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LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA – ART. 14 Y 54° 1, 56° N° 3, 62 y 63.   (ORDINARIO N° 1243, DE 06-04-1993)
Situación tributaria del Impuesto de Primera Categoría frente a la determinación de las utilidades en el FUT y su declaración a nivel del Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según corresponda.