Home | Otro - 2003

LEY DE HERENCIA Y DONACIONES. ARTICULO 18° LEY 16.271 OFICIO N°5383 DE 28 DE OCTUBRE DE 2003.
MATERIA:
Tratamiento tributario de las donaciones que se hagan a toda clase de Corporaciones y Fundaciones de carácter benéfico, ya sea que se hayan o no constituido en el país y desarrollen o no sus actividades en Chile.