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RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 17°, N°8 – OFICIOS N°’S 2386, DE 2007, 1818, DE 2009 Y 492, DE 2011. (ORD. N° 2895, DE 26.10.2012)
NORMAS DE RELACIÓN ESTABLECIDAS EN LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA, EN CASO DE ENAJENACIÓN DE ACCIONES.
I.- ANTECEDENTES.

Indica que una sociedad de responsabilidad limitada es propietaria de acciones de una sociedad anónima, parte de las cuales fueron vendidas en febrero de 2012, a tres de los socios de la sociedad vendedora.

Por las razones que señala en su presentación, a su juicio, en este caso no se aplicarían las normas de relación que establece el N° 8, del artículo 17, de la LIR, ya que ella requiere que quien enajena sea socio o accionista de la parte adquirente o que tenga un interés económico o patrimonial en ella; lo que no se verificaría en la situación que plantea, en que los adquirentes serían los socios del enajenante.

II.- ANÁLISIS.

El Servicio, a través de la jurisprudencia que indica en su presentación, se ha pronunciado respecto de la materia en consulta.

Dicha jurisprudencia se encuentra vigente en la actualidad.


III.- CONCLUSIÓN.

De acuerdo a lo señalado por este Servicio sobre la materia en los pronunciamientos que se indican, no cabe sino confirmar el criterio que expresa en su requerimiento, en el sentido que no se presentan las normas de relación citadas, cuando la enajenación de las acciones sea efectuada por la sociedad a uno de sus socios, quien actúa como comprador, y por tanto, cuando el enajenante no sea socio ni accionista del adquirente, ni tenga un interés patrimonial en este último.

Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, cabe expresar que la verificación de las circunstancias de hecho que indica en su presentación, y por tanto, la aplicación del indicado criterio en la situación específica que consulta, así como la verificación de los demás elementos que determinan la tributación aplicable al mayor valor obtenido en la enajenación de las acciones que señala, es una materia que debe ser definida en las instancias de fiscalización que corresponda.

JULIO PEREIRA GANDARILLAS
DIRECTOR

Oficio N° 2895, de 26.10.2012
Subdirección Normativa
Dpto. de Impuestos Directos