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CODIGO TRIBUTARIO - ACTUAL TEXTO - ART. 165, Nº 5

DENUNCIA POR INFRACCION TRIBUTARIA - RECLAMO EXTEMPORANEO - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - RESOLUCION CONDENATORIA - APELACION IMPROCEDENTE - CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO - RECURSO DE HECHO - RECHAZADO

La Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago rechazó en todas sus partes el recurso de hecho interpuesto por una contribuyente, en contra de la resolución que declaró inadmisible un recurso de apelación intentado contra la resolución administrativa que resolvió imponerle una multa y seis días de clausura del establecimiento donde se incurrió en la infracción consistente en fraccionamiento de venta.

Al efecto, el Iltmo. Tribunal estimó que al no haberse deducido "reclamo" en contra de la denuncia en su oportunidad, es improcedente el recurso de apelación que establece el número 5 del artículo 165º del Código Tributario.

Específicamente la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, consideró:

"Que el artículo 165 Nº 5 del Código Tributario contempla el recurso de apelación contra las resoluciones que impongan sanciones a los contribuyentes en el contexto del procedimiento de reclamación que consagra los números 2 y 3 de ese artículo."

"Que consta de los antecedentes que el reclamo deducido por la contribuyente fue declarado inadmisible por extemporáneo, y en consecuencia tal procedimiento no llegó a iniciarse; razón por la cual no es posible admitir el recurso de apelación contra la resolución que impone sanciones tributarias no reclamadas."

"Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto en lo principal de fs. 1."

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO - 10/10/1997 - ROL 7.195-96 - RECURSO DE HECHO - DENUNCIA POR INFRACCION TRIBUTARIA - SOCIEDAD LAY MA Y CIA. LTDA. c/S.I.I. - MINISTROS SRES. HUMBERTO ESPEJO Z., MARIA MORALES V., RAIMUNDO DIAZ G.