PORCENTAJE DE REAJUSTE A APLICAR A LA DEVOLUCIÓN DE IVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS (LEY 19.034 DE 1991).


En esta página, se indica el porcentaje de reajuste a aplicar al monto de devolución de crédito fiscal IVA a Pequeños Productores Agrícolas (PPA).

De acuerdo a lo señalado en la Ley 19.034 de 1991 y la Resolución N° 1872/1995, que determina requisitos y procedimientos de devolución crédito fiscal IVA a Pequeños Productores Agrícolas (PPA), el año agrícola se define como el periodo que va entre el mes de junio del año anterior y el mes de mayo del año actual, periodo en el cual el PPA tendrá derecho al 50 % del IPC determinado para dicho periodo. A continuación se indica el porcentaje de reajuste a aplicar al monto de devolución para las solicitudes que se presenten en el mes de junio de cada año, el que se debe indicar en la sección D.- letra d) del formulario N° 1883 “Solicitud de Devolución de Crédito Fiscal IVA a Pequeños Productores Agrícolas”.

 

Período por el cual el PPA solicita devolución de crédito fiscal IVA

Porcentaje a aplicar
Junio de 2015 a Mayo de 2016 2,10%
Junio de 2014 a Mayo de 2015 2,00%
Junio de 2013 a Mayo de 2014 2,70%
Junio de 2012 a Mayo de 2013 0,45%
Junio de 2011 a Mayo de 2012 1,60 %
Junio de 2010 a Mayo de 2011 1,60 %
Junio de 2009 a Mayo de 2010 0,70 %
Junio de 2008 a Mayo de 2009 1,50 %
Junio de 2007 a Mayo de 2008 4,40 %
Junio de 2006 a Mayo de 2007 1,40 %
Junio de 2005 a Mayo de 2006 1,90 %
Junio de 2004 a Mayo de 2005 1,30 %
Junio de 2003 a Mayo de 2004 0,30 %
Junio de 2002 a Mayo de 2003 1,80 %
Junio de 2001 a Mayo de 2002 1,10 %