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RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – (ORD. N° 3.247, DE 09.11.2009)

SITUACIÓN DE APORTE DE LA CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO AL PATRIMONIO COMERCIAL DE UNA PERSONA NATURAL QUE DECLARA EN BASE A RENTA EFECTIVA.

1.- Por Ordinario indicado en el antecedente, señala que se ha recibido en esa Dirección Regional la presentación del señor XXXX, quién consulta respecto del régimen de tributación que rige a los retiros de una "Cuenta de Ahorro Voluntario", más comúnmente denominada "Cuenta Dos", ahorros voluntarios que, según señala, pretende incorporar a los activos de su contabilidad completa como empresario individual, y seguir efectuando depósitos en dicha cuenta.

2.- Analizado el tenor de su presentación, cabe señalar que en general, los fondos mantenidos por las personas como ahorros previsionales, aún cuando estos hayan sido efectuados en forma voluntaria, no son activos que puedan ser incorporados al patrimonio empresarial de las mismas, pues la naturaleza u objetivo de estos ahorros, es contribuir al mejoramiento de la condición social, económica y humana de los ahorrantes, a través de las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia que establece el sistema previsional.

Conforme a lo anterior cabe expresar que para efectos tributarios, no corresponde considerar los ahorros previsionales como parte de los activos empresariales de un empresario individual, debiendo mantener éstos su naturaleza previsional.


RICARDO ESCOBAR CALDERON
DIRECTOR

Oficio N° 3.247, de 09.11.2009
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Directos