Santiago, 6 de Octubre de 2014
Por Tabacos y Cigarrillos e IVA:
SII dictó primeras circulares con cambios establecidos en Reforma Tributaria

El Servicio de Impuestos Internos publicó las dos primeras circulares relacionadas con modificaciones a la normativa introducidas por la Ley N° 20.780, de Reforma Tributaria.

Se trata de la Circular N° 50, que da cuenta de los cambios introducidos por el artículo 4° de la Reforma al Decreto Ley N° 828 de 1974, que establece normas para el cultivo, elaboración, comercialización e impuestos que afectan al tabaco. En lo medular, analiza el cambio de tasa  que rige a contar del 1° de octubre,  producto del cual se genera un alza en el impuesto que grava los paquetes, cajas o envoltorios de cigarrillos.

La segunda es la Circular N°51, que se refiere a las modificaciones introducidas por la Reforma a los Artículos 3°, 12°, letra B), 23°, N° 4 y 42°, del D.L. N° 825, de 1974, sobre Impuesto al Valor Agregado.  En ella, se dictan instrucciones relativas a los cambios de tasa del impuesto a los alcoholes y bebidas analcohólicas, que rigen a contar del 1° de octubre, y se define para efectos del tributo lo que debe entenderse por bebidas energizantes o hipertónicas, las cuales se encuentran expresamente gravadas con este impuesto a contar de la modificación que se analiza.

Otro aspecto que se incluye en esta Circular es el relacionado con una nueva exención que favorece a los Cuerpos de Bomberos y a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, por la cual se libera de IVA la importación efectuada por estas instituciones de camiones de bomberos, coches escala, coches agua y otros; y de otras mercancías, norma que también rige a contar del 1° de octubre de 2014.