RENTA - ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA - ART
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RENTA - ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA - ART. 31º, Nº 5 - CIRCULARES NºS. 132, DE 1975 Y 61, DE 1978.

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Fijación de años de vida útil de bienes del activo inmovilizado - Instrucciones del S.I.I. de carácter general, circulares Nºs. 132 y 61 - Procede fijar vida útil de bienes para efectos de depreciación tributaria.

1.- Por Ordinario indicado en el antecedente, se traslada a esta Dirección Nacional la presentación de la Compañía Nacional de Teléfonos, quién basada en los antecedentes de hecho y de derecho que expresa en su escrito y en algunos informes técnicos y pronunciamientos e instrucciones emitidas por este Servicio, solicita se apruebe la vida útil que propone para los bienes que conforman su activo inmovilizado, requiriendo además que ésta tenga una aplicación a contar del año comercial 1999, con efecto en el Año Tributario 2000.

2.- Sobre el particular, cabe señalar en primer lugar que de acuerdo a lo dispuesto por el Nº 5 del artículo 31 de la Ley de la Renta, corresponde a esta Dirección Nacional la fijación de los años de vida útil normal de los bienes que conforman el activo inmovilizado de las empresas para los efectos de su depreciación tributaria, mediante normas de carácter general aplicable a todos los contribuyentes.

Dicha facultad esta Dirección la ha ejercido a través de diversas instrucciones y pronunciamientos, específicamente mediante las Circulares Nºs. 132, de 1975 y 61, de 1978, considerando para tales fines los años de vida útil o duración probable de los bienes.

3.- Por lo tanto, y de acuerdo a lo antes expresado, y basado en las instrucciones y pronunciamientos ya emitidos sobre la materia, y como se señaló anteriormente son de carácter general aplicable a todos los contribuyentes, esta Dirección teniendo en cuenta los propios antecedentes técnicos proporcionados por la empresa recurrente, y específicamente las instrucciones contenidas en las Circulares Nº 132, de 1975 y 61, de 1978, y Oficio Nº 2.816, de fecha 9 de Agosto de 1994, procede a fijar la siguiente vida útil normal a los bienes de la empresa peticionaria para los efectos de su depreciación tributaria.

DESCRIPCION DEL BIEN

AÑOS DE VIDA

UTIL NORMAL

EQUIPOS CONMUTACION LOCAL EN OFICINAS CENTRALES

EQUIPOS OC AUTOMATICOS
EQUIPOS DE FUERZA
EQUIPOS CANALIZADORES Y REPETIDORES EN OC

EQUIPOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL EN OFICINA CENTRALES

EQUIPOS INDUSTRIALES DE CLIMATIZACION
EQUIPOS DE DETECCION Y CONTROL DE INCENDIOS

EQUIPOS PARA SUSCRIPTORES

TELEFONOS AUTOMATICOS
PBX AUTOMATICOS

EQUIPOS PLANTA EXTERNA LOCAL

POSTES Y CRUCETAS DE MADERAS
POSTES Y CRUCETAS DE FIERRO
POSTES DE CONCRETO
CABLES AEREOS Y BOBINAS DE CARGA
CABLES ENLACES
CABLES SUBTERRANEOS Y BOBINAS DE CARGA
CABLES INTERIORES
ALAMBRES AEREOS DESNUDOS
BLOCKS, REGLETAS, CASSETTES DE PROTECCION
SALA DE CABLES Y MDF
ARMARIOS DE DISTRIBUCION
CAJAS TERMINALES, DOBLE CONEXIÓN
EMPALMES DE CABLES AEREOS Y SUBTERRANEOS
SISTEMA GRAFICO DE MANEJO DE REDES
CABLES DE FIBRA OPTICA
CAMARAS Y DUCTOS

VEHICULOS

CAMIONETAS

EQUIPOS DE COMPUTACION

SERVIDORES
PC
IMPRESORAS ALTO VOLUMEN
IMPRESORAS DE ESCRITORIO

 

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JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR

 

Oficio Nº 4.032, del 03.11.1999
Subdirección Normativa
Depto. Impuestos Directos