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II.- PRESENTACION DE DECLARACIONES VIA INTERNET
  1. Opciones disponibles en INTERNET

    Para la presentación de la Declaración de Renta vía INTERNET, existen cuatro opciones:

    1. Presentación de Propuesta de la Declaración de Renta 2001:
    2. Esta alternativa consiste en proponer la Declaración de Impuestos Anuales a la Renta, AT.2001, a los Contribuyentes Personas Naturales del Impuesto Global Complementario.

      La declaración en Formulario 22 propuesta por el Servicio, será confeccionada con los antecedentes entregados por los Agentes Retenedores e Informantes en las Declaraciones Juradas.

      Si el contribuyente detecta que la información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún dato, podrá corregirla o complementarla en pantalla con los antecedentes respectivos, luego de lo cual el sistema le ofrecerá una nueva versión de la declaración para su aprobación final.

    3. Transferencia electrónica de archivos con Software Gratuito:
    4. El software gratuito es un software de ingreso de datos que puede ser adquirido sin costo, desde el sitio Web del SII (www.sii.cl). El Contribuyente se conecta al sitio, selecciona y descarga el software que le permite hacer la declaración. Una vez que el software elegido es almacenado en su computador, el contribuyente puede comenzar a hacer el ingreso de los datos que sean necesarios en su formulario, sin que sea menester seguir conectado a INTERNET, es decir, se podrá ingresar la información solicitada sin estar conectado a la red.

      Finalizado el ingreso, el software realizará las validaciones que corresponden al formulario, dejándolo listo para su posterior envío al SII a través del Web.

      El SII comunicará oportunamente, a través de su página INTERNET, la fecha a partir de la cual estará disponible el software gratuito.

    5. Transferencia electrónica de archivos con Software adquirido externamente y, Certificado por el SII:

    Esta opción consiste en el envío de archivos computacionales, los cuales deben ser generados por alguno de los softwares certificados por el SII.

    En este momento, las empresas en proceso de certificación son:

     

    • Arthur Andersen Langton Clarke
    • Ediciones Técnicas Tributarias S.A.
    • Cepet System
    • Larrondo Ingenieros Ltda.
    • Colegio de Contadores A.G.
    • Transtecnia Chile Ltda..
    • Deloitte & Touche

    Consulte en el sitio Web del SII los Software que fueron autorizados.

    1. Formulario Electrónico:

    Esta alternativa consiste en la utilización de una planilla virtual que el Servicio pondrá a disposición en su página Web, www.sii.cl, en la cual se podrá ingresar, desde su computador, la información de manera interactiva e ir llenando así la declaración para su inmediato envío al SII vía INTERNET sin costo alguno. Las instrucciones de cómo realizar la conexión, llenado y transmisión serán desplegadas en la página Web del Servicio.

     

  1. ¿Desde cuando estarán disponibles las distintas opciones?

El Formulario 22 Electrónico estará disponible desde el Viernes 6 de Abril del año 2001, el Software Gratuito se podrá bajar desde INTERNET, www.sii.cl, los primeros días de Abril y los Softwares Certificados estarán a disposición en las fechas que cada empresa determine.

  1. ¿Quiénes pueden utilizar INTERNET?

    Podrán utilizar Internet todas las personas naturales y jurídicas que deseen presentar su declaración por este medio. Para presentar la declaración por cualquiera de las vías, se deberá contar con una Clave de Acceso Secreta, cuya obtención se describe en la letra (F) de este Capítulo.

    Los contribuyentes que realicen las declaraciones vía INTERNET tendrán múltiples beneficios, evitarán errores y problemas de forma, tendrán extensiones de plazo, mayor seguridad, atención preferencial, facilidades de presentación, condonaciones de multas, etc.

    Si por congestión de la red en el envío de declaraciones a través del Web, se ve impedido de declarar sin pago dentro de los plazos establecidos, el Servicio prorrogará dichos plazos, condonando la totalidad de las sanciones que correspondan. Esto sólo rige para aquellos contribuyentes que declaren vía INTERNET.

    Además, los contribuyentes podrán obtener toda la información necesaria del funcionamiento detallado de la aplicación consultando la página Web del Servicio, www.sii.cl , o bien, obtener soporte técnico a través del teléfono (02) 395-1115 y/o al fax (02) 672 3519, que el SII pondrá a disposición a través de la Mesa de Ayuda INTERNET.

  2. ¿Quiénes están obligados a utilizar INTERNET?

    Están obligados a utilizar Internet, los contribuyentes que, en virtud de lo dispuesto en la Res. Ex. Nº4228 del 24.06.99, estén autorizados para llevar sus libros de contabilidad en hojas sueltas por medios computacionales y cuyas ventas y/o servicios anuales hubieren sido superiores a $300.000.000.- nominales al 31 de Diciembre del año anterior a aquél en que deben cumplir sus obligaciones tributarias, deberán presentar sus Declaraciones de Renta efectuadas en el Formulario 22 mediante transmisión electrónica de datos vía INTERNET, conforme a lo dispuesto por la Res. Ex. Nº5.944 D.O. 08.09.99, modificada por Resol. Ex. N° 04, D.O. 17.01.2001.

    La obligación precedente no regirá para aquellos contribuyentes que previamente hayan solicitado autorización al Servicio para eximirse de tal exigencia en los términos que lo especifica la Resolución mencionada anteriormente.

  3. Requisitos Técnicos

    Para conectarse y obtener un funcionamiento óptimo vía INTERNET, se requiere contar con un PC de las siguientes características, como mínimo:

    • Un computador, con características para navegar en INTERNET.
    • Un modem, si es que éste no viene incluido con el computador.
    • Software Navegador o Browser, para lograr una conexión adecuada se debe usar Microsoft INTERNET Explorer 4.01 o superior, o bien Netscape Navigator 4.0 o superior.
    • Cuenta de Acceso, contratando a algún proveedor de INTERNET (ISP). Existe una amplia variedad de planes de acceso disponibles en el mercado, lo que permite encontrar el que se ajuste mejor a las necesidades del contribuyente.
  4. Obtención de Clave Secreta de Acceso a los Sistemas del SII

El objetivo de contar con una clave secreta de acceso es identificar al contribuyente y proteger la información de cada transacción que se está realizando en www.sii.cl.

El Contribuyente podrá obtener clave secreta o bien Solicitar Clave secreta dependiendo de los datos que el Servicio de Impuestos Internos tenga.

Si el contribuyente ha realizado Declaraciones de Renta, Declaraciones de IVA, Inicio de Actividades o Timbraje, podrá "Obtener Clave Secreta" (clave de acceso) en forma inmediata, ya que los datos ingresados se verifican en línea. En caso contrario deberá "Solicitar clave Secreta" y esperar que se active en el transcurso de las siguientes 24 horas.

Adicionalmente, al Obtener Clave Secreta o solicitarla, el sistema le presentará la opción de Ingresar datos de un Representante que el usuario autorizará para emitir la declaración de renta vía Internet.

La pantalla inicial de obtención de clave es la siguiente:

 

En función de las características del contribuyente que ingresa el número de Cédula de Identidad o de RUT se le despliegan las opciones de obtener clave con información de Renta, IVA, Inicio de Actividades o Timbraje.

Como ejemplo se muestra a continuación un contribuyente que puede obtener clave alternativamente con información de Renta o Timbraje de Documentos.

Importante

  • Cuando corresponda ingresar la clave de acceso secreta, se deberá tener especial cuidado fijándose si la clave que se ingresa está con letras mayúsculas o minúsculas, ya que el sistema hace distinción entre ellas.
  • Las preguntas solicitadas en esta pantalla sirven para poder ingresar al sistema en caso de olvido de la clave secreta de acceso.

En todos los casos se deben ingresar los siguientes datos:

Dato

Descripción

Exigencia

  • Nombre o Razón Social

Debe ingresar el nombre de la persona natural o jurídica.

Obligatoria

  • Dirección

Debe ingresar el domicilio legal del declarante.

Obligatoria

  • Código Postal

Deber ingresar el código postal.

Opcional

  • Comuna

Deber ingresar nombre de la comuna del domicilio legal.

Obligatoria

  • Ciudad

Deber ingresar nombre de la ciudad del domicilio legal.

Obligatoria

  • Correo Electrónico

Debe ingresar su dirección e-mail.

Obligatoria

  • Teléfono

Debe ingresar el número telefónico, anotando entre paréntesis el código de discado directo.

Obligatoria

  • Teléfono Móvil

Debe ingresar el número telefónico correspondiente al celular.

Opcional

  • Fax

Debe ingresar el número telefónico, anotando entre paréntesis el código de discado directo.

Opcional

  • Contacto

Debe ingresar el nombre de la persona responsable del ingreso de la clave de acceso.

Opcional

  • Clave

Debe ingresarse la clave, esta debe contener letras y números con un máximo de 10 caracteres.

Obligatoria

  • Reingreso de Clave

Debe reingresar la clave, para fines de comprobación.

Obligatoria

  • Pregunta 1

Debe seleccionarse, de un set de 10 preguntas, aquella que desea que le hagan en caso de olvidar su clave

Obligatoria

  • Respuesta 1

Debe responder la pregunta seleccionada.

Obligatoria

  • Pregunta 2

Debe seleccionarse de un set de 10 preguntas, la 2a pregunta que desea que le hagan en caso de olvidar su clave.

Obligatoria

  • Respuesta 2

Debe responder la segunda pregunta seleccionada.

Obligatoria

 
  1. ¿Cómo se pueden hacer cambios a la Clave Secreta o a otros datos?

    Para cambiar la clave de acceso u otros datos personales, el contribuyente debe seleccionar la opción "Cambio de Datos y/o Clave".

    Si el contribuyente desea actualizar los datos de su representante, podrá ir a la opción "Cambio de Datos del Representante" directamente desde el menú de Clave Secreta.

  1. ¿Qué se hace si se pierde la Clave Secreta?

    Existe la opción "Pérdida de Clave Secreta", la que permite a los contribuyentes obtener una clave secreta de acceso si la han olvidado, en esta opción se solicitarán las respuestas a las preguntas seleccionadas en el proceso de obtención de claves.

  2. Transferencia electrónica de archivos

    Esta opción permite enviar el archivo generado a través de un software certificado o bien con el software básico que el SII ha entregado sin costo para los contribuyentes. Para acceder a ella deberá seleccionar la opción "Ingreso de Declaración de Renta con Software Certificado".

    Posterior al envío, el contribuyente debe esperar el mensaje correspondiente a la recepción exitosa por parte del Servicio de Impuestos Internos.

  3. Presentación de la Propuesta de la Declaración de Renta

Esta opción permitirá al contribuyente visualizar y modificar el Formulario 22 con datos que el Servicio de Impuestos Internos conoce que han sido entregados en las Declaraciones Juradas por los Agentes Retenedores o Informantes.

Para acceder al borrador F22 deberá seleccionar la opción "Propuesta Declaración de Renta 2001 con Información de Agentes Retenedores ", presente en el menú de Renta.

Posterior a esto, el contribuyente podrá visualizar la totalidad de información entregada por Agentes que le retuvieron, como se muestra en la siguiente página:

A partir de esta página, el contribuyente podrá verificar previamente la información que terceras personas han declarado sobre él.

Si el contribuyente detecta que la información disponible respecto de su situación personal es incorrecta o falta algún dato, podrá corregir su Declaración de Renta o complementarla en pantalla con los antecedentes respectivos, luego de lo cual el sistema le ofrecerá una nueva versión de la declaración para su aprobación final.

Si el contribuyente considera que no existen inconsistencias entre la información entregada por lo agentes retenedores con la que el tiene, entonces podrá ir directamente a la opción "Ver Propuesta de declaración de renta 2001" y se le mostrará la propuesta de la declaración en Formulario 22, lista para ser enviada, pudiendo modificarla o enviarla con su declaración de impuestos.

  1. Ingreso de Declaración (Formulario Electrónico)

    Para el ingreso de datos al formulario electrónico, se deberá seleccionar la opción "Declaración Renta 2001 por Formulario". En la pantalla se desplegará un formulario en blanco. A medida que se completa la declaración, se valida el ingreso de los campos obligatorios y se verifican los cálculos matemáticos. En caso de errores, se indicará para su corrección.

    La pantalla se muestra en la siguiente figura:

 

El contribuyente debe ingresar la información en cada uno de los campos según corresponda.

Una vez que se complete la información, se debe seleccionar el botón "validar/enviar formulario".

  1. Comprobante de la Declaración

    Si la declaración incluye pago, se debe tener un Convenio de Pago Automático de Cuentas con un banco, que incluya el pago de impuestos declarados vía INTERNET. Se debe seleccionar el banco con el cual se tiene convenio vigente, en cuya cuenta se cargará el monto correspondiente al pago de la declaración.

    A la fecha los Bancos(*) suscritos para operar con Pago Automático de Cuentas son:

    Banco de A. Edwards, Banco Santiago, Banco de Chile, BCI, BBV Banco Bhif, BankBoston, Banco Sudamericano, CorpBanca, Banco Santander, ABN Amro Bank, Banco Security, Banco Bice, The Bank of Tokio-Mitsubishi, Citibank, Banco del Estado, Banco del Desarrollo, Banco Sudameris y Dresdner Banque Nationale de Paris.

    (*) La nómina de bancos suscritos para operar con Pago Automático de Cuentas, está publicada en la página Web del Servicio.

    Al declarar vía INTERNET se tendrán 2 opciones para activar el día del cargo en Cuenta Corriente, la primera en el momento de la declaración y la segunda el último día del plazo legal de presentación, es decir, independiente de la fecha de envío el cargo se podrá activar el día Lunes 30 de Abril del año 2001. Si presenta Formulario 22 en papel deberá pagar en una cuota, mediante dinero en efectivo o cheque nominativo a nombre de la Tesorería General de la República.

  1. Comprobante de la Declaración

    Una vez que el contribuyente envió su declaración, ya sea en archivo o con el llenado del formulario electrónico, debe esperar la respuesta que se entregará a través del Web del Servicio de Impuestos Internos. El envío de la declaración se considera terminado cuando se le indica al contribuyente el número de folio de su declaración y el número de atención correspondiente. El contribuyente debe guardar ambos números, ya que constituyen el comprobante de la declaración.

    Si la declaración tiene devolución o está calzada, el número de folio y el número de atención serán entregados inmediatamente.

    Si la declaración involucra pago, la aceptación de la declaración estará sujeta a verificación de la existencia de fondos en Cuenta Corriente, es decir, los números de folio y de atención se entregarán 48 horas después de enviada la declaración (es importante tener presente que el rechazo de la declaración por falta de fondos en la Cuenta Corriente, implicará que el contribuyente quedará como no declarante).

  1. Consulta de la Situación de la Declaración de Renta

    Independiente de la alternativa utilizada para presentar la declaración, el contribuyente podrá consultar el estado de ésta a través de la opción "Consulta Estado de la Declaración" en la página Web del SII, al seleccionar esta opción se solicitará el número de Cédula de Identidad o de RUT y clave. Esta opción permite conocer la situación en la que se encuentra la declaración del contribuyente. Desde un primer momento podrá saber si fue aceptada por el SII y durante el mes de Mayo del año 2001, saber si le corresponde devolución, si la declaración ha sido observada, cuales son esas observaciones, conocer la conclusión producto de éstas y ver la carta de notificación, si corresponde.

    La pantalla de consulta en INTERNET es la siguiente:

  2. Para evitar problemas en la Operación Renta consulte previamente su Situación Tributaria utilizando INTERNET, para ello seleccione la opción "Situación Tributaria" en la página Web del Servicio (www.sii.cl).

    De igual forma podrá utilizar el Servicio Telefónico disponible:

    • Consultar el Estado de la Declaración al teléfono 700 03 44 (Santiago) o al teléfono 70 03 44 (Regiones).

    • Solicitar el envío por fax de la información referente a las observaciones de la declaración al teléfono 700 03 54 (Santiago) o al teléfono 70 03 54 (Regiones).

  3. ¿Qué pasa si se equivocó en la Declaración?

Si se detecta un error en la declaración enviada a través de INTERNET y aún se está dentro del plazo legal de presentación y, no se ha materializado cargo en Cuenta Corriente, se puede corregir la declaración enviada, pero si se declara por papel no podrá realizar el cambio.

En ningún caso debe entregar dos o más declaraciones por papel, ya que esto será motivo de demoras innecesarias en la regularización de su situación tributaria, es decir, no debe entregar más de una declaración por papel o utilizar INTERNET y papel.

  1. RevisarFormulario de Declaración

A través de la opción "Ver Declaraciones Efectuadas" es posible visualizar la Declaración de Renta, tanto si la presentó vía INTERNET o mediante papel. Esto permite revisar la declaración presentada, imprimirla o aclarar cualquier duda respecto a la información que se ingresó al momento de presentar la declaración.

  1. ComprobarComprobar Declaración de Terceros

Ingresando a la opción "Comprobar Declaración de Terceros (Previa Autorización)", es posible verificar la autenticidad de una declaración presentada al Servicio de Impuestos Internos, de esta forma el contribuyente puede entregar los datos que allí se indican de manera que quién recibe estos datos pueda verificar la declaración del contribuyente directamente en www.sii.cl.

  1. Rectificatoria

En caso de detectar algún error u omisión en la Declaración de Renta ya presentada al SII (papel o INTERNET), a partir de la segunda quincena de Junio se podrá presentar una Rectificatoria de la declaración vía INTERNET. Para esto se debe consultar el estado de la declaración y seleccionar la opción de "Declaración Rectificatoria de Renta", ingresando el número de Cédula de Identidad o de RUT, folio de la declaración a corregir y clave de acceso registrada en los sistemas del SII (misma clave si es que declaró por INTERNET).

    Es posible rectificar por INTERNET cualquier Declaración de Renta, independientemente de si fue presentada en papel o vía INTERNET.