TRATADOS DE LIBRE COMERCIO Y TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN


En esta página se encuentran textos de referencia general, de interés a los contribuyentes, sobre los tratados de libre comercio que ha suscrito Chile con diversos países y organismos.

La negociación de los Tratados de Libre Comercio

Constantemente estamos siendo informados por los medios de comunicación que Chile está negociando y firmando Tratados de Libre Comercio (TLC) con diversos organismos, regiones y países, tales como Canadá, Estados Unidos, México, Corea del Sur, EFTA (Asociación Europea de Libre Comercio), Centro América, China, entre otros.

¿Qué es lo que se negocia en estos tratados, y por qué son necesarios estos acuerdos?

Por las estadísticas se sabe que somos aproximadamente dieciséis millones de personas, lo que significa, en términos comerciales, un mercado interno pequeño. Si la meta es lograr el crecimiento económico se debe fortalecer el comercio, ampliar los horizontes para nuestros productos, servicios e inversiones. Por este motivo, se ha impulsado un proceso de negociaciones para obtener acuerdos tendientes a disminuir las barreras al comercio internacional. Estas barreras tienen diversa naturaleza, sin embargo, se distinguen las de tipo arancelarias, que se relacionan con los impuestos a las importaciones (aranceles aduaneros) y las barreras no-arancelarias, relativas a leyes, reglamentos y normas que impiden o dificultan el flujo de mercaderías, inversiones y servicios transfronterizos.
Las negociaciones se centran en materias aduaneras, y los temas concernientes a la tributación de las rentas quedan fuera de este tipo de negociaciones.
Las materias aduaneras negociadas se refieren, principalmente, a los siguientes aspectos:

Acuerdos para evitar la doble tributación

Los temas relacionados con el impuesto a la renta quedan fuera de las negociaciones de los Tratados de Libre Comercio, considerándose en una negociación diferente, que es la de los acuerdos para evitar la Doble Tributación. Estos acuerdos fijan, por ejemplo, las reglas para la determinación del Estado que tiene derecho a gravar las rentas obtenidas, los sujetos del impuesto, el tipo de impuesto, las tasas de impuesto que se aplicarán, entre otros puntos.
Las reglas claras que otorgan los acuerdos para evitar la doble tributación, facilitan el flujo de las inversiones, ya que es sabido de antemano cuáles serán los costos tributarios que deberán soportar los inversionistas por las rentas generadas, lo que implica una mayor certeza frente al escenario en el país extranjero.
Para consultar respecto de los acuerdos para evitar la doble tributación que Chile ha suscrito y que se encuentran plenamente vigentes seleccione aquí.
Para finalizar, es necesario recordar que los Tratados de Libre Comercio son negociaciones que cubren principalmente el ámbito aduanero, relativo a la entrada de bienes y servicios desde una frontera hacia otra frontera.
En cambio, los acuerdos para evitar la doble tributación forman parte de una negociación diferente, que abarca materias netamente tributarias, relacionadas principalmente con el impuesto a la renta.