Proceso parte el 1° de abril:
SII anuncia revisión exhaustiva de declaraciones en Operación Renta 2014
  • Organismo formuló un llamado a los contribuyentes a incluir todos sus ingresos, ya que las declaraciones serán sometidas a más de 270 cruces informáticos con el fin de verificar su consistencia aritmética y tributaria.
  • Para ello utilizará información adicional y más detallada proveniente de terceros, la que se recibió a través de las declaraciones juradas que se presentan antes del proceso.
  • SII ofrecerá a partir de hoy una versión preliminar de su propuesta de declaración en formato personalizado a 2,5 millones de personas naturales.
  • Tesorería efectuará las primeras devoluciones de impuesto a partir del 13 de mayo, para los contribuyentes que soliciten el depósito en su cuenta bancaria. Se mantiene disponible la opción de declarar a través de Smartphones y/o Tablets en el sitio móvil del SII, en m.sii.cl.
Santiago, 27 de Marzo de 2014

Más de 3 millones de contribuyentes deberán presentar su declaración de impuestos en el marco de la Operación Renta 2014, proceso que se inicia oficialmente el próximo 1° de abril y en cuyo marco las personas y las empresas tienen que declarar los ingresos que obtuvieron durante el año pasado y pagar los impuestos correspondientes a dichas rentas.

Durante la Operación Renta de este año el SII proyecta recibir más de tres millones de declaraciones, un 99% de ellas a través de Internet. Justamente para facilitar este trámite, el Servicio ofrecerá una propuesta de declaración a 2,5 millones de personas naturales, quienes una vez que verifiquen la información disponible que sirvió de base para la confección de su declaración, podrán aceptarla en línea y cumplir de esta manera con el trámite.  

De hecho, desde hoy ya está disponible para estos contribuyentes una versión preliminar de su propuesta, aunque sólo podrán enviar su declaración definitiva desde 1 de abril. El SII recomienda verificar los antecedentes enviados por los agentes retenedores e informantes, de forma que puedan revisarlos y establecer si la información coincide con los datos que posee.

El SII aumentó este año los servicios y beneficios que entrega a través de Internet con el fin de facilitar a los contribuyentes su declaración. Desde el viernes pasado está disponible el Portal de Renta 2014, en el cual los contribuyentes disponen de una completa orientación y ayuda para efectuar correctamente el proceso.

En la opción Novedades de este portal, por ejemplo, se puede acceder a información detallada relativa al crédito tributario por gastos en educación, las cotizaciones previsionales obligatorias para trabajadores independientes, la reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría y la disminución de la tasa del Impuesto Global Complementario, cambios que entraron en vigencia en 2013 y que este año incorporan modificaciones que se deben conocer antes de enviar su declaración de impuesto anual.

 
FECHAS CLAVES
Como todos los años, existen tres períodos para enviar la declaración de renta, de lo que dependerá también la fecha de devolución, si corresponde. Los contribuyentes que soliciten el depósito en cuenta bancaria recibirán anticipadamente la devolución respecto de quienes opten por el cheque.


Fecha Envío F22
Fecha de Devolución según medio de pago
Depósito Cheque
01 de Abril al 17 de Abril Martes 13-05-2014 Viernes 30-05-2014
18 de Abril al 25 de Abril Lunes 19-05-2014 Viernes 30-05-2014
26 de Abril al 9 de Mayo Miércoles 28-05-2014 Viernes 30-05-2014


Otros Plazos Relevantes

Fecha de Inicio de Declaraciones con Pago Miércoles 09-04-2014
Fecha Vencimiento Declaraciones con Pago Miércoles 30-04-2014
Fecha Vencimiento Reemplazos (sólo declaraciones sin pago) Viernes 25-04-2014
Fecha Vencimiento Declaraciones sin Pago Viernes 09-05-2014


TEMAS IMPORTANTES
Es importante recordar a los contribuyentes para esta Operación Renta, lo siguiente:

Cotizaciones previsionales obligatorias para trabajadores independientes
Para este año tributario las cotizaciones para pensiones y para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, corresponderán a un 70% de la Renta Imponible. Las personas que deben cumplir con esta obligación legal son quienes perciban honorarios por actividades independientes y/o rentas por boletas de honorarios, boletas de prestación de servicios de terceros y/o por participaciones en rentas de sociedades de profesionales, siempre que como trabajador dependiente no haya cotizado mensualmente por el límite máximo imponible mensual (70,3 UF, aproximadamente $1.638.000).

Durante este proceso de Declaración de Renta, el SII determinará el monto anual de pago que corresponde a cada trabajador. Al ingresar a declarar su Renta, cada trabajador podrá visualizar el Monto Total de Cotizaciones que le corresponde, junto con la deuda previsional respectiva, si ésta existiera. Los contribuyentes tendrán la opción de acceder a su Información Previsional detallada, para conocer las entidades que la han informado y los montos asociados que han servido de base en la determinación de sus cotizaciones.
 
El monto total de las cotizaciones para pensiones y lo que corresponde al seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se pagará con:   Según se establece legalmente, en el caso que la suma de los conceptos señalados no alcance a cubrir el total de las cotizaciones para pensiones o para el pago del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales adeudados, el trabajador deberá pagar la diferencia directamente a la respectiva AFP y/o mutual o instituto de seguridad laboral, según corresponda, durante el plazo establecido (10 de junio de cada año para pensiones y 10 de julio para el seguro).

Es importante que los trabajadores recuerden que se mantiene vigente la posibilidad de renunciar a cotizar durante los años tributarios 2014 y 2015. Esta renuncia se debe hacer antes de enviar su declaración de Renta. Para hacerlo, deben ingresar a www.sii.cl, a la opción “Enviar o anular declaración jurada renuncia a cotizar”.

Rebaja de impuestos por gastos en educación
Este año, el beneficio de la rebaja de impuestos por los gastos relacionados con la educación de los hijos será de $102.562 anuales por cada uno, el que se puede rebajar del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) y el Impuesto Global Complementario (IGC) según corresponda, en la medida que se cumplan con los requisitos que la ley establece: Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja. Para manifestarlo, deben realizar una declaración jurada simple en www.sii.cl, menú de Renta o de Declaraciones Juradas, bajo el título de “Declaración Jurada Simple de cesión de crédito por Gastos de Educación, art.55 ter” antes de enviar su declaración de renta. Si no lo hacen, el monto de $102.562 por hijo se dividirá en partes iguales entre ambos padres. El SII recomienda utilizar el Simulador del beneficio por gastos en educación, al que luego de ingresar sus datos, permitirá verificar si puede utilizar el beneficio.

Al momento de hacer su declaración anual de impuesto a la renta, se le solicitará hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, donde el contribuyente deberá indicar si cumple con el requisito de que las rentas en conjunto (padre y madre) no superen las 792 UF. Una vez ingresado el dato, se presentará la propuesta de declaración que incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación.

Reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría
Es importante recordar el cambio introducido el año 2012, que permite a los contribuyentes con un solo empleador realizar una reliquidación anual de sus impuestos. Esta norma beneficia principalmente a aquellos contribuyentes que obtienen sueldos variables, o bien, han dejado de percibir ingresos en uno o más meses del año. Esto porque pueden obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que la tasa del impuesto considerando la suma mensual de su renta fue mayor a la tasa que hubieran obtenido considerando la suma anual del total de sus rentas.

Rebaja del Impuesto Global Complementario

A partir de este año tributario disminuyen las tasas del Impuesto Global Complementario en siete de los ocho tramos existentes.

Desde Hasta Tasa de Impuesto
AT 2014 AT 2013
0,00    6.605.064,00 Exento Exento
   6.605.064,01  14.677.920,00 4,0% 5,0%
 14.677.920,01  24.463.200,00 8,0% 10,0%
 24.463.200,01  34.248.480,00 13,5% 15,0%
 34.248.480,01  44.033.760,00 23,0% 25,0%
 44.033.760,01  58.711.680,00 30,4% 32,0%
 58.711.680,01  73.389.600,00 35,5% 37,0%
 73.389.600,01  Y MAS 40,0% 40,0%



Nuevos códigos en Formulario 22
Producto de las modificaciones introducidas el 2012 a la Ley de la Renta, este año  se incorporaron nuevos códigos en el Formulario 22, con el objetivo de reflejar la nueva forma de tributar los gastos rechazados (tasa adicional del 10%) y el tratamiento que tendrán los créditos pagados en el extranjero (ya no dan derecho a devolución).

Declaración a través de Smartphones
El SII también permite que se presente la propuesta de declaración de renta sin pago, a través de smartphones y tablets. Con su RUT y clave secreta, el contribuyente podrá acceder de forma simple a la propuesta preparada por el Servicio, donde sólo deberá ingresar los datos de su cuenta bancaria.


Asistencia al contribuyente
Como todos los años, el SII desarrollará entre el 7 al 16 de abril un período de apoyo y asistencia en terreno a los contribuyentes, con más de 196 puntos de atención en todo el país, ubicados en lugares como centros comerciales, supermercados y municipios. El calendario con las fechas, horarios y lugares de atención para todas las regiones del país está disponible en el Portal de Renta en www.sii.cl. Además, en todas las oficinas del Servicio los contribuyentes dispondrán de puntos de conectividad gratuitos en sus Centros de Información y Asistencia.

Paralelamente, en el Portal de Renta se puede acceder a una completa gama de  informaciones y herramientas útiles para facilitar su declaración, la que incluye preguntas frecuentes, simuladores y ejemplos prácticos de los beneficios y/u obligaciones, además de Asistentes de Cálculo que acompañarán a los contribuyentes que se acojan al beneficio de Rebaja de Impuestos por Gastos en Educación y/o que deban calcular el monto de sus Cotizaciones Previsionales Obligatorias, al momento de cumplir con su obligación tributaria.
 
CONTROL MÁS EXHAUSTIVO DE LAS DECLARACIONES
Durante la Operación Renta 2014 el SII realizará una revisión exhaustiva de las declaraciones, las que serán sometidas a un proceso computacional automatizado en el cual, a través de más de 270 cruces de información, se evaluará la consistencia aritmética y tributaria de cada una, verificando si los datos declarados por el contribuyente concuerdan con los antecedentes de que dispone el Servicio. Cabe señalar que con este fin se cuenta con información adicional y más detallada proveniente de terceros, gracias al aumento de la cantidad y la modificación de las declaraciones juradas que se deben presentar antes del proceso los agentes retenedores e informantes (empresas, bancos e instituciones financieras, AFP, corredores de Bolsa, notarios, etc.).

Entre la información de la que dispone el Servicio figuran:

-    Ingresos por remuneraciones, por honorarios profesionales y por dividendos.
-    Ganancia real de fondos mutuos, en intereses bancarios, por venta de dólares y otras monedas.
-    Ganancia real por venta de acciones y de cuotas de fondos de inversión.
-    Inversiones por adquisición de bienes raíces y automóviles nuevos y usados.
-    Retiros efectuados por los socios de las empresas y gastos rechazados.
-    Intereses por Depósitos y Cuentas de Ahorro a Plazo.
-    Créditos Hipotecarios, Dividendos Hipotecarios Pagados o Aportes Enterados.
-    Gastos de capacitación.
 
En materia de fiscalización, este año habrá un control exhaustivo sobre los retiros y créditos efectuados por socios de empresas y sociedades individuales, para verificar que sean correctamente declarados por los contribuyentes y que las rebajas que se apliquen estén debidamente justificadas en relación con los resultados de la respectiva empresa.

Asimismo, se revisarán los ingresos y gastos de las sociedades de inversión, para comprobar que éstos efectivamente correspondan a gastos necesarios para producir la renta.  

También habrá una Fiscalización especial y un mayor control integral de los saldos acumulados en el Fondo de Utilidades Tributables de las empresas, de manera de verificar su real existencia, la acumulación en exceso de saldo y la utilización de créditos en forma indebida.

Hay que considerar que después del IVA el Impuesto a la Renta es el que mayores recursos proporciona a las arcas fiscales, llegando el año pasado a un monto superior a los 9 billones de pesos, lo que representa del orden del 39,5% de los ingresos tributarios.
 
Recomendaciones Finales
Declare todos sus ingresos sin omitir ninguno, ya que de ese modo hará mucho más expedito el proceso de devolución. Recuerde que habrá un control exhaustivo de las declaraciones.

Hágalo a través de INTERNET y utilice la propuesta de declaración que ofrece el SII por sobre los otros medios de envío, ya que históricamente el porcentaje de observaciones que afecta a las propuestas es muy inferior al que se verifica en los otros medios de ingreso.

A quienes tengan derecho a devolución y sean titulares de una cuenta bancaria (Corriente, de Ahorro, a la Vista o Cuenta RUT), soliciten que dicho remanente les sea depositado directamente en ella, lo que les permitirá contar con los respectivos fondos en forma anticipada, a partir del 13 de mayo.

Verifique con anterioridad al inicio del proceso si cuentan y/o recuerdan su clave secreta para operar a través de Internet. Ésta se puede obtener o recuperar, según sea el caso, en la página web www.sii.cl, menú Registro de Contribuyentes. También hay una Guía de Ayuda disponible para asistirlos en el proceso, en el menú Ayuda, opción: ¿Cómo se hace para... ?, Guía para obtener y Recuperar Clave Secreta.