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VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – OFICIO N° 3. (ORD. N° 3428, DE 17.08.2001)

PIDE ACLARACIÓN DE PRONUNCIAMIENTO ANTERIOR.

1.- Mediante Oficio N° 3082 de fecha 20-07-2001, este Servicio dio respuesta a su presentación en la que solicita se confirme una serie de medidas administrativas adoptadas por su representada, con el fin de considerar como una actividad autónoma del Contrato de Administración de la XXXX, la prestación de servicios de cobranza judicial y extrajudicial.

2.- Actualmente mediante presentación del antecedente, solicita se aclare lo manifestado en el párrafo segundo del numerando tercero del referido pronunciamiento, en el cual se indica en lo pertinente que, "...en el caso consultado, en que la cobranza judicial y/o extrajudicial, forma parte del Contrato de Administración de XXXX de deudores del YYYY, el cual además de la cobranza, considera otras prestaciones gravadas con el impuesto al valor agregado, se ha resuelto que para que tal servicio de cobranza judicial y/o extrajudicial sea considerada una prestación no gravada con el referido tributo, es menester que ésta sea una actividad autónoma y remunerada en forma independiente del contrato suscrito con el YYYY..”.

3.- Aclarando el pronunciamiento antes aludido y dado que en la especie, la cobranza judicial y/o extrajudicial que realizará su representada forma parte de un solo instrumento jurídico, cual es, el Contrato de Administración de Cartera Hipotecaria de deudores del YYYY, el que además considera otras prestaciones gravadas con el impuesto al valor agregado, remuneradas en su conjunto, este Servicio concluye que para que las prestaciones de cobranza se excluyan de la aplicación del impuesto al valor agregado, deben ser remuneradas en forma independiente del resto de las prestaciones gravadas con el referido tributo, de tal manera que ante una fiscalización de este Servicio tal circunstancia pueda ser acreditada fehacientemente.

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY
DIRECTOR


Oficio N° 3.428, de 17.08.2001
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Indirectos