Si, existe un beneficio llamado de
aumento gradual de
contribuciones para las situaciones que se indican:
1.- Para las propiedades que estaban
afectas al pago de contribuciones, siempre que la cuota trimestral reavaluada sea superior a $5.000
al 1
de enero de 2003; es decir, $ 7.375 en moneda del 1 de enero de 2015, el
beneficio es el siguiente:
· Las
cuotas 1 y 2 del primer semestre de 2015, aumentarán en hasta un 25% como máximo.
· El
segundo semestre de 2015, las cuotas aumentarán en hasta un 10% en relación al
semestre anterior.
· El
porcentaje de aumento total a que lleguen las contribuciones en su valor final
dependerá del efecto que en el valor del bien raíz produjo el reavalúo no agrícola.
2.-
Para las propiedades que pasen de exentas a afectas al pago de contribuciones, por
efecto de este reavalúo, el beneficio es:
A
estas propiedades se les considerará una cuota base trimestral de
$ 5.900 en moneda del 1 de enero de 2015 para calcular el porcentaje de
incremento de contribución, por lo que al agregar el 25% de incremento máximo
permitido por ley, pagarán como máximo $ 7.375 en moneda del
1 de enero de 2015, para el primer semestre de 2015.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Bienes Raíces, opción Reavalúo
de Bienes Raíces.
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