 50 sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, ello como consecuencia de ajustes hechos a la Ley sobre Impuesto a la Renta por la Ley 20.343, vigente desde el pasado 28 de abril.
Este cuerpo legal introdujo modificaciones mediante su artículo 2°, numero 5, agregando un nuevo numeral 7 al artículo 74 de la Ley de la Renta, estableciendo una retención con tasa de 4% sobre los intereses devengados por los instrumentos a que se refiere el artículo 104, durante el ejercicio respectivo.
Asimismo, la Ley 20.343 incorporó mediante su número 7, el Título VI a la Ley sobre Impuesto a la Renta denominado “Disposiciones especiales relativas al mercado de capitales”, que contiene un nuevo artículo 104, el cual establece un impuesto sobre la diferencia entre el valor nominal y de colocación de los instrumentos de deuda de oferta pública a que se refiere este mismo artículo.
En consideración a lo anterior, se agregan al Formulario 50 dos nuevas líneas, con los números 50 y 51, para permitir a los contribuyentes la declaración del impuesto del artículo 104, número 3, y la retención del artículo 74.
Otro cambio es la incorporación de un nuevo código, el número 622, a la actual línea 52, destinado a la declaración de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios del artículo 84, letras a, g y h de la Ley sobre Impuesto a la Renta. De esta manera, los contribuyentes que requieren declarar y pagar sus impuestos en moneda extranjera, deberán utilizar un sólo Formulario 50 para dicha obligación.
El nuevo Formulario 50 estará a disposición de los usuarios desde el 1 de junio de 2009 en www.sii.cl, donde también es posible obtener más información vinculada con estas modificaciones en la sección Preguntas Frecuentes y también en la Resolución 78, de 2009.
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