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GUIA PASO A PASO PARA LA EMISION DE UNA NOTA DE CREDITO ELECTRONIC@ EN EL SISTEMA DE FACTURACION ELECTRONICA PORTAL MIPYME


En esta sección usted encontrará una guía práctica que le ayudará a realizar la emisión de una Nota de Crédito  Electrónica en el Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME.

 

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Ingrese a la Oficina Virtual del SII en Internet (www.sii.cl), Portal Tributario MIPYME, menú Facturación Electrónica

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Ingrese a la opción de emisión de una Nota de Crédito Electrónica

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Seleccione el Documento Tributario Electrónico que desea modificar o anular (Factura Electrónica, Factura no Afecta o exenta Electrónica o Nota de Débito electrónica)

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Para anular una Factura Electrónica, una Factura no Afecta o Exenta Electrónica o una Nota de Débito Electrónica

Para corregir Montos o Textos de una Factura Electrónica o una Factura no Afecta o Exenta Electrónica

 

 

4.a

Genere la Nota de Crédito para realizar la anulación

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4.b

Genere la Nota de Crédito para corregir montos o textos

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5.a

Revise la Nota de Crédito Electrónica, firme y envíela al SII

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5.b

Corrija los montos o los textos

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6.a

La Nota de Crédito Electrónica que anula el Documento Tributario Electrónico ha sido generada, firmada y enviada al SII

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6.b

Revise la Nota de Crédito Electrónica, firme y envíela al SII

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7.b

La Nota de Crédito Electrónica ha sido generada, firmada y enviada al SII

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¿CÓMO SE EMITE UNA NOTA@ DE CREDITO ELECTRÓNICA EN EL SISTEMA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA PORTAL MIPYME?

 

 

 

 

Ingrese a www.sii.cl, Portal Tributario MIPYME.

 

 

 

Dentro del Portal, columna central (Oficina virtual), seleccione el menú Facturación Electrónica.

 

 

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En el menú principal del Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME, dentro del submenú de emisión de Documentos Tributarios Electrónicos, ingrese a la opción Nota de Crédito Electrónica.

 

 

 

La emisión de Notas de Crédito Electrónicas se encuentran normada por la regla general de emisión de Notas de Crédito y Débito, establecida en el Art. 57 del D.L. N° 825 y en el Art. 71 del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, por lo que para hacer Notas de Crédito Electrónicas debe seleccionar el Documento Tributario emitido que será modificado.

 

 

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PASO 3.

 

 

Debe seleccionar el Documento Tributario Electrónico para el cual desea hacer una Nota de Crédito Electrónica. Podrá anular, corregir textos o montos de una Factura Electrónica o una Factura no Afecta o Exenta Electrónica. En el caso de una Nota de Débito Electrónica sólo podrá ser anulada.

 

 

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Para anular una Factura Electrónica, una Factura no Afecta o Exenta Electrónica o una Nota de Débito Electrónica debe seleccionar “Generar Nota de Crédito de Anulación”.

 

 

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El Sistema automáticamente genera la Nota de Crédito que anula la Factura Electrónica, la Factura no Afecta o Exenta Electrónica o la Nota de Débito Electrónica asociada. Usted debe revisar, firmar y enviar al SII la Nota de Crédito Electrónica generada.

 

 

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PASO 6.a.

 

La  Nota de Crédito Electrónica  ha  sido  generada, firmada y enviada al SII. Si  el cliente es un receptor electrónico autorizado, recibirá una copia del documento por correo electrónico.

Para visualizar el documento emitido y obtener representaciones impresas de él, debe seleccionar "Ver Documento".

 

 

 

Podrá obtener las representaciones impresas que necesite.

 

 

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Para corregir montos o textos en una Factura Electrónica o una Factura no Afecta o Exenta Electrónica debe seleccionar la opción “Generar Nota de Crédito para Corregir Montos” o la opción “Generar Nota de Crédito para Corregir Texto” respectivamente.

 

 

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Debe corregir los montos o el texto según lo requiera. Ambas acciones no podrán ser realizadas simultáneamente.

Una vez corregidos los datos debe Validar y visualizar la Nota de Crédito Electrónica. Es obligatorio ingresar la razón de la Referencia, es decir el por que se está corrigiendo el documento tributario.

 

 

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Ingresadas las correcciones, revise la Nota de Crédito Electrónica. Si está de acuerdo con el documento, firme y envíelo al SII.

 

 

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PASO 7.b.

 

La  Nota de Crédito Electrónica  ha  sido  generada, firmada y enviada al SII. Si  el cliente es un receptor electrónico autorizado, recibirá una copia del documento por correo electrónico.

Para visualizar el documento emitido y obtener representaciones impresas de él, se debe seleccionar "Ver Documento".

 

 

 

 

Podrá obtener las representaciones impresas que necesite.

 

 

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