Santiago, 29 de Junio de 2016
Podrá ser exhibido en dispositivos móviles
El 1 de julio entra en vigencia nuevo Rol Único Tributario Electrónico o e-RUT
  • Consiste en un archivo PDF, que reemplaza al actual documento en plástico, y que puede solicitarse directamente a través de Internet en sii.cl.
  • La facilitación del trámite beneficiará a los más de 28 mil contribuyentes que mensualmente solicitan cédula en oficinas del SII.


A partir del 1 de julio estará disponible el nuevo Rol Único Tributario electrónico o e-RUT, que reemplaza al actual documento en plástico y que busca simplificar y facilitar el trámite de solicitud y obtención de cédula RUT para los cerca de 28 mil contribuyentes que mensualmente la solicitan ante este Servicio.    

La nueva cédula consiste en un archivo electrónico, que se obtiene de forma inmediata a través de sii.cl, sin costo para el contribuyente. Cabe señalar que el trámite asociado a la actual cédula en plástico tiene un cobro asociado a los duplicados, los que al igual que la cédula, debían retirarse en oficinas del SII, por lo que el nuevo sistema implica un ahorro tanto en tiempo como en dinero.

El nuevo e-RUT se obtendrá en formato PDF, puede ser impreso y/o guardado, y también exhibido por el usuario a través de celulares y dispositivos móviles, para ser utilizado en transacciones comerciales y/o en trámites que así lo requieran.  

A diferencia de la cédula en formato plástico, el e-RUT es nominativo para el usuario que el contribuyente designe, cuyos datos (nombre y Rut) también quedarán registrados en el documento electrónico.

Cualquier persona podrá verificar la vigencia o validez de un e-RUT en la Verificación de Cédulas disponibles en sii.cl, en versión clásica y para dispositivos móviles, ingresando el Rut del contribuyente a consultar y el número de serie de la cédula.

De esta forma, el SII continúa en su constante esfuerzo por desarrollar productos que faciliten el cumplimiento tributario y que además mejoren la calidad de atención a los contribuyentes de todo el país.

Para más información, ingrese aquí o consulte Resolución Ex. SII N° 56