A.- Para
la aplicación de las normas sobre Corrección Monetaria,
contenidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta, respecto de
ejercicios o períodos finalizados al 31 de Diciembre del año
2006, a continuación se proporciona la siguiente
información:
1.-
Cotizaciones de Monedas Extranjeras y su variación Porcentual
TIPOS DE MONEDAS
|
COTIZACIONES AL:
|
VARIACION
PORCENTUAL
|
31.12.2005
|
30.06.2006
|
31.12.2006
|
SEMESTRAL
|
ANUAL
|
Dólar EE.UU.
|
$ 512,50
|
$
539,44 |
$
532,39 |
(1,31%) |
3,88% |
Dólar Canadá
|
440,78
|
483,46 |
457,10 |
(5,45%) |
3,70% |
Dólar Australia
|
375,87
|
400,92 |
419,37 |
4,60% |
11,57% |
Dólar Neozelandés
|
349,47
|
328,37 |
374,47 |
14,04% |
7,15% |
Libra Esterlina
|
880,43
|
997,12 |
1.041,86 |
4,49% |
18,34% |
Yen Japonés
|
4,34
|
4,72 |
4,47 |
(5,30%) |
3,00% |
Franco Suizo
|
389,59
|
440,90 |
436,39 |
(1,02%) |
12,01% |
Corona Danesa
|
81,27
|
92,49 |
94,18 |
1,83% |
15,89% |
Corona Noruega
|
75,88
|
86,69 |
85,32 |
(1,58%) |
12,44% |
Corona Sueca
|
64,49
|
74,97 |
77,75 |
3,71% |
20,56% |
Yuan
|
63,51
|
67,48 |
68,21 |
1,08% |
7,40% |
EURO
|
606,08
|
689,91 |
702,08 |
1,76% |
15,84% |
DEG
|
732,50
|
798,03 |
800,93 |
0,36% |
9,34% |
NOTA:
El valor de las monedas extranjeras al 30.06.2006 y al 31.12.2006
corresponde al que se observó en el Mercado Bancario los
días 30.06.2006 y 29.12.2006, respectivamente (últimos
días hábiles bancarios), y que publicó el Banco Central
de Chile en el Diario Oficial los días 03.07.2006 y
02.01.2007, respectivamente.
|
2.-
Cotizaciones de Monedas Nacionales de oro al 31.12.2006
(Precio
comprador)
Oro amonedado de $ 100
|
$ 218.000
|
Oro amonedado de $ 50
|
$ 105.000
|
Oro amonedado de $ 20
|
$
45.000
|
3.-
Costo de Reposición de Mercaderías Nacionales al 31.12.2006
-
Con
adquisiciones en el segundo semestre del año 2006 de
bienes de su mismo género, calidad o características, el costo
de reposición tributario será el precio más alto convenido
por dichos bienes durante el año 2006.
-
En
cambio, si existen sólo adquisiciones en el primer semestre
del año 2006, será el precio más alto convenido en dicho
semestre, reajustado en un 1,0%.
-
Por
el contrario, si no existen adquisiciones en el año 2006,
el valor de libros al término del ejercicio anterior se debe
reajustar en un 2,1%.
4.-
Costo de Reposición de Mercaderías adquiridas en el extranjero
al 31.12.2006
-
El
costo de reposición de aquellos bienes adquiridos en el
extranjero respecto de los cuales exista internación de los de
su mismo género, calidad y características durante el segundo
semestre del año 2006 será equivalente al valor de la
última importación.
-
Respecto
de aquellos bienes adquiridos en el extranjero en que la última
internación de los de su mismo género, calidad y
características se haya realizado durante el primer semestre
del año 2006, su costo de reposición será equivalente al
valor de la última importación, reajustado en la variación porcentual
semestral de la moneda extranjera de que se trate, según
Cuadro del Nº 1 anterior.
-
Tratándose
de aquellos bienes adquiridos en el extranjero y de los cuales
no exista importación para los de su mismo género, calidad o
características durante el año 2006, su costo de
reposición será equivalente al valor de libros existente al
término del año anterior reajustado en la variación porcentual
anual de la moneda extranjera de que se trate, según
Cuadro del Nº 1 anterior.
5.- Reajuste
del Capital Propio Inicial
Para
ejercicios iniciados el 1º de Enero 2006 y finalizados al 31 de
Diciembre del año 2006 el Capital Propio Inicial debe reajustarse
en un 2,1%.
6.- Porcentajes
y factores de Actualización Directos
MES EN QUE OCURRIO EL HECHO
OBJETO DE ACTUALIZACION
|
PORCENTAJE DE REAJUSTE
|
FACTOR DE ACTUALIZACION
DIRECTO
|
ENERO
2006
|
2,5%
|
1,025
|
FEBRERO
2006
|
2,4%
|
1,024
|
MARZO
2006
|
2,5%
|
1,025
|
ABRIL
2006
|
1,9%
|
1,019
|
MAYO
2006
|
1,2%
|
1,012
|
JUNIO
2006
|
1,0%
|
1,010
|
JULIO
2006
|
0,4%
|
1,004
|
AGOSTO
2006
|
*0,0%
|
1,000
|
SEPTIEMBRE
2006
|
*0,0%
|
1,000
|
OCTUBRE
2006
|
*0,0%
|
1,000
|
NOVIEMBRE
2006
|
*0,0%
|
1,000
|
DICIEMBRE
2006
|
0,0%
|
1,000
|
NOTA: * Se hace presente,
que de acuerdo a las disposiciones que rigen el sistema de
corrección monetaria de la Ley de la Renta, cuando el
porcentaje de reajuste da como resultado un valor negativo,
dicho valor no debe considerarse, igualándose éste a un
valor cero (0), normativa que rige tanto para los efectos de
la aplicación de las normas sobre corrección monetaria para
ejercicios o períodos finalizados al 31 de diciembre de cada
año como para los términos de giro y demás situaciones de
reajustabilidad que establece dicho texto legal.
|
B.- REAJUSTE
DE LOS REMANENTES O SALDOS NEGATIVOS DE UTILIDADES TRIBUTABLES Y NO
TRIBUTABLES Y EXCESOS DE RETIROS DEL EJERCICIO ANTERIOR
Los
Remanentes o Saldos Negativos de Utilidades Tributables y No
Tributables y los Excesos de Retiros determinados al 31 de diciembre
del año 2006, según las normas del artículo 14 de la Ley de la
Renta, deben reajustarse por el ejercicio comercial del año 2006
en un 2,1%.
C.- TABLA
DE CALCULO DEL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO PARA EL AÑO
TRIBUTARIO 2007
RENTA
IMPONIBLE ANUAL
|
TASA O
FACTOR
|
CANTIDAD A REBAJAR (NO
INCLUYE CREDITO 10% DE 1 U.T.A. DEROGADO POR N° 3 ART.
UNICO LEY N° 19.753, D.O. 28.09.2001)
|
DESDE
|
HASTA
|
DE
$
0,00
|
$
5.217.372,00
|
EXENTO
|
$
0,00
|
"
5.217.372,01
|
11.594.160,00
|
0,05
|
260.868,60
|
"
11.594.160,01
|
19.323.600,00
|
0,10
|
840.576,60
|
"
19.323.600,01
|
27.053.040,00
|
0,15
|
1.806.756,60
|
"
27.053.040,01
|
34.782.480,00
|
0,25
|
4.512.060,60
|
"
34.782.480,01
|
46.376.640,00
|
0,32
|
6.946.834,20
|
"
46.376.640,01
|
57.970.800,00
|
0,37
|
9.265.666,20
|
"
57.970.800,01
|
Y
MAS
|
0,40
|
11.004.790,20
|
UNIDAD TRIBUTARIA
|
*
Mes de Diciembre de 2006 = $ 32.206
|
* Anual (12 x $ 32.206) =
$ 386.472
|
|