PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre el avalúo o tasación de bienes raíces | Reavalúo | No agrícola | Reavalúo de Sitios no Edificados 2015

 Pregunta   ID:   001.004.5741.004  Fecha de Creación:   15/02/2008

¿Existe algún beneficio para las propiedades que aumenten el valor de sus contribuciones, producto del reavalúo de sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros 2015?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/02/2023

Si, existe un beneficio llamado de aumento gradual de contribuciones para las situaciones que se indican:

1.- Para las propiedades que estaban afectas al pago de contribuciones, siempre que la cuota trimestral reavaluada sea superior a $5.000 al 1 de enero de 2003; es decir, $ 7.375 en moneda del 1 de enero de 2015, el beneficio es el siguiente:

  • El beneficio consiste en que si al calcular la nueva contribución, ésta aumentare más de un 25%, la ley dispone que las contribuciones se incrementen de la siguiente forma:

· Las cuotas 1 y 2 del primer semestre de 2015, aumentarán en hasta un 25% como máximo.

· El segundo semestre de 2015, las cuotas aumentarán en hasta un 10% en relación al semestre anterior.

· El porcentaje de aumento total a que lleguen las contribuciones en su valor final dependerá del efecto que en el valor del bien raíz produjo el reavalúo no agrícola.

2.- Para las propiedades que pasen de exentas a afectas al pago de contribuciones, por efecto de este reavalúo, el beneficio es:

A estas propiedades se les considerará una cuota base trimestral de $ 5.900 en moneda del 1 de enero de 2015 para calcular el porcentaje de incremento de contribución, por lo que al agregar el 25% de incremento máximo permitido por ley, pagarán como máximo $ 7.375 en moneda del 1 de enero de 2015, para el primer semestre de 2015.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Bienes Raíces, opción Reavalúo de Bienes Raíces.

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