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El Servicio de Impuestos Internos (SII) recuerda que los propietarios de terrenos acogidos al decreto ley 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, beneficiados con exención total o parcial del Impuesto Territorial, deben presentar entre octubre y diciembre de cada año, una Declaración Jurada relacionada con las superficies plantadas y cortadas al 31 de diciembre del año anterior, según establece la Resolución 111, del 22 de septiembre de 2008.
Como resultado de este proceso, se actualizará la información sobre las superficies de terreno que conservan la exención, así como aquellas a las que no corresponde el beneficio.
Para estos efectos, en www.sii.cl opción Proceso de Declaración Jurada de Predios Forestales 2009, se encuentra disponible la aplicación para ingresar la declaración jurada, así como aquellas que permiten consultar las declaraciones presentadas en el período anterior y conocer los roles de avalúo de los bienes raíces que se deben declarar, según los datos registrados al 31 de diciembre de 2008.
La declaración también se puede realizar de manera presencial en cualquier Departamento de Avaluaciones en las oficinas del Servicio.
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