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Información General
Proceso de Declaración
Proceso de Devolución y Rectificatoria
Envío mediante archivo generado por software
Consultas sobre la declaración La Operación Renta es un proceso tributario, que comienza en el mes de Abril de cada año, donde más de un millón ochocientos sesenta mil contribuyentes afectos al Impuesto Global Complementario, Impuesto de Primera Categoría y al Impuesto Adicional, realizan sus declaraciones de renta y pago de impuestos al Fisco a través del Formulario 22. Mediante sus declaraciones, los contribuyentes realizan una liquidación entre el monto de impuesto que legalmente deben pagar, de acuerdo a los ingresos o utilidades que obtuvieron, y sus pagos provisionales mensuales de impuesto (PPM) y/o sus retenciones enteradas a lo largo del año anterior. Por lo tanto, si el contribuyente provisionó más de lo que le correspondía, debe solicitar devolución del excedente y si fue menos debe pagar la diferencia. ¿Quiénes deben presentar la declaración anual de Impuesto a la Renta?
¿En qué documentos se realiza la declaración de impuestos anuales a la renta? El único documento válido para efectuar la declaración y pago de los impuestos anuales a la renta es el Formulario 22 electrónico o en papel, el que debe hacerse llegar al SII a través de las distintas alternativas existentes. La forma más eficiente para hacer llegar el Formulario 22 al SII es a través de la transmisión electrónica de datos vía INTERNET, para ello los contribuyentes contarán con un formulario electrónico y un software básico que se podrá obtener fácil y gratuitamente desde el WEB del Servicio, www.sii.cl, el que permitirá generar correctamente la declaración y posteriormente enviarla en forma fácil y rápida. Adicionalmente, existirán en el mercado software certificados por el SII que también permitirán confeccionar y enviar los datos electrónicamente a través del WEB. Si no tiene la posibilidad de declarar vía INTERNET, deberá hacerlo utilizando el formulario en papel diseñado por el Servicio. El SII ha puesto a disposición de los contribuyentes diferentes alternativas para presentar la declaración, pero el medio recomendado por este Servicio es el de realizarla a través de INTERNET. A continuación se describen las alternativas de envío, agrupadas según sea la forma en que pueden remirtirse al SII: Vía INTERNET: Consiste en presentar el Formulario 22 usando transmisión electrónica de datos a través de la página Web del Servicio, lo que permitirá cumplir esta obligación en forma fácil, cómoda, rápida y segura, evitándole tener que concurrir a las instituciones autorizadas para la recepción del papel. Se permiten tres formas de envío de la información: Transferencia de Archivo con Software Básico: Esta alternativa consiste en generar un archivo computacional por cada Formulario 22 para enviarlo vía INTERNET utilizando el software básico que puede descargarse gratuitamente desde el sitio Web del SII a su computador, www.sii.cl. Este software permitirá múltiples declaraciones, es decir, con el mismo software se podrá realizar un número ilimitado de declaraciones para distintas personas naturales o jurídicas, lo que lo hace muy atractivo para profesionales del área contable, ya que el mismo software podrá agrupar a todos sus clientes, característica que elimina la posibilidad de confeccionar más de un formulario para un mismo contribuyente Transferencia de Archivo con Software Certificado: Esta alternativa consiste en generar un archivo computacional por cada Formulario 22 para enviarlo vía INTERNET utilizando alguno de los softwares autorizados por el SII, que para estos efectos, se encuentran a la venta en el mercado. Estos productos agregan funcionalidades adicionales para facilitar la confección de la declaración. Formulario Electrónico: Esta alternativa consiste en la utilización de una planilla virtual que el Servicio pondrá a disposición en su página Web, www.sii.cl, en el cual se podrá ingresar, desde su computador, la información de manera interactiva e ir llenando así la declaración para su inmediato envío al SII vía INTERNET sin costo alguno. Las instrucciones de cómo realizar la conexión, llenado y transmisión serán desplegadas en la página Web del Servicio. Formulario en Papel: Consiste en llenar la declaración completándola a máquina o mediante impresora, pero debiendo concurrir a las instituciones autorizadas para su entrega, respetando las formalidades que tradicionalmente le han sido requeridas (Cédula de Identidad o RUT). El Formulario 22 en papel se encontrará a la venta en los kioscos de las principales ciudades del país, a un precio de $50.- cada ejemplar. El Colegio de Contadores de Chile contará con formularios para la venta a sus asociados. Además, estará disponible un formulario por contribuyente, en las oficinas del SII correspondiente a la jurisdicción de su domicilio. ¿Quiénes están obligados a utilizar INTERNET? Los contribuyentes que en virtud de lo dispuesto en la Res. Ex. Nº4.228 del 24.06.1999, estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas por medios computacionales y cuyas ventas y/o servicios anuales hubieren sido superiores a $500.000.000.- nominales al 31.12.1998, deberán presentar sus Declaraciones de Renta efectuadas en el Formulario 22 mediante transmisión electrónica de datos vía INTERNET, conforme a lo dispuesto por la Res. Ex. Nº5.944 D.O. 08.09.1999. ¿Desde qué fecha se pueden obtener los Formularios 22? El Formulario 22 electrónico incluido en la página Web estará disponible desde el día Sábado 1 de Abril, el Software Básico Gratuito se podrá bajar desde INTERNET, www.sii.cl, a fines de Marzo y los Softwares Certificados estarán a disposición en las fechas que cada empresa determine. Los Formularios 22 en papel están a la venta desde el día Miércoles 15 de Marzo. Si usted desea conocer el formulario de este año puede consultar inmediatamente la página Web del SII. Además, desde el día Lunes 20 de Marzo está a disposición del contribuyente el ejemplar gratuito.
¿Dónde se puede hacer consultas sobre aspectos específicos de este proceso? Las dudas acerca del proceso de declaración se pueden aclarar directamente consultando la página Web del SII, en el que se encontrará información actualizada día a día, además de una versión navegable del Suplemento Tributario, el cual fue publicado el día Miércoles 15 de Marzo de 2000 en el diario El Mercurio. De persistir sus dudas, puede concurrir a las distintas Unidades del Servicio, o llamar a la Mesa de Ayuda del SII a los teléfonos (02) 698 81 95, (02) 698 3972, (02) 698 21 12 y (02) 698 68 60, o si desea declarar por INTERNET consultando al teléfono (02) 395 11 15, al fax (02) 672 35 19 o escribiendo al e-mail mesayud@sii.cl. ¿Cuáles son los datos que obligatoriamente deben llenarse en la declaración? Los datos que obligatoriamente deben llenarse en la declaración para que ésta no sea objetada por errores formales, significando la no emisión del cheque en caso que se solicite devolución, son el RUT, Nombre o Razón Social, Domicilio, Comuna, Región, el resto de los datos de identificación y el Resultado de la Liquidación Anual de los Impuestos a la Renta. Al declarar vía INTERNET, www.sii.cl, se evitan estos errores y problemas, ya que los tres medios electrónicos disponibles exigen estos datos y, además, realizan validaciones lógicas y matemáticas. ¿Qué documentación sirve de base para efectuar la declaración? El detalle de la documentación que sirve de base para la confección de la declaración puede obtenerse en la página Web del SII. Para el Impuesto Global Complementario es, entre otra, los distintos certificados que el contribuyente debe solicitar en las instituciones que, para su caso particular, lo ameriten. Para los que declaran en Primera Categoría, su Contabilidad o documentación respectiva, según corresponda. A partir del año 2000, todos los contribuyentes podrán consultar en la página Web del Servicio el detalle anual de la información enviada por sus Agentes Retenedores o Informantes a medida que ella se cargue en las bases de datos del SII. La información recibida vía INTERNET se cargará en forma inmediata, en cambio, la enviada en papel se incorporará periódicamente en el mes de Abril. Además, se dispondrá de los datos recolectados por el Servicio durante el año comercial correspondiente, como por ejemplo respecto a la Enajenación e Inscripción de Bienes Raíces. Al informarse a través de INTERNET, en general no será necesario que el contribuyente solicite los certificados correspondientes, ya que podrá disponer en forma inmediata de la información sin perder tiempo de recolección. Además, si se detecta un error en los datos registrados en el SII, el contribuyente podrá pedir la corrección de ellos a los Agentes Retenedores o Informantes, o a quién corresponda; corrección que evitará citaciones y/o retenciones de las devoluciones solicitadas. Los contribuyentes que deberán solicitar los certificados son los que necesariamente necesitan la información mensual, como por ejemplo los que deben Reliquidar Impuesto Unico; y además, dicho trámite deberá realizarse, como mínimo, 5 días antes de su utilización. ¿Hasta cuándo hay plazo para presentar la declaración? El plazo legal para presentar la declaración comienza el día Sábado 1 de Abril y vence el día Lunes 2 de Mayo. Los contribuyentes que presenten vía INTERNET, www.sii.cl, declaraciones que no involucren pago podrán realizarlas hasta el día Martes 9 de Mayo, condonándose la totalidad de las multas correspondientes por declarar fuera del plazo legal. ¿Dónde se debe presentar la declaración? La presentación vía INTERNET de la declaración se puede realizar desde cualquier lugar de Chile o del mundo cualquier día sin restricciones de horario. Si es en papel, de Lunes a Viernes en bancos, financieras e instituciones autorizadas. Un listado completo de estas instituciones se puede obtener en el la página Web del SII, www.sii.cl. ¿Qué se debe tener o llevar al presentar la declaración? Si presenta la declaración vía INTERNET se debe tener previamente clave registrada en los sistemas del SII, la cual se puede obtener fácilmente y en cualquier momento en la página Web del Servicio. Si presenta en papel debe llevar su Cédula de Identidad o de RUT. Si declara en papel ¿Debe el contribuyente ir personalmente? No es necesario que el contribuyente vaya personalmente a entregar su declaración en papel, ya que otra persona puede llevarla, siempre y cuando acompañe al Formulario 22 la Cédula de Identidad o de RUT del titular de la declaración. Pero recuerde que si declara por INTERNET puede realizarlo desde cualquier lugar de Chile o del mundo a cualquier hora y día. En caso que el resultado de la declaración de impuestos determine un pago ¿Cómo se puede efectuar? Si la declaración es presentada vía INTERNET e involucra pago, el contribuyente podrá seleccionar la fecha del cargo en su Cuenta Corriente Bancaria, entre el día del envío de la declaración y el último día del plazo legal de presentación, esto es el día Martes 2 de Mayo. Para utilizar esta modalidad previamente deberá suscribir un mandato de Pago Automático de Cuentas con su banco. Si presenta Formulario 22 en papel deberá pagar en una cuota, mediante dinero en efectivo o cheque nominativo a nombre de la Tesorería General de la República. Proceso de Devolución y Rectificatoria Las declaraciones presentadas vía INTERNET hasta el día Martes 2 de Mayo y las presentadas en papel hasta el día Viernes 14 de Abril, serán revisadas con anticipación. Las devoluciones solicitadas en declaraciones sin errores serán cursadas el día Viernes 19 de Mayo por el Servicio de Tesorerías, a través del depósito en Cuenta Corriente, de Ahorro o a la Vista, Bancaria, o a través del envío del cheque por Correo. Si presenta la declaración en papel después del día Viernes 14 de Abril la emisión del cheque o depósito se realizará el día Martes 30 de Mayo. ¿Qué se puede hacer si no llega el cheque o depósito? Si no llega cheque o depósito dentro de los primeros 10 días de Junio deberá consultar su situación en la página Web del SII, www.sii.cl, o en el Servicio Telefónico, llamando a los teléfonos 700 03 44 (Santiago) y 70 03 44 (Regiones) o solicitando información para ser enviada vía fax a los teléfonos 700 03 54 (Santiago) y 70 03 54 (Regiones). ¿Qué pasa si el contribuyente se equivocó en su declaración? Si un contribuyente o el Servicio detecta inconsistencias en la declaración enviada, se podrá rectificar dicha declaración a través de INTERNET o acudir a las oficinas del Servicio. Sin embargo, si declaró sin pago vía INTERNET y aún se encuentra dentro del plazo legal de presentación, podrá corregir la declaración enviada por este mismo medio, pero si declara por papel no podrá realizar el cambio. En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones por papel, ya que esto será motivo de demoras innecesarias en la regularización de su situación tributaria, además, tampoco debe declarar a través de INTERNET y papel. ¿En qué consiste el proceso de Rectificatoria? El proceso de Rectificatoria es un evento mediante el cual el contribuyente modifica la declaración presentada originalmente debido a que ella contiene inconsistencias detectadas por el propio contribuyente o el SII. En este proceso se aclaran las inconsistencias y se genera, si es necesario, una nueva declaración, con el apoyo de INTERNET o un Sistema en Línea que verificará la consistencia formal, aritmética y tributaria de la misma. Se puede Rectificar una declaración a través de INTERNET, www.sii.cl, independiente si fue presentada por esa vía o papel, a partir de la segunda quincena de Junio, para lo cual sólo debe ingresar su Cédula de Identidad o de RUT y la clave secreta de acceso registrada en los sistemas del SII (misma clave si es que declaró electrónicamente), o esperar la carta de notificación y acudir en la fecha y lugar que ella indica con todos los antecedentes tributarios que sean necesarios, con el fin de aclarar las inconsistencias detectadas. Deberá consultar en la página Web del SII , www.sii.cl, las fechas de atención de contribuyentes rezagados y acudir en esos días a la oficina del SII correspondiente a la jurisdicción de su domicilio. Si no desea acudir a la oficina en los días de rezago podrá Rectificar su declaración vía INTERNET cualquier día y sin restricciones de horario. El cheque estará a disposición del contribuyente aproximadamente un mes después de la realización de su Rectificatoria. En todo caso, Ud. podrá realizar un seguimiento del estado de su Rectificatoria a través de la página Web del SII.
Si aún no recibe respuesta de su rectificación por Internet, debe visitar periódicamente la pagina del servicio esperando la respuesta y no debe asistir a la Unidad, ya que su situación esta siendo procesada por el Servicio Impuestos Internos.
Si su Rectificatoria por Internet fue aceptada por el Servicio de Impuestos Internos y en su Situación actual aparece que está liberado, no debe asistir a la Unidad, ya que su situación ha quedado resuelta.
Si al rectificar por Internet, su declaración no fue liberada o aceptada, usted debe ver sus nuevas observaciones y Rectificar nuevamente por Internet, ya que su situación no ha quedado resuelta.
Si al consultar el estado actual de su declaración en Internet aparece que su declaración ha sido Liberada o aceptada, Usted no debe asistir a la Unidad, ya que su situación ha quedado resuelta.
Existen dos formas de envío de la información : a) Transferencia de archivos mediante Software: Esta alternativa consiste en generar archivos que contengan la declaración de Renta, para luego enviarlos vía Internet utilizando tanto el software liviano gratuito, como los softwares de Casas Certificadas autorizadas por el SII. b) Formulario electrónico: Esta alternativa consiste en la utilización de un formulario electrónico en línea, que el Servicio pone a disposición del contribuyente en su sitio Web.
Es probable que se deba a congestión en la RED. Le recomendamos que intente en otro horario. Si el problema persiste, contáctese con su proveedor de acceso a Internet. En todo caso, si hubiesen problemas técnicos por parte del SII, los plazos para presentar la declaración se extenderán todo el tiempo que fuere necesario.
Sí. Las declaraciones vía Internet, se validan automáticamente sólo en cuanto a forma y llenado de algunos códigos básicos como Rut, Dirección, Actividad económica y otros. Sin embargo, el contenido de la declaración se revisará en el mes de Mayo, por lo tanto en esa fecha se impugnarán todas las declaraciones que presenten inconsistencias.
Para evitar errores en el ingreso de datos, existen ciertos códigos en el formulario electrónico y en el software de renta que no pueden ser tipeados, como la comuna y actividad económica; para estos casos se deben seguir las siguientes instrucciones:
Además del software liviano gratuito que el Servicio pone a libre disposición del contribuyente, existen a la venta otros Softwares autorizados para presentar la declaración de Renta. Si desea ver el listado de ellos, seleccione la opción "Casas de Software".
El SII pone a su disposición diversos sitios Web desde donde usted puede descargar dicho software. A éstos puede acceder mediante la opción "Bajar Software liviano para Declaración de Renta ".
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Procedimiento para Crear Carpeta o Directorio
Desde la página principal del Servicio, seleccione el Menú Declaraciones de Renta, luego diríjase a la opción "Envío de Declaración de Renta mediante archivo generado por software"
El Certificado de Declaración de Renta, que aparece luego que el SII registra correctamente una declaración, puede ser impreso a través de la opción "Imprimir" que tiene su Navegador (Explorer, Netscape, etc). Se recomienda que, en caso de tener cualquier problema con su impresión, anote la información contenida en el Certificado, como comprobante que su Declaración ha sido enviada. Si desea obtener información de las declaraciones enviadas utilice la opción Consulta de Estado de Declaración de Renta. El nombre del archivo se relaciona directamente con el Rut autenticado, y la extensión que se asigna es txt; es decir, si su Rut es 1.234.567-4, el archivo generado se llamaría 1234567.txt; el programa lo direcciona automáticamente en el directorio C:\\WF222000.
Desde la página principal del SII, o desde el Menú de Declaraciones de Renta, seleccione la opción Ingreso de Declaración por Formulario electrónico.
La declaración no será recibida por el SII, por lo tanto deberá enviarla nuevamente.
A través de la opción de Consulta, Ud.
obtendrá el estado de la Declaración de Renta recibida por el SII que fue
enviada por Internet, papel o archivo magnético durante el periodo tributario
2000. Además encontrará información de la fecha de presentación, Nº folio, Nº
de atención, resultado de la declaración y estado en que se encuentra.
Para tener acceso a esta consulta, el contribuyente deberá autenticarse previamente, ingresando su número de RUT y Clave (si no están visibles los casilleros de ingreso de datos, deslice hacia abajo la barra de desplazamiento vertical, en el lado superior derecho de la pantalla, para que éstos aparezcan). Una vez autenticado su RUT, seleccione
"Enviar".
Además está disponible en esta página la opción "Resumen Declaraciones Previamiente enviadas", donde aparece información de todas las declaraciones enviadas, como Nº de atención, folio, estado de la declaración, fecha recepción, tipo de ingreso y condición en el SII.
2. Seleccione la opción Consulta de Estado de Renta (sin clave de acceso) Esta opción le permite consultar el estado y
situación de su Declaración de Impuestos Anuales a la Renta (F22). En la opción
"Historial" se visualizan los distintos eventos por los que ha pasado la
Declaración (fecha y medio de presentación, folio, etc.). Para tener acceso a esta
consulta el contribuyente no necesita autenticarse, sólo deberá ingresar el RUT y el
número de folio de la Declaración que desea consultar. La consulta a través de esta
opción no permite la visualización de los detalles de las Declaraciones.
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