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SUPLEMENTO INFORMACIÓN EXTERNA |
1.NORMAS COMUNES PARA LA CONFECCION DE LAS DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2001 | ||
1.1. Unica Declaración 1.2. Identificación del Declarante 1.3. Tipo de Declaración 1.4. Identificación de los Informados 1.5. Forma en que deberá entregarse la información 1.6. Con respecto a la información 1.7. Plazo para la entrega de las declaraciones juradas en el año tributario 2001 1.8. Presentación de las declaraciones juradas 1.9. Situación de las empresas o instituciones que han puesto término de giro a sus actividades |
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La información debe presentarse en una sola declaración por tipo de declaración jurada.
1.2 Identificación del Declarante Es muy importante registrar los datos de identificación de la empresa o institución informante anotando el número de RUT, Nombre o Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, Fax y/o Teléfono al momento de autenticarse declarando por Internet o al declarar por papel. Esta información facilita al SII una pronta comunicación con el contribuyente y así dar solución a problemas presentados en las declaraciones juradas.1.3. Tipo de Declaración Se debe indicar si la declaración que presenta es Original (la primera que presenta para el año tributario 2001), o bien Rectificatoria (declaración que reemplaza a una previa por ser ésta incompleta y/o con errores), en este último caso deberá consignarse el número de RUT del declarante y folio de la declaración que se reemplaza, si existe más de una declaración a reemplazar se debe identificar la última presentada. Es importante no cometer errores en la especificación del tipo de declaración, ya que de esto dependerá la información que será utilizada por el SII. 1.4. Identificacion de los Informados Los informados deberán ser identificados con su número de RUT o Cédula Nacional de Identidad, en adelante RUT, de preferencia ordenados de menor a mayor, según lo solicita cada declaración jurada. Es importante preocuparse que no existan errores en dicha información. Además, como la información que se solicita es anual, debe utilizarse un solo registro o línea por cada contribuyente o beneficiario, excepto en los casos que se detallan a continuación:
1.5 Forma en que deberá entregarse la informacion
1.7 Plazo para la entrega de las declaraciones juradas en el año tributario 2001 Los plazos para la entrega de las Declaraciones Juradas en el año tributario 2001 vencen en las siguientes fechas: |
FECHA MÁXIMA DE |
FECHA DE |
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Nº |
TIPO DE FORMULARIO |
PRESENTACIÓN EN EL AÑO 2001 EN LA UNIDAD RESPECTIVA |
PRESENTACIÓN VÍA ELECTRÓNICA |
1 |
Formulario 1811 |
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Retenciones efectuadas conforme a los Arts. 73 y 74 N°s 4 y 6 de la L.I.R. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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2 |
Formulario 1812 |
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Rentas del Art. 42 Nº1 (Jubilaciones, Pensiones o Montepíos) y Retenciones del Impuesto Único efectuadas. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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3 |
Formulario 1813 |
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Gastos Rechazados y Crédito por Impuesto de Primera Categoría provenientes de otras Sociedades. |
Hasta el 21 de marzo |
Hasta el 28 de marzo |
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4 |
Formulario 1817 Inversión en Fondos de Inversión Nacionales Ley 18.815 no acogidos al mecanismo de Incentivo al Ahorro del Art. 57 bis letra A) de la L.I.R. |
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Hasta el 21 de marzo |
5 |
Formulario 1821 Situación tributaria de retiros destinados a reinversión según normas de la letra c) del N° 1 letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta |
Hasta el 21 de marzo |
Hasta el 28 de marzo |
6 |
Formulario 1822 Enajenación de Acciones de Pago de Sociedades Anónimas Abiertas, según normas de la letra c) del N° 1 de la letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta |
Hasta el 21 de marzo |
Hasta el 28 de marzo |
7 |
Formulario 1823 Movimiento de Cuentas de Inversión por Acciones en Custodia de Sociedades Anónimas Abiertas Acogidas al mecanismo de ahorro establecido en la letra A) del artículo 57 bis de la Ley de la Renta. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
8 |
Formulario 1824 |
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Nómina Actualizada de Socios y Comuneros y su participación en la Sociedad o Comunidad. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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9 |
Formulario 1825 Nómina de Bienes Raíces destinados al giro que dan derecho al crédito por contribuciones de bienes raíces. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
10 |
Formulario 1879 |
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Retenciones efectuadas por Rentas Pagadas de los Arts. 42 Nº 2 y 48 de la L.I.R. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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11 |
Formulario 1884 |
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Dividendos distribuidos y Créditos Correspondientes. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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12 |
Formulario 1885 |
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Dividendos distribuidos y Créditos Correspondientes por Acciones en Custodia. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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13 |
Formulario 1886 |
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Retiros y Créditos Correspondientes. |
Hasta el 21 de marzo |
Hasta el 28 de marzo |
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14 |
Formulario 1887 |
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Rentas del Art. 42 Nº 1(Sueldos y rentas accesorias o complementarias) y Retenciones de Impuesto Único efectuadas. |
Hasta el 14 de marzo |
Hasta el 21 de marzo |
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15 |
Formulario 1888 |
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Movimiento de Cuentas de Inversión acogidas al Mecanismo de Incentivo al Ahorro establecido en la letra A) del Art. 57 bis de la L.I.R. |
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Hasta el 21 de marzo |
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16 |
Formulario 1889 |
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Cuentas de Ahorro Voluntario de las AFP sujetas a las disposiciones generales de la Ley de Impuesto a la Renta. |
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Hasta el 30 de marzo |
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17 |
Formulario 1890 |
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Intereses u otras rentas por operaciones de captación de cualquier naturaleza en Bancos, Instituciones Financieras, Cooperativas de Ahorro y toda Institución similar, no acogidas a las normas de la letra A) del Art. 57 bis de la Ley de la Renta. |
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Hasta el 14 de marzo |
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18 |
Formulario 1891 |
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Compra y Venta de Acciones de S.A. y demás Títulos efectuadas por intermedio de los Corredores de Bolsa y Agentes de Valores no acogidas a las normas de la letra A) del artículo 57 bis de la LIR. |
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Hasta el 21 de febrero |
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19 |
Formulario 1892 |
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Inversiones en Fondos Mutuos no acogidos a las normas de la Letra A) del Art. 57 bis de la Ley de la Renta. |
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Hasta el 30 de marzo |
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20 |
Formulario 1893 |
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Gastos Rechazados y Crédito por Impuesto de Primera Categoría. |
Hasta el 21 de marzo |
Hasta el 28 de marzo |
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21 |
Formulario 1896 |
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Créditos Hipotecarios, Dividendos Hipotecarios Pagados o Aportes Enterados y demás antecedentes relacionados con motivo de la adquisición de una vivienda nueva acogida a las normas del DFL Nº2, de 1959, con el fin de hacer uso del beneficio tributario establecido en la Ley Nº 19.622, de 1999. |
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Hasta el 28 de febrero |
La presentación de Declaraciones Juradas vía INTERNET, fuera del plazo legal hasta la fecha establecida en el recuadro anterior, está favorecida con la no aplicación de las multas. Este beneficio otorgado se debe al ahorro que el SII obtiene al recibir información electrónica directamente desde los contribuyentes, ahorro que el Servicio traspasa, de esta forma, a este tipo de declarantes. Si por congestión de la red en el envío de declaraciones a través del WEB se ve impedido de declarar dentro los plazos establecidos, el Servicio prorrogará dichos plazos, sin aplicar la totalidad de las sanciones estipuladas. Esto sólo rige para aquellos contribuyentes que declaren vía INTERNET. Para la recepción de la información en las Unidades del Servicio se atenderá en días hábiles hasta las 14:00 hrs., mientras que la recepción de declaraciones vía INTERNET operará las 24 horas del día y los 7 días de la semana. 1.8 Presentación de las declaraciones juradas Las declaraciones juradas presentadas vía INTERNET deberán enviarse a través del sitio WEB del SII, www.sii.cl, utilizando alguno de los mecanismos dispuestos para esto. En cambio, aquellas declaraciones presentadas en formularios de papel deberán ser entregadas exclusivamente en la Unidad del Servicio que corresponda al domicilio de la empresa o institución declarante, en días hábiles, hasta las 14:00 hrs. 1.9 Situación de las empresas o instituciones que han puesto término de giro a sus actividades Las empresas o instituciones a que se refieren las resoluciones sobre Declaraciones Juradas al Servicio, que durante el año respectivo hayan puesto término de giro a sus actividades, o en el transcurso del período hayan adoptado otras formas jurídicas, mediante las cuales ha desaparecido la empresa o institución primitiva, como en el caso de la transformación de empresas individuales en sociedades de cualquier clase, fusión de sociedades, etc., igualmente estarán obligadas a presentar las declaraciones correspondientes con la información que se requiere en cada una de ellas, por los meses del año en que ocurrieron las circunstancias antes mencionadas. |