En qué consiste
Es un beneficio para los padres y madres que se introdujo en la Reforma Tributaria de 2012, y que establece que, a partir de la Operación Renta de este año, por cada hijo estudiando, pueden acceder a una rebaja en sus impuestos de hasta $40.200 por hijo.
Monto del beneficio
Para el año tributario 2013, entre padre y madre podrán rebajar hasta $40.200 (1,76UF) por cada hijo. El beneficio se divide en partes iguales, entre ambos.
Requisitos
Para poder acogerse a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:
NO se requiere:
¿Cómo accedo al beneficio?
Antes de enviar su declaración de Renta:
En el momento de realizar su declaración de Renta:
Después de enviar su declaración de Renta:
Si luego de enviar su declaración de Renta, el padre o la madre desean realizar y/o modificar la cesión del beneficio, pueden hacerlo en www.sii.cl, y luego renviar su declaración de impuestos. Al hacerlo, el SII ofrecerá una propuesta de declaración actualizada, de acuerdo a las modificaciones realizadas en el sitio. Esta opción está disponible hasta el 26 de abril.
Más Ayuda
Ejemplo N°1
En el siguiente ejemplo, el padre y la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación y recibir una devolución por el impuesto ya pagado, ya que cumplen con los requisitos que establece la ley:
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
Rentas |
Padre |
Madre |
Sueldo ($) |
7.800.000 |
6.950.000 |
Honorarios ($) |
- |
- |
Otras Rentas ($) |
- |
- |
Total ($) |
7.800.000 |
6.950.000 |
Rentas Totales padres + madre | 14.750.000 |
Se cumple requisito de que la renta total entre padre y madre sea menor a 792 UF ($18.089.874) |
2. De acuerdo con su ingreso mensual, padre y madre ya pagaron el siguiente impuesto:
Padre |
Madre |
|
Impuesto único de 2a cat. ($) | 64.331 |
22.331 |
Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. |
3. La siguiente es la información de la cantidad de hijos entre padre y madre. Se da por supuesto para el presente ejemplo que todos los hijos cumplen con los requisitos que establece la ley:
N° de hijos en común que cumplen con los requisitos para acceder al beneficio |
3 |
4. Según la Declaración Jurada Simple de Cesión de beneficios que puede realizar el padre y/o madre antes de la Declaración de Renta, los siguientes son los porcentajes de beneficio correspondiente a cada hijo:
Sólo padre (100%) |
Sólo madre (100%) |
Ambos (50% cada uno) |
|
Hijo 1 |
X |
||
Hijo 2 |
X |
||
Hijo 3 |
X |
|
Solo en el caso del Hijo N°3, la madre cedió su beneficio al padre, por lo que éste quedó con el 100% del crédito. En el caso de los hijos en los que no se cede el beneficio, no es necesario realizar una declaración jurada. |
5. El siguiente es el cálculo del crédito por gastos en educación al que puede acceder el padre y la madre:
Padre |
Madre |
|
Tope máximo del beneficio por hijo 1 |
20.100 |
20.100 |
Tope máximo del beneficio por hijo 2 |
20.100 |
20.100 |
Tope máximo del beneficio por hijo 3 |
40.200 |
0 |
Crédito de impuestos por gastos de educación ($) |
80.400 |
40.200 |
Impuesto de Segunda Categoría pagado |
64.331 |
22.331 |
Derecho a devolución de impuestos por este beneficio |
Si |
Si |
Monto de devolución por Rebaja de impuestos por gastos de educación ($) |
64.331 |
22.331 |
Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. |
*El valor de la UF para el cálculo corresponde al 31 de diciembre de 2012.
Ejemplo N°2
En el siguiente ejemplo, el padre y la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación, sin embargo a la madre no le corresponde devolución de impuestos por este concepto.
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
Rentas |
Padre |
Madre |
Sueldo ($) |
8.640.000 |
6.600.000 |
Honorarios ($) |
- |
250.000 |
Otras Rentas ($) |
- |
- |
Total ($) |
8.640.000 |
6.850.000 |
Rentas Totales padres + madre | 15.490.000 |
Se cumple requisito de que la renta total entre padre y madre sea menor a 792 UF ($18.089.874) |
2.-De acuerdo con su ingreso mensual, padre y madre ya pagaron el siguiente impuesto:
Padre |
Madre |
|
Impuesto único de 2a cat. ($) | 106.331 |
4.331 |
Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. |
3. La siguiente es la información de la cantidad de hijos entre padre y madre. Se da por supuesto para el presente ejemplo que todos los hijos cumplen con los requisitos que establece la ley:
N° de hijos en común que cumplen con los requisitos para acceder al beneficio |
3 |
4. Según la Declaración Jurada Simple de Cesión de beneficios que puede realizar el padre y/o madre antes de la Declaración de Renta, los siguientes son los porcentajes de beneficio correspondiente a cada hijo:
Sólo padre (100%) |
Sólo madre (100%) |
Ambos (50% cada uno) |
|
Hijo 1 |
X |
||
Hijo 2 |
X |
||
Hijo 3 |
X |
|
Solo en el caso del Hijo N°3, la madre cedió su beneficio al padre, por lo que éste quedó con el 100% del crédito. En el caso de los hijos en los que no se cede el beneficio, no es necesario realizar una declaración jurada. |
5. El siguiente es el cálculo del crédito por gastos en educación al que puede acceder el padre y la madre:
Padre | Madre | |
Tope máximo del beneficio por hijo 1 |
20.100 |
20.100 |
Tope máximo del beneficio por hijo 2 |
20.100 |
20.100 |
Tope máximo del beneficio por hijo 3 |
40.200 |
0 |
Crédito por gastos en educación ($) |
80.400 |
40.200 |
Impuesto de Segunda Categoría pagado |
106.331 |
4.331 |
Derecho a devolución de impuestos por este beneficio | Si |
No |
Monto de devolución por Rebaja de impuestos por gastos de educación ($) |
80.400 |
0 |
|
*El valor de la UF para el cálculo corresponde al 31 de diciembre de 2012.
Ejemplo N°3
En el siguiente ejemplo, ni el padre ni la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación:
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
Rentas |
Padre |
Madre |
Sueldo ($) |
12.000.000 |
7.200.000 |
Honorarios ($) |
|
|
Otras Rentas ($) |
|
|
Total ($) |
12.000.000 |
7.200.000 |
Rentas Totales padres + madre | 19.200.000 |
La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre exceden las 792 UF anuales ($ 18,089,874 al 31/12/2012), por lo tanto no cumplen el requisito para acceder al beneficio |