
En qué consiste
		     Es un beneficio para los padres y  madres  que se introdujo en la Reforma  Tributaria de 2012, y que establece que, a partir de la Operación Renta de este  año, por cada hijo estudiando, pueden acceder a una rebaja en sus impuestos de  hasta $40.200 por hijo.
Monto del beneficio
         Para el año tributario 2013, entre padre y madre podrán  rebajar hasta $40.200 (1,76UF) por cada hijo.  El beneficio se divide en partes iguales,  entre ambos.
Requisitos
		     Para poder acogerse a este beneficio, se deben cumplir los  siguientes requisitos:
NO se requiere:
¿Cómo accedo al beneficio?
Antes de enviar su declaración de Renta:
En el momento de realizar su declaración de Renta:
Después de enviar su declaración de Renta:
	   
  Si luego de enviar su  declaración de Renta, el padre o la madre desean realizar y/o modificar la  cesión del beneficio, pueden hacerlo en www.sii.cl, y luego renviar su declaración de  impuestos. Al hacerlo, el SII ofrecerá una propuesta de declaración  actualizada, de acuerdo a las modificaciones realizadas en el sitio.  Esta  opción está disponible hasta el 26 de abril.
Más Ayuda
Ejemplo N°1
En el siguiente ejemplo, el padre y la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación y recibir una devolución por el impuesto ya pagado, ya que cumplen con los requisitos que establece la ley:
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
| Rentas | Padre | Madre | 
| Sueldo ($) | 7.800.000 | 6.950.000 | 
| Honorarios ($) | - | - | 
| Otras Rentas ($) | - | - | 
| Total ($) | 7.800.000 | 6.950.000 | 
| Rentas Totales padres + madre | 14.750.000 | 
| 
 | 
| Se cumple requisito de que la renta total entre padre y madre sea menor a 792 UF ($18.089.874) | 
2. De acuerdo con su ingreso mensual, padre y madre ya pagaron el siguiente impuesto:
| Padre | Madre | |
| Impuesto único de 2a cat. ($) | 64.331 | 22.331 | 
| 
 | 
| Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. | 
3. La siguiente es la información de la cantidad de hijos entre padre y madre. Se da por supuesto para el presente ejemplo que todos los hijos cumplen con los requisitos que establece la ley:
| N° de hijos en común que cumplen con los requisitos para acceder al beneficio | 3 | 
4. Según la Declaración Jurada Simple de Cesión de beneficios que puede realizar el padre y/o madre antes de la Declaración de Renta, los siguientes son los porcentajes de beneficio correspondiente a cada hijo:
| Sólo padre (100%) | Sólo madre (100%) | Ambos (50% cada uno) | |
| Hijo 1 | X | ||
| Hijo 2  | X | ||
| Hijo 3  | X | 
 | 
| 
 | 
| Solo en el caso del Hijo N°3, la madre cedió su beneficio al padre, por lo que éste quedó con el 100% del crédito. En el caso de los hijos en los que no se cede el beneficio, no es necesario realizar una declaración jurada. | 
5. El siguiente es el cálculo del crédito por gastos en educación al que puede acceder el padre y la madre:
| Padre | Madre | |
| Tope máximo del beneficio por hijo 1 | 20.100 | 20.100 | 
| Tope máximo del beneficio por hijo 2 | 20.100 | 20.100 | 
| Tope máximo del beneficio por hijo 3 | 40.200 | 0 | 
| Crédito de impuestos por gastos de educación ($) | 80.400 | 40.200 | 
| Impuesto de Segunda Categoría pagado | 64.331 | 22.331 | 
| Derecho a devolución de impuestos por este beneficio | Si | Si | 
| Monto de devolución por Rebaja de impuestos por gastos de educación ($) | 64.331 | 22.331 | 
| 
 | 
| Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. | 
*El valor de la UF para el cálculo corresponde al 31 de diciembre de 2012.
Ejemplo N°2
En el siguiente ejemplo, el padre y la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación, sin embargo a la madre no le corresponde devolución de impuestos por este concepto.
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
| Rentas | Padre | Madre | 
| Sueldo ($) | 8.640.000 | 6.600.000 | 
| Honorarios ($) | - | 250.000 | 
| Otras Rentas ($) | - | - | 
| Total ($) | 8.640.000 | 6.850.000 | 
| Rentas Totales padres + madre | 15.490.000 | 
| 
 | 
| Se cumple requisito de que la renta total entre padre y madre sea menor a 792 UF ($18.089.874) | 
2.-De acuerdo con su ingreso mensual, padre y madre ya pagaron el siguiente impuesto:
| Padre | Madre | |
| Impuesto único de 2a cat. ($) | 106.331 | 4.331 | 
| 
 | 
| Se cumple requisito de que padre y/o madre sean contribuyentes del impuesto único de segunda categoría o global complementario. | 
3. La siguiente es la información de la cantidad de hijos entre padre y madre. Se da por supuesto para el presente ejemplo que todos los hijos cumplen con los requisitos que establece la ley:
| N° de hijos en común que cumplen con los requisitos para acceder al beneficio | 3 | 
4. Según la Declaración Jurada Simple de Cesión de beneficios que puede realizar el padre y/o madre antes de la Declaración de Renta, los siguientes son los porcentajes de beneficio correspondiente a cada hijo:
| Sólo padre (100%) | Sólo madre (100%) | Ambos (50% cada uno) | |
| Hijo 1 | X | ||
| Hijo 2  | X | ||
| Hijo 3  | X | 
 | 
| 
 | 
| Solo en el caso del Hijo N°3, la madre cedió su beneficio al padre, por lo que éste quedó con el 100% del crédito. En el caso de los hijos en los que no se cede el beneficio, no es necesario realizar una declaración jurada. | 
5. El siguiente es el cálculo del crédito por gastos en educación al que puede acceder el padre y la madre:
| Padre | Madre | |
| Tope máximo del beneficio por hijo 1 | 20.100 | 20.100 | 
| Tope máximo del beneficio por hijo 2 | 20.100 | 20.100 | 
| Tope máximo del beneficio por hijo 3 | 40.200 | 0 | 
| Crédito por gastos en educación ($) | 80.400 | 40.200 | 
| Impuesto de Segunda Categoría pagado | 106.331 | 4.331 | 
| Derecho a devolución de impuestos por este beneficio | Si | No | 
| Monto de devolución por Rebaja de impuestos por gastos de educación ($) | 80.400 | 0 | 
| 
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*El valor de la UF para el cálculo corresponde al 31 de diciembre de 2012.
Ejemplo N°3
En el siguiente ejemplo, ni el padre ni la madre pueden acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación:
1. El padre y la madre trabajan y tuvieron los siguientes ingresos en 2012:
| Rentas | Padre | Madre | 
| Sueldo ($) | 12.000.000 | 7.200.000 | 
| Honorarios ($) | 
 | 
 | 
| Otras Rentas ($) | 
 | 
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| Total ($) | 12.000.000 | 7.200.000 | 
| Rentas Totales padres + madre | 19.200.000 | 
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| La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre exceden las 792 UF anuales ($ 18,089,874 al 31/12/2012), por lo tanto no cumplen el requisito para acceder al beneficio |