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INSTRUCCIONES DE LLENADO DE RECUADRO 1

En esta página se muestra el procedimiento para llenar el Recuadro N°1:Honorarios del anverso del Formulario 22 de declaración de renta, desarrollando un ejemplo numérico del procedimiento utilizado para completar dicho recuadro.


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RECUADRO Nº 1: HONORARIOS

Rentas de 2ª Categoría Renta Actualizada Impuesto Retenido Actualizado
Honorarios Anuales Con Retención 461

6.403.030

492

640.303

+
Honorarios Anuales Sin Retención 545

 

  +
Total Ingresos Brutos 547

6.403.030

  =
Gastos Efectivos 465

 

  -
Gastos Presuntos:30%, con tope $ 4.968.000 494

1.920.909

  -
Total Honorarios 467

4.482.121

  =
Total Remune-
raciones Directores S.A.
479

 

491

 

+
Participación en Soc. de Profes. de 2ª Categoría 617

 

  +
Total Rentas y Retenciones 618

4.482.121

619

640.303

=
(Trasladar línea 6 sólo personas Naturales) (Trasladar línea 49 código 198)

 

LINEA: HONORARIOS ANUALES CON RETENCION. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 461):
Anote el monto actualizado del honorario bruto, para ello multiplique por 10 la cantidad que aparece en el F 1879 en la columna Monto retenido anual actualizado "Honorarios y otros", emitido por los agentes retenedores (Para ver información agentes retenedores seleccione aquí). Si más de un agente retenedor hubiere informado, deberán sumarse los totales de las columnas en que se indique el monto actualizado de la retención y el resultado obtenido de la operación ya señalada debe trasladarse a la columna "Renta Actualizada" Código (461).

.LINEA: HONORARIOS ANUALES CON RETENCION. COLUMNA: IMPUESTO RETENIDO ACTUALIZADO (Código492):
Registre el monto actualizado de la retención de impuesto, cantidad que aparece en el F 1879, emitido por los agentes retenedores (Para ver información agentes retenedores seleccione aquí)
. Si más de un agente retenedor hubiere informado, deberán sumarse los totales de las columnas en que se indique el monto actualizado de la retención de impuesto y el resultado obtenido trasladarse a la columna "Impuesto Retenido Actualizado" Código (492).

LINEA: HONORARIOS ANUALES SIN RETENCION. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 545):
Registre en esta línea la suma anual de los honorarios brutos pagados por personas no obligadas a efectuar la retención de impuesto de 10% debidamente reajustados. Para lo anterior, deberá considerar el total mensual percibido de las boletas que se emitieron a personas naturales no obligadas a retener y reajustarlo multiplicando dicha cantidad por el factor que corresponda según el mes de percepción de la renta correspondiente (Para ver los factores de actualización seleccione aquí). Una vez reajustadas dichas cantidades deberá sumarlas y anotar el total anual en el código 545.

LINEA: TOTAL INGRESOS BRUTOS. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 547):
Anote en esta línea la cantidad que resulte de sumar los valores registrados en las líneas anteriores (Códigos 461 y 545), la que constituye los Ingresos Brutos Anuales del ejercicio, debidamente actualizados.

LINEA: GASTOS EFECTIVOS. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 465):
Esta línea debe ser utilizada por los contribuyentes que hayan optado por rebajar los gastos efectivos de su actividad. En el ejemplo aparece en blanco, pues se supone que el contribuyente optó por rebajar una presunción de gastos.

LINEA: GASTOS PRESUNTOS: 30%, con tope de $ 4.968.000. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 494):
Ahora bien, si los citados contribuyentes personas naturales optan por rebajar de los ingresos brutos actualizados, los "gastos presuntos" que establece la ley, en lugar de los gastos efectivos incurridos en el desarrollo de la profesión o actividad lucrativa, en esta línea Código (494), deberán registrar como "gastos presuntos", el 30 % de la cantidad anotada en la línea "Total Ingresos Brutos", código (547). Sin embargo, dicho 30% no debe exceder del límite máximo indicado en dicha línea, ascendente a $ 4.968.000. Es decir, si el 30% sobre los ingresos brutos actualizados, es inferior al tope de $ 4.968.000, lo que debe registrarse en dicha Línea como "gastos presuntos", es dicho 30%. Por el contrario, si el citado 30% es igual o superior al referido límite de $ 4.968.000, lo que debe anotarse como "gastos presuntos" en la mencionada línea, es el citado tope máximo.

LINEA: TOTAL HONORARIOS. COLUMNA: RENTA ACTUALIZADA (Código 467):
Anote en esta línea (Código 467) la diferencia que resulte de restar a la cantidad registrada en la línea "Total Ingresos Brutos" (Código 547), el monto de los gastos presuntos o gastos efectivos cuando proceda. (Código 494). Si dicho valor es positivo deberá anotarse en el Código (467), y luego sumarse con los valores que se registren en las líneas siguientes (Códigos 479 y 617), cuando existan éstos, anotando el resultado de dicha suma en la línea "Total Rentas y Retenciones" (Código 618), y trasladarse a la Línea 6 del Formulario Nº 22, tal como se indica en el citado Recuadro. Si no existen cantidades a registrar en las líneas de los Códigos (479 y 617), de todas maneras el valor determinado en la línea "Total Honorarios" (Código 467), deberá trasladarse a la línea "Total Rentas y Retenciones" (Código 618), y luego, trasladarse a la Línea 6 del Formulario Nº 22, tal como se indica en dicho Recuadro. Si el resultado de la línea "Total Honorarios" (Código 467) es negativo, debe registrarse en dicha línea entre paréntesis, sin que sea procedente que el mencionado valor se compense con los valores registrados en los Códigos (479 y 617), y sin trasladarlo, a su vez, a ninguna otra línea del Formulario Nº 22.

LINEA: TOTAL RENTAS Y RETENCIONES. (Códigos 618 y 619):
En el código (618), debe anotarse la suma de los valores registrados en las líneas anteriores del Recuadro Nº 1, cuando éstas sean positivas. El resultado obtenido, trasládelo, a la Línea 6 del Formulario Nº 22. En el código (619), debe anotarse la suma de los valores registrados en las líneas anteriores del Recuadro Nº 1. El resultado obtenido debe trasladarse a la línea 49 (Código 198),del F22.